¿Autónomo y con nómina?

Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Pues señores, mañana me convertiré en autónomo. Ya está bien de mal trabajar para empresas que te explotan y ni te dan las gracias. Ahora me explotaré a mí mismo mwahahaha

A ver cómo se me da esta nueva etapa en mi vida. Porque señoras y señores, llega el terror de las calles de Barcelona... me he hecho taxista :lol
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Jo-der!!!!... imagino que conducirás el taxi de tu padre, no?. ¿Y no tienes algo de canguelo?... :disimulo
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Exactamente. ¿Miedo? Hombre, más que miedo, nervios. Como en cada curro en el que se comienza. Ya veremos cómo va todo.

Por cierto, prometo no escuchar la Cope :lol :lol
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

¿Pero harás servicio nocturno?... "un taxi a la mina, en donde la estatua de Camarón" :sudor
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

¡Cielo Santo! ¡Un Taxi con Carod puesto en el MP3 todo el día! ¡El mundo se va a acabar! :lol

Mucha suerte, Txus. Seguro que te va fenomenal. :ok

Manu1oo1
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

A ver cómo se me da esta nueva etapa en mi vida. Porque señoras y señores, llega el terror de las calles de Barcelona... me he hecho taxista :lol

Pues no te lo vas a creer... pero comentando el tema con un amigo taxista (tambien de BCN) me dice que conoce a un taxista de Barcelona, que antes trabajaba en el aeropuerto, que es independentista y su padre es también del gremio :inaudito

Y no, no eras tu.

:p
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Es que se reproducen como las malas hierbas. :garrulo

Manu1oo1
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

:lol:lol:lol Coñe, tendré un amigo antes de empezar :lol:lol:lol
 
Respuesta: Re: ¿Autónomo y con nómina?

Yo tengo nómina y soy autónomo..., pero pago sólamente cuando tengo actividad...
¿Pero eso cómo lo haces? Supongo que dándote de baja, porque yo pago la cuota tenga o no tenga actividad...
Al que comenta que se puede uno dar de alta y de baja online, ¿desde dónde? He estado mirando en la web de la seguridad social y de la agencia tributaria y no lo he encontrado (tengo certificado digital).

OJO: Plazo para el IVA del 4º trimestre de 2009 y resumen anual HASTA EL DIA 20 DE ENERO
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Emmmmm...

Debes presentar el resumen anual (modelo 390). No ha cambiado el plazo de presentación, sigue siendo hasta el 30 de enero.

Y me da en la nariz que Pancho entiende de esto... :disimulo

Manu1oo1
 
Respuesta: Re: ¿Autónomo y con nómina?

Yo tengo nómina y soy autónomo..., pero pago sólamente cuando tengo actividad...
¿Pero eso cómo lo haces? Supongo que dándote de baja, porque yo pago la cuota tenga o no tenga actividad...
Al que comenta que se puede uno dar de alta y de baja online, ¿desde dónde? He estado mirando en la web de la seguridad social y de la agencia tributaria y no lo he encontrado (tengo certificado digital).

OJO: Plazo para el IVA del 4º trimestre de 2009 y resumen anual HASTA EL DIA 20 DE ENERO

ojo
convendria tener en cuenta el calendario del contribuyente
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_...Directo/A_un_click/Folleto_Calendario2010.pdf

plazo para los modelos 303 y 390 es el 1 de febrero.
el 20 de enero se debe presentar los modelos 110 (IRPF retenedores) y 190 (resumen anual)
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Sólo resaltar que el plazo acaba este año el 1 de febrero porque el 30 de enero cae en sábado. Ni siquiera la Orden que aprueba el modelo 390 del 2009 (de noviembre de 2008), modifica la fecha de presentación, que siempre ha sido el 30 de enero.

La verdad es que se hace difícil de entender por qué no se unifica la fecha de presentación de todas las declaraciones a presentar en enero en una fecha lógica (no ya el 30, sino el 31 de enero). Al menos desde hace unos años ya se ha modificado la fecha de presentación del pago fraccionado (modelo 130/131), para que la mayoría de los empresarios y profesionales, que únicamente presentan los modelos 130/131 y 303/311, puedan presentar todo hasta el 30 de enero (bueeeno, este año hasta el 1 de febrero :p).

PD. Tiberiuz, vete a defender el honor de "tu francés" al hilo de los coches.
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Yo fui autónomo unas fechas, pero no pagué en la seguridad social, porque era para subvención. De ahí que siguiera siendo asalariado con nómina.

Saludos.
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Es muy sencillo Magnolia, léete el significado de cada campo, y verás que apneas necesitas rellenar el 10%. Y realmente es un copia pega de tus declaraciones trimestrales del IVA. Si no has tenido actividad este último trimestre, como te indican, debes cumplimentar y entregar el 303 y el 390.

Ser autónomo sólo es rentable cuando sacas una media mensual aceptable. Aceptable me refiero a que cada mes, sacandole 250 € + lo que te gastes en un gestor para que te lleve la contabilidad (o el tiempo que le has de dedicar para buscarte la vida y hacértelo cada trimestre), te quede una suma que interese meterse en el fregao.
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Totalmente de acuerdo. Gracias.
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Creo que se comentó en otro momento, ¿pero puedo facturar sin necesidad de darme de alta absolutamente en nada, sin burocracis ni demás historias?... es decir, facturar con mi nombre y NIF?.

Tengo entendido que es posible si no se excede un importe X como total de lo facturado a lo largo del ejercicio.

¿Es cierto?. ¿Cómo se hace exactamente?. ¿Qué ganaría con hacerlo así?.
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Yo lo hice simplemente con mi DNI.
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Y lo que dices, creo que es cierto por importes anuales menores a 3000 euros.
 
Respuesta: ¿Autónomo y con nómina?

Lo que sigue es la definición de actividad económica (empresarial, profesional, artística) en el I.R.P.F.: "Se considerarán rendimientos íntegros de actividades económicas aquellos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan por parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios".

Con escasos matices es así para todo impuesto (para el que se precise definir el concepto de actividad económica), y desde que tengo memoria.

No hay ningún límite cuantitativo: si se dan los requistos de la definición, los rendimientos se derivarán del ejercicio de una actividad empresarial, profesional o artística. Con las obligaciones formales y financieras (pago de la cuota del régimen de autónomos, como poco) que más o menos conocéis.

Luego, en la práctica, las cosas no son tan radicales; pero eso ya depende de cada cual (no estoy en condiciones de comprometerme por otros, ni por mis "compañeros" de Sabadell ni por "los de la Tesorería de la Seguridad Social" :diablillo).
 
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