Pruebas Objetivas SÍ, Valoración Subjetiva NO. La enmienda transaccional 27 de la nueva Ley Orgánica de Educación (LOMLOE) que pretende aprobar el Gobierno, sin apoyo ni consenso de la comunidad educativa, suprime la palabra “prueba” y la sustituye por “valoración” en el acceso al cuerpo de inspectores de educación.
Esto supone sustituir las pruebas objetivas actuales de la oposición, por una valoración subjetiva que permita el acceso a personas sin la preparación adecuada para el desempeño del puesto de inspector de educación. Demostrar preparación técnica mediante pruebas objetivas es fundamental para garantizar los derechos de toda la comunidad educativa y el cumplimiento de las Leyes. Una oposición sin pruebas objetivas es un engaño, debe ser una oposición que se desarrolla bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad, como debe ser en toda la función pública. Transparencia y oportunidades iguales para todos.
La enmienda vulnera la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que establece que los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación. Esta enmienda iría en contra de los derechos de los empleados públicos.