Consultas sobre temas laborales

Tim

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Iba a abrir un hilo para hacer una consulta, de la cual ya comenté algo anteriormente, pero creo que es mejor crear un hilo con un título genérico por si alguien quiere usarlo en el futuro para otras consultas.

Duda rápida de explicar:

Trabajas en una empresa que realiza un trabajo para administración pública. La adjudicación del trabajo es a través de un concurso público y dura 4 años. Antes de que lleguen los 4 años se saca otro concurso y vuelves a presentarte.

Si has entrado en la empresa a mitad del concurso y te han hecho contrato por obra, si tu empresa pierde el nuevo concurso, la obra termina y te tienen que pagar el finiquito correspondiente. Hasta aquí todo bien. ¿Pero si la empresa gana el nuevo concurso? ¿Continúas con el mismo contrato por obra sin que haya modificación o bien hay que finiquitar el contrato actual y crear un contrato nuevo?

Gracias!!
 
pffff, tema peliagudo, porque la empresa igual te quiere cambiar las condiciones diciendo que aunque haya ganado el concurso ha tenido que bajar precios para hacerlo -y suelen tener razón-.
No es una consulta fácil de respuesta inmediata.
 
Lo sé, lo sé :D
Es más por curiosidad que otra cosa, pues en este caso seguimos y en breve nos hacen indefinidos, que es un caso puntual en la empresa y que más bien se les fue la pinza en su día, porque no tuvo sentido ninguno.
 
Refloto.

Tengo una duda que he planteado a la empresa y quiero prepararme para la respuesta negativa , aunque yo la encuentro obvia...

En esta empresa hago los tres años en septiembre , hasta febrero de 2019 teníamos un convenio que no nos correspondía pero que llevaba la tira de años hasta que hubo una serie de factores que obligaron a la empresa a cambiarse . En ese antiguo convenio decía que cada 4 años se subía un 4 % , pero en febrero de 2019 cambiamos a un nuevo convenio que pone expresamente que habrá una subida de un 5% cada 3 años y que se devengaría desde el 1 de enero del año que se cumple los tres años .

He hecho la consulta de cara a cálculos personales , y yo pensaba que no había lugar a duda , pero error...que dice la gestora que no tiene nada claro lo que se me tiene que aplicar a mi , ya que yo entré con otro convenio...Y yo respondo que que mas da en el convenio que yo entrara , que el actual es este y no hay mucho mas que discutir....pues que lo va a consultar ...

Yo he buscado por internet y no encuentro mucha información donde diga expresamente :

En que momento se tiene que aplicar el nuevo convenio ( yo entiendo desde que esta firmado y publicado ) que en nuestro caso es en febrero de 2019 .Y si hay algo que se tenga que aplicar de carácter retroactivo ..como es el caso de la bonificación por antigüedad.

Si me dice que se me aplica el convenio en vigor , pues listo...pero como me diga que no se me aplica porque yo entré con otro convenio....No he encontrado ningún articulo del estatuto de los trabajadores donde diga que cuando se aplican los convenios y que pasa con el anterior , porque yo todo lo que he encontrado es que el antiguo convenio se anula una vez que se ha actualizado el nuevo ( un mismo convenio ) pero no distintos convenios.

Alguna idea ?

Gracias.
 
Bueno, pues con el tema del COVID, tengo unas dudas...a ver si algún experto laboralista las sabe.

Mi mujer tiene reducción de jornada al 75% por guarda legal de hijos (trabaja 6 horas).
Ahora hacen un ERTE al 50% a toda la plantilla.

Lo que tengo claro, es que el 50% que va a cobrar de la SS del paro, no será sobre las 6 horas...sino sobre las 8 horas, pues se tiene en cuenta la base de cotización antes de la reducción. Es decir, que cobrará brutos, el 50% de los 1.254,96 € de prestación con un hijo.

Ahora bien...a nivel del 50% de la empresa..., ese 50%, ¿se hace sobre las 6 horas efectivas reducidas...es decir...se queda en 3 horas? ¿O se hace el 50% sobre la relación contractual sin reducción, es decir, cobraría por 4 horas?

Leo un poco de todo, y por eso las dudas...hoy es festivo, y no puedo llamar a la SS.

Gracias!!!
 
Primero preguntad si la empresa tiene pensado aplicarle el erte también a ella. Mi empresa cuando estuvo en Erte no se lo aplicó a quienes ya habían reducido su jornada y sueldo..
 
Primero preguntad si la empresa tiene pensado aplicarle el erte también a ella. Mi empresa cuando estuvo en Erte no se lo aplicó a quienes ya habían reducido su jornada y sueldo..
Sí, el ERTE es a toda la plantilla...desde el currito más bajo a los jefazos. Ya les ha llegado la notificación. 50% para todos.
 
Tu mujer redujo la jornada, por lo que para la empresa existe las 6 horas que dices. Si le toca un 50%, le tocarán 3 horas. Otro tema diferente y que existe por ahora, aunque no recuerdo si dura todo el estado de alarma, es que únicamente con 24 horas de antelación puedes modificar tu reducción de jornada (y ponerla incluso al 100%, que no trabajes). Si todavía no les aplicaron el ERTE podría modificar su horario para no tener reducción o solamente reducir 1 hora, que es lo mínimo, y algo que ganas.
 
Tu mujer redujo la jornada, por lo que para la empresa existe las 6 horas que dices. Si le toca un 50%, le tocarán 3 horas. Otro tema diferente y que existe por ahora, aunque no recuerdo si dura todo el estado de alarma, es que únicamente con 24 horas de antelación puedes modificar tu reducción de jornada (y ponerla incluso al 100%, que no trabajes). Si todavía no les aplicaron el ERTE podría modificar su horario para no tener reducción o solamente reducir 1 hora, que es lo mínimo, y algo que ganas.
Lo que sí he leído, es que con el Estado de Alarma, y con carácter excepcional, puedes pedir las 8 para que se te queden en 4 hasta que finalice el estado de alarma.

Pero también he leído, que en casa de reducción por causa de custodia con guarda de menores, y no por pacto...esta figura está más protegida, y la reducción se hace sobre el contrato original (8 horas te vas a 4 horas), y no sobre el reducido (6 horas te vas a 4 horas). Esa es la duda que nos queda...
 
Pero tienes que solicitar el cambio en la reducción para volver a 8 horas y que se te quede en un 50% del contrato original. De todas formas eso ya lo podías hacer, la diferencia es que ahora te vale con avisar 24 horas de antelación. Antes eran 15 días. Ah, y estar pendientes para que cuando vuelva a la normalidad avisar 24 horas antes de que acabe esto que vuelves a la reducción de jornada anterior. Si no lo dicho, a esperar otros 15 días. Y que te lo acepten, claro, que esa es otra.
 
Bueno...pues parece ser que los que están en ERTE ya consumen paro desde hace un buen tiempo. De hecho mi mujer lleva desde Marzo en ERTE y sin día de vuelta, y ya le sale el contador de los días restando.

Está la cosa bonita, sí.

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Así es, creo que desde el 1 de octubre. 3 meses menos y contando. La gracia va a ser como el negocio en el que uno esté en ERTE finalmente cierre, que te quedas en la calle con menos tiempo para buscar otro.
 
Así es como funciona el ERTE de siempre. Lo excepcional del covid ha sido que hayan dejado x meses sin gastar prestación por desempleo
 
Así es como funciona el ERTE de siempre. Lo excepcional del covid ha sido que hayan dejado x meses sin gastar prestación por desempleo
Ya, eso lo sabíamos . Que era una situación excepcional por COVID que no computase...pero como siempre, tras x meses, de tapadillo, vuelven a contar. Que me parece lo correcto, pues todos somos iguales y no deben haber excepciones.

Lo comento por el no es oro todo lo que reluce.
 
Eso lo sabemos todos menos su legión de fans, que dice que la ministra de trabajo es la mejor que hemos tenido en toda la historia. Es más, yo subiría el salario mínimo a 2000€. Total no va a haber contrataciones. Ya lo dice el Garzón listo, ya que no contratan los empresarios, lo hace el estado lanzando oposiciones.
 
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