El Gobierno social-podemoide de Sánchez

Asaltar infraestructuras vitales se considera terrorismo.

Claro, hombre, porque tú lo digas. :facepalm
Te recuerdo que en 2006 los controladores aéreos del Prat abandonaron sus puestos de trabajo y más de un centenar de ellos invadieron las pistas del aeropuerto. Aquello sí supuso un peligro real para mucha gente, obligó a desviar un montón de vuelos, y el estado llegó a decretar el estado de alarma.
Se consideró terrorismo? ...no, que va. El TS juzgó a los controladores por "desórdenes públicos" y finalmente los absolvió.

Para que exista el terrorismo tiene que haber armas, bombas y víctimas. Nada de eso sucedió ni en un caso ni en el otro. De hecho, la "ocupación" del aeropuerto por los indepes fue pacífica y no pasaron del vestíbulo.

Que cuatro años más tarde se saquen un muerto de la manga -que se murió de un ataque al corazón en otra terminal- para acusar de terrorismo a los indepes es demencial. Y incluir por terrorismo a Marta Rovira y Puigdemont por "estar al frente de las protestas" ya es de salto mortal con doble tirabuzón jurídico.
Es un lawfare de manual.
 
Efectivamente. De la misma exposición de motivos:

el magistrado destaca la “importancia estratégica de este objetivo, y las graves consecuencias que pudiera haber tenido para la seguridad del tráfico aéreo nacional e internacional el éxito de la acción pretendida. Si TD hubiera logrado su objetivo de impedir el cambio de turno de los controladores aéreos de la instalación, esto no solo habría provocado daños económicos, sino que podría haber tenido un resultado catastrófico de consecuencias imprevisibles para las personas que en ese momento se encontraban en vuelo a bordo de las aeronaves en el área objeto de control, con el evidente riesgo y peligro para sus vidas”.


Los palmeros del independentismo hacen mucho hincapié en lo del infarto, pero es que ese no es el punto. Pero claro. es el único flanco por donde pueden atacar y apuntarse a la peligrosísima gilipollez del "lawfare", que como no lo paremos ya, va a acabar con la independencia de la justicia. Que es lo que pone cachondos a todos estos, claro.
 
Negativo. Un terrorista por ejemplo podría hakear los semáforos de una ciudad y por ende provocar terror y peligro entre la población sin necesidad de tiros o bombas.

Un abrazo!

Pues no. Un tipo puede hacer todo esto, y no sería acusado de terrorismo.
De hecho, los taxistas a menudo hacen algo parecido y nadie los acusa de terrorismo. Cortar una autopista puede ocasionar un caos de cojones, y que alguien muera de forma indirecta. Pero tampoco es terrorismo.

Estáis justificando lo injustificable, porque sabéis de sobras que la motivación es POLITICA. Que para un forero está bien y puede decir las tonterías que le dé la gana, pero se supone que los jueces deberían ser imparciales.

Y los que acusan de "terrorismo" por cuestiones políticas acostumbran a ser países chungos, donde la justicia está carcomida por el régimen, como Turquía, Rusia, Marruecos, China, etc, etc, etc. ...y España.
 
Para que exista el terrorismo tiene que haber armas, bombas y víctimas

y para que exista un golpe de estado tiene que haber un señor con tricornio disparando al techo.

el Código Penal da una definición de terrorismo infinitamente más amplia que esa, mírate el art 574 en adelante.
 
Lo de la víctima francesa es para evitar la amnistía, que excluía delitos de sangre.

Es derecho penal del enemigo, de libro, no en vano no se cansan de repetir "los enemigos de España". Y lo tienen bien asumido muchos jueces, no todos.
 
y para que exista un golpe de estado tiene que haber un señor con tricornio disparando al techo.

el Código Penal da una definición de terrorismo infinitamente más amplia que esa, mírate el art 574 en adelante.

Déjalo, es el todólogo que va repartiendo carnets de todólogos a los demás. Cree que sabe más que todos nosotros. Criaturita. :cafe

El delito de terrorismo se define en el art. 572 en el que se castiga a
los que perteneciendo, actuando al servicio o colaborando con
organizaciones o grupos terroristas cometan los delitos de estragos o de
incendios tipificados en los art. 346 y 351 respectivamente , sin perjuicio
de la pena que le corresponda si se produjera lesión para la vida, integridad
física o salud de las personas.
 
Desde la Academia, el Terrorismo tiene otros significados, no se como está en el código penal, y ahora en estos momentos, los asideros a los que agarrarse de los jueces son menos debido a la manga ancha legal que se está fomentando en estas cuestiones políticas. Para otras cosas, bien que son capaces de prohibirle la C-15 a Paco el pintor.

Pero vamos, que rebelión o sedición me pueden servir... Terrorismo es otra categoría en la que directamente no creo que entren esos sucesos.
 
Déjalo, es el todólogo que va repartiendo carnets de todólogos a los demás. Cree que sabe más que todos nosotros. Criaturita. :cafe

El delito de terrorismo se define en el art. 572 en el que se castiga a
los que perteneciendo, actuando al servicio o colaborando con
organizaciones o grupos terroristas cometan los delitos de estragos o de
incendios tipificados en los art. 346 y 351 respectivamente , sin perjuicio
de la pena que le corresponda si se produjera lesión para la vida, integridad
física o salud de las personas.

Estoooo, tú has leído lo que has copiado? ...y entiendes lo que pone ahí? :freak
 
1700767514989.jpeg
 
Pues a defraudar se ha dicho. Yo llevo unos meses sacándome unos dinerillos extra en negro. Antes los mato que dejar que le metan mano.
 
Arriba Pie