Abogados a mí?

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Sabéis que siempre que tengo dudas consulto con el floro....es lo que tiene tener inteligencias superiores rondando por aquí:juas.
Lo cuento resumido:
Persona fallecida hace más de un año. Testamento donde nombra a la hija heredera universal y deshereda a la otra parte. Fallece y la hija paga el impuesto de sucesiones y todo el papeleo. Le dice al abogado que la otra parte (nietos que deben heredar la legítima...eso no se puede tocar por mucho que estén desheredados) no se sabe dónde está, no tenemos contacto ni telf ni domicilio ni redes sociales ....
Abogado responde que entonces la parte que les corresonde queda retenida pero que la de la heredera en cuanto el banco tenga los papeles puede sacarla.
Llama el banco y exige que deban estar todos los herederos para firmar.
No tenemos ni zorra de donde andan ni de cómo localizarlos.
A todo esto el banco sigue pasando el cobro de comisiones y la cuenta va disminuyendo.

Qué cojones hacemos?
No hay propiedades, son dos duros que nos venían de lujo pero que a este paso se van.a consumir con las comisiones....

Me han comentado sobre los requerimientos judiciales pero valen un pastizal...es que al final la herencia se va a gastar en eso. Es acojonante que la parte que cuidó y se hizo cargo del fallecido deba pagar para localizar a los hijos de puta que han pasado como de la mierda de él.

Reviento cabezas:fiu:fiu
 
Ostras, vengo al foro a abrir un hilo muy similar. Ojalá alguien pueda comentarte cómo funciona el tema, para mí es todo como si me hablasen en chino. Voy a abrir en un rato el mío e igual puedes solucionarme alguna de las 1000 dudas que tenemos 😊
 
Las comisiones y lo que se cobra a fecha de fallecimiento luego se puede reclamar, no?.

En cuanto a localizar a las otras partes, creo que el registro civil es público no?, no podéis tirar de ahí?.

O tal vez en Facebook. Espero que vaya bien.
 
Las comisiones y lo que se cobra a fecha de fallecimiento luego se puede reclamar, no?.

En cuanto a localizar a las otras partes, creo que el registro civil es público no?, no podéis tirar de ahí?.

O tal vez en Facebook. Espero que vaya bien.
En el registro civil no te dicen dirección ni telf ni nada similar para contactar.
Las comisiones.....dudo mucho que el banco devuelva nada.
El abogado dice que van a tratar de localizarlos pero me da que quiere ver el tiempo pasar y luego endiñarme el requerimiento judicial que cuesta una pasta.
 
Un cuñado es la persona que está casada con el hermano o hermana de tu cónyuge. Es decir, es el marido o la esposa de tu cuñado o cuñada. Por lo general, las personas suelen tener una relación cercana con sus cuñados y cuñadas, ya que son miembros de la familia por medio del matrimonio.

La palabra cuñado también puede usarse como un término coloquial para referirse a una persona que es muy cercana a uno, aunque no esté relacionada con él por medio del matrimonio. En este sentido, la palabra cuñado puede usarse para hablar de un amigo muy cercano, un compañero de trabajo con el que se tiene una relación estrecha, o cualquier otra persona con la que se tenga una relación muy íntima. Sin embargo, esta acepción es menos común y suele usarse más en el habla coloquial que en el lenguaje formal.

Hay otra acepción menos común de la palabra cuñado, que se refiere a una persona que es la pareja de uno de tus primos. En este caso, la persona en cuestión no es tu cuñado o cuñada en el sentido estricto de la palabra, ya que no está casada con tu hermano o hermana, sino con uno de tus primos. Sin embargo, esta acepción es todavía más rara que la segunda que mencioné y suele usarse muy poco. En general, cuando se habla de un cuñado, se suele hacer referencia a la persona que está casada con el hermano o hermana de tu cónyuge.

No existen otras acepciones comunes o usos frecuentes de la palabra cuñado, aunque como en cualquier idioma, es posible que en algunos contextos o dialectos se use de manera diferente. Si tienes alguna duda sobre el significado de una palabra, lo mejor es buscar su definición en un diccionario o preguntar a un hablante nativo del idioma en cuestión. De esta manera, podrás asegurarte de que estás usando la palabra de manera correcta y adecuada en cualquier situación.

Soy cuñadólogo, pregúntame lo que quieras. :cigarro
 
No estoy familiarizado con ese término. Puedo ayudarte a buscar información sobre él, pero necesitaría más contexto o detalles sobre en qué contexto has oído o visto esa palabra. ¿Podrías proporcionarme más información al respecto?
 
Un cuñado es la persona que está casada con el hermano o hermana de tu cónyuge. Es decir, es el marido o la esposa de tu cuñado o cuñada.
Uyuyuyuy.... flojillo entrenamiento veo yo en esa IA.

Mira que era sencillo:

1. m. y f. Hermano del cónyuge de una persona.

2. m. y f. Cónyuge del hermano de una persona.
 
explicación:
Mi madre recientemente fallecida tenía un piso en Hospitalet de Llob.
El martes me informa un familiar que al pasar por delante ve las ventanas abiertas, pensamos en una ocupación y nos presentamos en el domicilio. No hay nadie y hablamos con una amiga Moza de Escuadra y nos indica que hacer, llamar al 112 y a un cerrajero.
Durante la espera viene el presidente y nos indica que mi madre tenía una deuda y que se lo notificaron (no tenemos nada escrito) y que hicieron averiguaciones y que el piso ahora no es de mi madre.
Ante estas afirmaciones cancelamos cerrajero y llamada a Mossos y al emplazarnos a ir a hablar con sus abogados el miercoles que es laborable pues el miercoles no movemos, obviamente mi hermana y yo flipando.

El miercoles vamos a los abogados y nos dicen que el piso es de una empresa y mi madre esta de inquilina y que ahora esa empresa se lo ha vendido o curiosidad al constructor que se lo vendió a mi madre.
Vamos al registro, pido documentación pendiente de recibir, y al ayuntamiento para pedir información del IBI, estos últimos nos indican que el piso era de Francisco Soto y posteriormente 2003 de sus herederos (yo y mi hermana, para nosotros primera noticia). Pero mirando el hombre para darnos más información como deuda pendiente le aparece que hay un acta notarial y desde ahí ya no nos puede dar más información.
Volvemos a los abogados de la comunidad y nos echan de malas maneras sin darnos nada de información.
Como han tirado nuestras cosas ya que han vaciado el piso y han empezado reformas, nos vamos a una comisaria a meter una denuncia por apropiación indebida, pero el agente no nos la quiere hacer por falta de documentación como saber quien es el actual dueño, que mira que lo puede mirar el.

Posteriormente ha aparecido el contrato de compra-venta que firmaron mis padres y algo de documentación que dabamos por perdida ya que pensabamos que estaba en el piso de mi madre.

Pues eso, tenemos algo que rascar, en lo que se refiere al piso?
Le puedo meter una denuncia a este hombre por tirar nuestras cosas? De que tipo?

Y cualquier ayuda será bienvenida, porque se que me meto en un follón que no se si me va a compensar lo que pueda obtener despues por el piso.
Quiero decir, he de pagar deuda en el IBI, deuda de la comunidad, abogados, costas y posteriormente la reforma del piso, impuestos, plusvalias y finalmente venderlo y no esta el horno para bollos.

Pues nada eso es todo, lo dicho gracias por cualquier tipo de ayuda y consejo legal.
 
Mucho ánimo y suerte con todo.

No te puedo ayudar mucho. Sé de una abogada que lleva un tema muy complejo de la familia de mi novia, también con un piso que aparece que alguien dice ser de quien no es, estafas familiares, herencias compartidas con mafiosos, deudas fraudulentas de seis cifras , etc. Pero la abogada está en Madrid e imagino que lo suyo es que te lo lleve alguien de Barcelona.

Lo dicho, mucha suerte.
 
Última edición:
Y cualquier ayuda será bienvenida, porque se que me meto en un follón que no se si me va a compensar lo que pueda obtener despues por el piso.
Quiero decir, he de pagar deuda en el IBI, deuda de la comunidad, abogados, costas y posteriormente la reforma del piso, impuestos, plusvalias y finalmente venderlo y no esta el horno para bollos.


Toda la suerte del mundo, pero mira bien el último párrafo, que igual no te compensa en dinero, tiempo y en disgustos...

Acuérdate del dicho "pleitos tengas y los ganes"


:hola
 
Toda la suerte del mundo, pero mira bien el último párrafo, que igual no te compensa en dinero, tiempo y en disgustos...

Acuérdate del dicho "pleitos tengas y los ganes"


:hola
Básicamente es eso, lo que nos dicen que he de poner 2 denuncias una por usurpación de 1 a 2 años y otra por apropiación aquí la cárcel la dictamina el juez. Solo he de pleitear por la usurpación no por la apropiación. Si se ven con esto que no deben esperar pues que se atiendan a negociar
 
Mi recomendación es ir directamente a un abogado y pagar por la consulta. No te costará mucho y sabrás realmente qué hacer. Después ya podrás tomsr decisiones informadas.
 
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