El post de los POBRES (ayudas, pensiones....)

MeMySelf

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A ver, excelentísimos ilustrados del foro...
Le estoy moviendo a mi madre la pensión no contributiva.
El caso es que ella AHORA MISMO cobra una pensión (escasa) de divorcio. Pero en breve va a dejar de recibirla (cosas de divorciados....)
Sabéis si son incompatibles ambas pensiones?

Ya hemos presentado papeles.
Es decir, no se ha notificado que vaya a dejar de recibir la pensión compensatoria (porque en el momento de entregar toda la documentación sí la tenía).
Si le deniegan la pensión pero al mismo tiempo le quitan la compensatoria....debo volver a presentar TODO? O simplemente reclamar con los nuevos datos?
Y si le conceden la cantidad mínima? Reclamo porque sus condiciones económicas han sido modificadas?

NO SEÁIS NUNCA HIJA/O DE PADRES SEPARADOS!!!
 
A ver, excelentísimos ilustrados del foro...
Le estoy moviendo a mi madre la pensión no contributiva.
El caso es que ella AHORA MISMO cobra una pensión (escasa) de divorcio. Pero en breve va a dejar de recibirla (cosas de divorciados....)
Sabéis si son incompatibles ambas pensiones?

Ya hemos presentado papeles.
Es decir, no se ha notificado que vaya a dejar de recibir la pensión compensatoria (porque en el momento de entregar toda la documentación sí la tenía).
Si le deniegan la pensión pero al mismo tiempo le quitan la compensatoria....debo volver a presentar TODO? O simplemente reclamar con los nuevos datos?
Y si le conceden la cantidad mínima? Reclamo porque sus condiciones económicas han sido modificadas?

NO SEÁIS NUNCA HIJA/O DE PADRES SEPARADOS!!!

El folleto informativo del Imserso me imagino que ya te lo habrán facilitado

Veras que para determinar si tiene derecho a la pensión se tiene en cuenta la unidad familiar de convivencia y sus ingresos en computo anual.

La cuantía de la pensión no contributiva es diferencial con respecto a otros ingresos en computo anual.

Le habrán asignado un número de expediente en la Comunidad Valenciana, así que realizar un escrito comunicando las nuevas circunstancias económicas con la referencia de ese numero de expediente y le siguen abonando la prestación hasta que se la modifiquen.

Siempre comunicar las variaciones económicas y familiares a la mayor brevedad (siempre por escrito, con documentación y registrado) porque si llega el caso que por las mismas no les corresponde te genera una deuda (le da un jamacuco a la mujer) porque tardan mucho tiempo en revisar los expedientes.
 
El folleto informativo del Imserso me imagino que ya te lo habrán facilitado

Veras que para determinar si tiene derecho a la pensión se tiene en cuenta la unidad familiar de convivencia y sus ingresos en computo anual.

La cuantía de la pensión no contributiva es diferencial con respecto a otros ingresos en computo anual.

Le habrán asignado un número de expediente en la Comunidad Valenciana, así que realizar un escrito comunicando las nuevas circunstancias económicas con la referencia de ese numero de expediente y le siguen abonando la prestación hasta que se la modifiquen.

Siempre comunicar las variaciones económicas y familiares a la mayor brevedad (siempre por escrito, con documentación y registrado) porque si llega el caso que por las mismas no les corresponde te genera una deuda (le da un jamacuco a la mujer) porque tardan mucho tiempo en revisar los expedientes.
Sí, sé que hay que anunciarlo con rapidez (toda la que el sistema de citas te permita).
El tema es que ya lo sabemos pero simplemente de viva voz, no hay nada por escrito y hasta enero no lo habrá, intuyo.

POR CIERTO, yo le estoy ingresando una cantidad x cada mes de un préstamo que me hizo ella para la entrada del piso. Como vive conmigo (somos la unidad familiar), ese importe repercute en los gastos del día a día.
Todo se hizo con contrato, registrándolo y demás (modelo 600).
Ese papeleo lo aporté a la hora de pedir la no contributiva y ahora me da mucho cague que lo tomen en consideración.....porque realmente no es ingreso que reciba la mujer, sino una deuda a interés 0.

Gracias!
 
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