El post de la desaparición del PSOE

Iba a poner una captura por si acaso, pero si en 12 horas no lo han borrado...
 
Sí, ella explicaba que tenía un corazón preparado para fallar. Deformidades, bloqueos de válvula y demás. Descanse en paz.

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No era de dominio público lo de esa cardiopatía, ¿no? Vamos, yo al menos ni idea. Cuestiones políticas al margen, una triste noticia, sin duda. DEP.
 
La conocí a través de una clienta. Habían sido compañeran y seguían siendo amigas. Como política, siempre me había parecido una trepa y una oportunista, pero en persona me sorprendió. Muy, muy agradable y con las ideas claras, pero escuchando con interés y tolerancia a su interlocutor. Me dejó muy buen sabor de boca. Descanse en paz. :(
 
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Carme Chacón fue Ministra de Vivienda entre el 9 de julio de 2007 y el 11 de abril de 2008. Nueve meses. Luego, ya en la segunda legislatura de Zapatero, pasó a ser Ministra de Defensa.

En poco menos de un año, las medidas más conocidas de Carme Chacón en materia de vivienda fueron dos: la renta básica de emancipación y la adopción de medidas para, supuestamente, promover que los propietarios pusieran su vivienda en alquiler. Entre otras, se adoptaron medidas para agilizar los desahucios. Para ello, se decidió crear diez nuevos juzgados dedicados específicamente a ello y, también, modificar la Ley de Enjuciamiento Civil. La primera medida se adoptó durante el mandato de Chacón. La segunda no, pero no por falta de ganas sino por falta de tiempo, como se aprecia en las declaraciones de la Ministra. El problema fue que la legislatura se estaba acabando, pero ella confiaba “en que la reforma de la ley pued[ier]a ver la luz con rapidez en la próxima Legislatura”.

Y fue efectivamente durante la legislatura 2008-2011 cuando se modificó la Ley de Enjuiciamiento Civil para acelerar los desahucios, mediante la Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios.

Desde ese momento, al primer impago, el propietario podía requerir al inquilino para que abonara la renta y, pasado un mes (antes eran dos) desde el requerimiento, poner la demanda de desahucio. Si el funcionario judicial no encontraba al inquilino al ir a entregar la citación en la vivienda, podría notificarse mediante publicación en el juzgado (obviamente, es totalmente ficticio llamar notificación a eso). Los plazos judiciales se acortaron. La sentencia condenatoria (que se tendría que dictar en no más de seis días) pasaba a ser directamente ejecutiva: en la fecha y hora que la propia sentencia estableciera, sin más trámite, se procedería al desahucio. Lo mejor es leer comentarios de personas a favor; y, también, el comentario que realizó Ada Colau en diciembre de 2009. Este análisis de El País recoge diversas opiniones al respecto.

¿A quién se estaba protegiendo? ¿A quién se benefició?

Según el argumentario chaconista, no se protegía a los bancos ni a los mercados, sino a “aquellas familias que dependían en buena medida de ese alquiler que no llegaba nunca”; y las protegía frente a los “morosos profesionales”. Este es el eje de la defensa de las medidas del PSOE (con Chacón y, luego, con Beatriz Corredor).

Sin embargo, oponer al particular con el moroso profesional es una falacia. No es verdad que se proteja a los propietarios frente a quienes “no pagaban durante un tiempo considerable” o frente a la actividad “sistemática y profesionalizada” de los morosos. No es cierto porque desde que se produzca el primer impago puede requerirse al inquilino y, pasado un mes, interponer la demanda. No hablamos de impagos sistemáticos, sino de uno o dos meses sin pagar la totalidad de la renta. Incluso hay sentencias del Supremo donde se afirma que el impago parcial de un mes de renta justifica un desahucio.

Además, pasado un mes desde el requerimiento del propietario, si se produjo, ya no es posible evitar el desahucio pagando la renta que se debía. No estamos ante exigencias que describan a un “moroso profesional”. En absoluto.

Más aún: el discurso del moroso profesional, en sí mismo, es falso. Como señala Cinco Días, en 2011 hubo 19.420 sentencias relativas a arrendamientos de vivienda (18.492 por impago de la renta), lo cual es más bien poco si lo ponemos en conexión con el millón ochocientas mil viviendas en alquiler que había ese mismo año. No podemos suponer que cada una de esas 18.492 personas (poco más del 1 por 100 de los inquilinos) que no pagaron la renta era un moroso profesional. ¿Cuántos son, entonces, los temibles morosos profesionales que pululan por España y justifican la pérdida de las garantías legales de todos los inquilinos?

El discurso del moroso profesional implica una culpabilización del inquilino. Cuando se dice que “el inquilino de buena fe” o “el inquilino que paga” no tienen “nada que temer” se está diciendo que quien no paga es porque no quiere y se está intentando articular un discurso que legitime la pérdida de garantías que ha sufrido la Ley de Enjuiciamiento Civil. Porque, total, la ley sólo está dirigida a sinvergüenzas.

Este argumento se enlaza con otro, también falso: precisamente para proteger a los inquilinos que no pueden pagar estaría la renta básica de emancipación. Aunque se presenta como una “medida estrella”, ya existía una muy parecida desde 2004. Lo que realmente se hizo fue flexibilizar algunos requisitos. La RBE sólo era accesible para menores de treinta años y, en cualquier caso, tendía a trasladarse al precio. Solbes dijo en 2006 que “la subvención al inquilino se traslada al incremento de precios automáticamente […] y que, al final, lo que sirve es para aumentar los precios”. Y así es, como sucedió también con la desgravación en IRPF por adquisición de vivienda. No es una medida que sirva para compensar la anterior, desde la perspectiva de los derechos y garantías de los inquilinos.

Tampoco se está defendido a los “pobres propietarios” que dependen del alquiler de un piso para vivir dignamente. Como señaló Ada Colau, un informe de 2005 señalaba que “hay un elevado grado de concentración de la propiedad inmobiliaria”. Además, a finales de 2009, cuando se aprueba la ley, ya había estallado la burbuja inmobiliaria y muchos inmuebles hipotecados estaban pasando a las manos de los bancos.

Como repiten los chaconistas una y otra vez, las medidas del PSOE no afectaban a las hipotecas. Pero el derecho a la vivienda del artículo 47 de la Constitución, que reconoce el derecho a “disfrutar” de una vivienda digna, no exige que haya que ser propietario de ella para que los poderes públicos adopten medidas para, por ejemplo, impedir la especulación. Tanto derecho a la vivienda tiene quien vive de alquiler como quien se hipotecó para comprarse una casa.
 
A partir de las 13:30 capilla ardiente en Ferraz.

¿No pueden dejar estas cosas en un plano familiar más allá de manifestaciones del dolor que sienten los que la conocieron? Ya sabemos que cuando ocurre una desgracia de esta, asistimos a una serie de tópicos bien intencionados para recordar a la persona que ha fallecido y el vacío que deja, pero instalar una capilla ardiente ya me parece sobrepasarse sobre el plano de intimidad que debería tener este suceso. Parece que fuera más una figura del PSOE que de su marido e hijo.
 
Pues no es coña, justo el jueves fui a comer con los compañeros y me pareció verla por la Diagonal(sería su doble). Luego he visto en los periódicos que vivía en Madrid y tal pero ya es casualidad..
 
A partir de las 13:30 capilla ardiente en Ferraz.

¿No pueden dejar estas cosas en un plano familiar más allá de manifestaciones del dolor que sienten los que la conocieron? Ya sabemos que cuando ocurre una desgracia de esta, asistimos a una serie de tópicos bien intencionados para recordar a la persona que ha fallecido y el vacío que deja, pero instalar una capilla ardiente ya me parece sobrepasarse sobre el plano de intimidad que debería tener este suceso. Parece que fuera más una figura del PSOE que de su marido e hijo.

P U B L I C I D A D de partido.

Un abrazo!
 
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