El Gobierno social-podemoide de Sánchez

No parece que haya post del debate…pero ha hecho bien Feijóo en no ir, porque tanto Yolanda como Abascal están haciendo el ridículo de lo mal que hablan en público y lo guionizados que van.
 
Es que esto lo único que va a servir es para que el votante indeciso vaya al PP…Abascal está quedando en ridículo junto a Yolanda.
 
Yo debo ser muy raro pero ni un debate ni un míting me va a hacer cambiar de opinión. Es una cosa más compleja que eso.
 
Vamos, no ha pasado un tercio del debate y lo han dejado en ridículo. Qué hace usted ahí? Y eso que los otros están hablando de a qué huelen las nubes? Gasto, gasto! Como pagas? Lorricos

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El artículo 47 de la Constitución Española declara que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y atribuye a los poderes públicos la obligación de promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho.

Pues ya me dirás, bonita.
 
Lo explica en el tweet. Un principio rector no es un derecho primal.

Es como el articulo de la constitucion que habla sobre el derecho al matrimonio.
Artículo 32
El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.
No quiere decir eso que haya que hacer una caravana de mujeres promovido por el estado.

O el articulo sobre el trabajo.
Artículo 35.
Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
No quiere decir que haya que buscar un trabajo por parte del estado. Usted cava zanjas y usted las cubre. Sino que el estado debe garantizar que existan las condiciones para que esto se cumpla.
 
Lo explica en el tweet. Un principio rector no es un derecho primal.

Es como el articulo de la constitucion que habla sobre el derecho al matrimonio.

No quiere decir eso que haya que hacer una caravana de mujeres promovido por el estado.

O el articulo sobre el trabajo.

No quiere decir que haya que buscar un trabajo por parte del estado. Usted cava zanjas y usted las cubre. Sino que el estado debe garantizar que existan las condiciones para que esto se cumpla.
Exacto. Primero, ¿qué es un derecho? Según Hohfeld, A tiene un derecho sobre B si A puede reclamarle a B que cumpla con alguna obligación. Si cambiamos A por ciudadano y B por Estado, un ciudadano tiene un derecho sobre el Estado si el primero puede reclamarle el cumplimiento de alguna obligación al segundo.

Los principios rectores en la CE (artículos 39 a 52) no habilitan al ciudadano a reclamarle nada al Estado, a no ser que este tenga a bien CONCEDERLE ese derecho vía legislación. Los derechos fundamentales y los derechos ordinarios (artículos 14 a 38), en cambio, son de aplicabilidad directa en ausencia de desarrollo legislativo. Son derechos subjetivos del ciudadano frente al Estado, y por tanto reclamables directamente por el ciudadano.
 
Última edición:
Del 14 al 29.

Capítulo cuarto. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales

Artículo 53

  1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a).
  2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
 
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