geminis
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Jajajaja... gracias. Mira que viene bien explicado. Ya decía yo que lo mío era una opinión de cuñado. Si en realidad yo solo venía a decir lo del usufructo, lo otro era una opinión.
Entiendo entonces que la única opción para evitar posibles problemas futuros por la legítima sería la desheredación.
Si y no. Si hay desheredación y el desheredado la impugna la carga de la prueba es de la parte beneficiada con dicha acción. Y los motivos son tasados.
No se si en la Comunidad Valenciana - creo que no-, hay alguna especialidad en el derecho civil de sucesiones...