El nuevo pensamiento único

Aquí su novia

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Pero luego pasan cosas como esta:


¿Que porcentaje de ese millón tirado a la basura ha salido del bolsillo de Casanova? Pues ahi lo tienes, pidiendo más pasta para "parar al fascismo". Y no te quepa duda de que lo conseguirá.

Y nunca está de más recordar lo que dicen algunos que SI están dentro del sistema y lo conocen.





Me cito a mi mismo un par de años después, para regodearme. Mua-ha-ha-ha-ha-ha-ha-haaaaa...! :diablillo


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Con todo el mamoneo de las subvenciones, hay algún requisito de que la película llegue a ciertos números o le da igual porque ya está to pagao?
 
Con todo el mamoneo de las subvenciones, hay algún requisito de que la película llegue a ciertos números o le da igual porque ya está to pagao?

Es peor aún. Lee con atención e intenta no salir a la calle luego a matar a alguien:


[Aún con subvención ahí ha perdido dinero gente, la subvención es a lo sumo 1/3 del coste total, el resto privado. Estarán contentos los inversores.]

Las subvenciones directas son algo más, y la inversión privada está subvencionada también (recuperan un 120% como mínimo, o hasta un130 % montando una AIE).

En el impuesto sobre beneficio de sociedades, hay una deducción inversión en producciones cinematográficas españolas:

-Porcentaje de deducción: 30% sobre el primer millón de base de la deducción y 25% sobre el exceso.
-Base de la deducción: Coste Total de la Producción + Gastos para la Obtención de Copias y de Publicidad y Promoción a cargo del productor, con límite del 40% del coste total.

Los requisitos de la película, son solamente dos:

1.-Que la producción obtenga el correspondiente certificado de nacionalidad y el certificado que acredite el carácter cultural emitido por el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

2.- Que se deposite una copia en la Filmoteca Española o la filmoteca oficialmente reconocida por la respectiva Comunidad Autónoma, en los términos establecidos en la Orden CUL/2834/2009...

aunque recaude 0€ en taquilla.

Pero ¿si la mierda de productora no tiene beneficio, de que sirve la deducción en el impuesto de sociedades? Aquí es donde viene el tinglado legal: La normativa española permite que esa deducción y la base imponible negativa por las pérdidas de la película, pueda transferirse otros empresarios que tengan beneficios, para que a cambio pongan dinero en la producción garantizando que van a recuperar vía deducción en el impuesto de sociedades como mínimo un 20% más de lo que ponen.

Para esto hay dos opciones:

OPCION 1: Montar una Agrupación de Interés Económico para hacer la película (AIE). Los empresarios con beneficios ponen la pasta en la AIE, y esta contrata al cineasta (productor) para que haga el truño. De esta forma, los empresarios se benefician no sólo de la deducción, sino también de las perdidas, ya que las bases imponibles negativas del impuesto sobre sociedades se trasladan a los socios de la AIE.

Esto, que explicado así parece un fraude le ley y un chanchullo de asesor fiscal, está expresamente admitido por la normativa: Dice la Ley del Cine “para un mejor aprovechamiento de los incentivos fiscales previstos en la normativa tributaria (…), el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales fomentará: a) La constitución de agrupaciones de interés económico”. La Dirección General de Tributos (V0894 15) confirma la aplicación del régimen de las AIE y el aprovechamiento de los incentivos fiscales al cine de la AIE por parte de sus miembros, que pueden ser personas físicas o jurídicas que realicen una actividad económica que puede no tener relación con el sector cinematográfico.

OPCION 2: La Ley de Presupuestos Generales del Estado desde el año 2021, introduce nueva vía para traspasar la deducción por inversiones audiovisuales. Así, las inversiones, además de a través de una AIE, se podrían realizar vía contrato de financiación entre la productora y el inversor. En este caso la rentabilidad fiscal es del 20%. Tan sencillo como hacer un contrato con un cineasta que esté haciendo una película, que diga te doy 100.000 € a cambio de descontar 120.000 € de lo que sale a pagar en el impuesto de sociedades.


Cágate, lorito. :facepalm
 
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Los ricos somos ricos porque sabemos cómo hacer que nos regalen dinero. Apoyemos a Fidel. :beatnik
 
Es peor aún. Lee con atención e intenta no salir a la calle luego a matar a alguien:


[Aún con subvención ahí ha perdido dinero gente, la subvención es a lo sumo 1/3 del coste total, el resto privado. Estarán contentos los inversores.]

Las subvenciones directas son algo más, y la inversión privada está subvencionada también (recuperan un 120% como mínimo, o hasta un130 % montando una AIE).

En el impuesto sobre beneficio de sociedades, hay una deducción inversión en producciones cinematográficas españolas:

-Porcentaje de deducción: 30% sobre el primer millón de base de la deducción y 25% sobre el exceso.
-Base de la deducción: Coste Total de la Producción + Gastos para la Obtención de Copias y de Publicidad y Promoción a cargo del productor, con límite del 40% del coste total.

Los requisitos de la película, son solamente dos:

1.-Que la producción obtenga el correspondiente certificado de nacionalidad y el certificado que acredite el carácter cultural emitido por el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

2.- Que se deposite una copia en la Filmoteca Española o la filmoteca oficialmente reconocida por la respectiva Comunidad Autónoma, en los términos establecidos en la Orden CUL/2834/2009...

aunque recaude 0€ en taquilla.

Pero ¿si la mierda de productora no tiene beneficio, de que sirve la deducción en el impuesto de sociedades? Aquí es donde viene el tinglado legal: La normativa española permite que esa deducción y la base imponible negativa por las pérdidas de la película, pueda transferirse otros empresarios que tengan beneficios, para que a cambio pongan dinero en la producción garantizando que van a recuperar vía deducción en el impuesto de sociedades como mínimo un 20% más de lo que ponen.

Para esto hay dos opciones:

OPCION 1: Montar una Agrupación de Interés Económico para hacer la película (AIE). Los empresarios con beneficios ponen la pasta en la AIE, y esta contrata al cineasta (productor) para que haga el truño. De esta forma, los empresarios se benefician no sólo de la deducción, sino también de las perdidas, ya que las bases imponibles negativas del impuesto sobre sociedades se trasladan a los socios de la AIE.

Esto, que explicado así parece un fraude le ley y un chanchullo de asesor fiscal, está expresamente admitido por la normativa: Dice la Ley del Cine “para un mejor aprovechamiento de los incentivos fiscales previstos en la normativa tributaria (…), el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales fomentará: a) La constitución de agrupaciones de interés económico”. La Dirección General de Tributos (V0894 15) confirma la aplicación del régimen de las AIE y el aprovechamiento de los incentivos fiscales al cine de la AIE por parte de sus miembros, que pueden ser personas físicas o jurídicas que realicen una actividad económica que puede no tener relación con el sector cinematográfico.

OPCION 2: La Ley de Presupuestos Generales del Estado desde el año 2021, introduce nueva vía para traspasar la deducción por inversiones audiovisuales. Así, las inversiones, además de a través de una AIE, se podrían realizar vía contrato de financiación entre la productora y el inversor. En este caso la rentabilidad fiscal es del 20%. Tan sencillo como hacer un contrato con un cineasta que esté haciendo una película, que diga te doy 100.000 € a cambio de descontar 120.000 € de lo que sale a pagar en el impuesto de sociedades.


Cágate, lorito. :facepalm
Las obras maestras deben ser apoyadas.



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Si dirás lo que quieras, pero Scholtz viaja en la Luftwaffe que eran pilotos nasis.
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Nos quitarán de comer en condiciones, de tener un coche en propiedad, y ahora de vivir con espacio. Mientras ellos comen marisco, viajan en Falcon y tienen mansiones. Y aún hay gilipollas que los defienden.
 
 
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