El megaVOX. 52 diputados. Por la unidad nacional, contra el separatismo, los golpistas y los progres #LaEspañaViva

Una duda. ¿Porque la Junta de Andalucía escondia las entidades de estas personas? O mejor dicho. ¿Es de derecho eso? Continuo sin ver el porqué de tan curioso secreto.

Un abrazo!

Porque te la han metido doblada con lo de “escondían”. La LOPD prohibe distribuir datos médicos. La misma razón que cuando exigís los nombres y apellidos de los 1066 heridos del 1-O.
 
Porque te la han metido doblada con lo de “escondían”. La LOPD prohibe distribuir datos médicos. La misma razón que cuando exigís los nombres y apellidos de los 1066 heridos del 1-O.

¡Meeec! Error. Y en lo que compete al RGPD y los datos médicos, estoy muy bien informado. Me peleo con ella a diario. Y si un juez viene y me requierre datos, se los tengo que proporcionar. Coño, hace menos de dos semanas me los requirió un "simple" inspector de Hacienda y hubo que dárselos. Así que doblada, te la habrán metido a ti.
 
Creo que no era sólo por los datos médicos, es que ahora mismo la ley está que no tienen obligación de comunicar nada, salvo quizá de los menores...


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https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/1337166121439_atencion_social_al_inmigrante.pdf

Hay una protección explícita y sin complejos del ilegal por parte de la Junta, Ayuntamientos, ....
Quizá es eso lo que quieren cambiar desde vox...

Yo tengo que decir que estoy jodido por este tipo de debates.
Por un lado soy muy consciente de que la inmigración MASIVA y DESCONTROLADA es un coladero que nos va a traer muchos problemas.
Pero por otro lado me da mucha pena que, salvo en caso de haber cometido un delito grave, se plantee la expulsión de nadie una vez que se ha establecido aquí. :mutriste
 
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Porque te la han metido doblada con lo de “escondían”. La LOPD prohibe distribuir datos médicos. La misma razón que cuando exigís los nombres y apellidos de los 1066 heridos del 1-O.

¡Meeec! Error. Y en lo que compete al RGPD y los datos médicos, estoy muy bien informado. Me peleo con ella a diario. Y si un juez viene y me requierre datos, se los tengo que proporcionar. Coño, hace menos de dos semanas me los requirió un "simple" inspector de Hacienda y hubo que dárselos. Así que doblada, te la habrán metido a ti.

Y cual fue el juez que requirió esos datos a la Junta?
 
Y cual fue el juez que requirió esos datos a la Junta?

Varios. De lo que se queja VoX es que en procedimientos abiertos, la junta siempre se negó a proporcionar dichos datos. Y de eso se quejaba la propia policía.

Y para que te quede más clarito:

El artículo 11 (1) LOPD fija un principio general de interdicción de la cesión de datos salvo que medie el consentimiento del titular de los datos. Pero este principio general tiene diversas excepciones en el número dos de ese mismo artículo (2), siendo especialmente relevante el primero, previsión legal, y el cuarto, cesión al Ministerio Fiscal, Juzgados, Tribunales y otras altas autoridades. Lo que supone que en estos casos no regirá el principio general de no cesión sino que se podrán ceder y deberá hacerse.

Recapitulando, La policía puede acceder a cualquier dato de carácter personal por la vía del art. 22 LOPD de forma directa o por la vía indirecta del artículo 11.2d del mismo cuerpo legislativo, al entender que por tratarse de policía judicial actúa a prevención y por delegación de órganos judiciales o Ministerio Fiscal, habiendo tratado ya esta cuestión la Agencia Española de Protección de Datos en informe jurídico 133/2008.

El acceso a los datos de carácter personal por la Policía. Referencia a los datos de la Seguridad Social · Noticias Jurídicas

Vamos, que lo de la LOPD te lo has inventado. Pero a los que nos la han "metido doblada" en consecuencia de tu invent (mejor dicho, de eldiario.es), es a nosotros... :mparto
 
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Y cual fue el juez que requirió esos datos a la Junta?

Varios. De lo que se queja VoX es que en procedimientos abiertos, la junta siempre se negó a proporcionar dichos datos. Y de eso se quejaba la propia policía.

Y para que te quede más clarito:

El artículo 11 (1) LOPD fija un principio general de interdicción de la cesión de datos salvo que medie el consentimiento del titular de los datos. Pero este principio general tiene diversas excepciones en el número dos de ese mismo artículo (2), siendo especialmente relevante el primero, previsión legal, y el cuarto, cesión al Ministerio Fiscal, Juzgados, Tribunales y otras altas autoridades. Lo que supone que en estos casos no regirá el principio general de no cesión sino que se podrán ceder y deberá hacerse.

El acceso a los datos de carácter personal por la Policía. Referencia a los datos de la Seguridad Social · Noticias Jurídicas

Vamos, que lo de la LOPD te lo has inventado. Pero a los que nos la han "metido doblada" en consecuencia de tu invent (mejor dicho, de eldiario.es), es a nosotros... :mparto

Manu estas haciendo una ensaldilla…

Primero, un juez no va a pedir los datos como pretende Vox porque no les suele gustar la prevaricación. A lo mejor a Serrano sí, pero normalmente al común de los magistrados no.

Segundo, si un juez pide documentación y no se la dan, la puede incautar, como diría Bermúdez, no pido permiso sino que la cojo. Y al funcionario que se niegue deducirle testimonio por un delito de desobediencia.

Tercero, la LOPD esta superada por el Reglamento europeo que citabas antes.

Cuarto, la estancia irregular en nuestro país no es delito y por lo tanto, no es incardible dentro de un procedimiento penal. No te puedes querellar al estilo VoX frente a un inmigrante por su situación irregular...
 
Por otra parte, los datos de la seguridad social no son lo mismo que datos médicos como es obvio...
 
"CUALQUIER dato de carácter personal". Entrecomillo porque es literal. No hay necesidad alguna de pedir datos médicos. Pero si los quieren pedir, se los dan. Ya te digo que acabo de hacerlo hace bien poco. Casi cinco mil historias clínicas. Y a un funcionario de la agencia tributaria, por lo que es un procedimiento civil. Aunque reconozco que ahí ya me pierdo un poco y obviamente tu conoces el terreno mejor que yo.

Ah, el RGPD no ha modificado estos términos respecto a la LOPD.
 
"CUALQUIER dato de carácter personal". Entrecomillo porque es literal. No hay necesidad alguna de pedir datos médicos. Pero si los quieren pedir, se los dan. Ya te digo que acabo de hacerlo hace bien poco. Casi cinco mil historias clínicas. Y a un funcionario de la agencia tributaria, por lo que es un procedimiento civil. Aunque reconozco que ahí ya me pierdo un poco y obviamente tu conoces el terreno mejor que yo.

Ah, el RGPD no ha modificado estos términos respecto a la LOPD.

Será algún tema de inspección fiscal... Es un poco hablar por hablar, pero yo historias clínicas no se las entrego a un inspector ni loco. Si me las pide un juez, pues no me quedará más remedio, pero a un inspector no.
 
"CUALQUIER dato de carácter personal". Entrecomillo porque es literal. No hay necesidad alguna de pedir datos médicos. Pero si los quieren pedir, se los dan. Ya te digo que acabo de hacerlo hace bien poco. Casi cinco mil historias clínicas. Y a un funcionario de la agencia tributaria, por lo que es un procedimiento civil. Aunque reconozco que ahí ya me pierdo un poco y obviamente tu conoces el terreno mejor que yo.

Ah, el RGPD no ha modificado estos términos respecto a la LOPD.

Será algún tema de inspección fiscal... Es un poco hablar por hablar, pero yo historias clínicas no se las entrego a un inspector ni loco. Si me las pide un juez, pues no me quedará más remedio, pero a un inspector no.

A ver, tampoco voy a entrar en detalles, pero lo que tuve que hacer exactamente es facilitar el acceso a los datos (cifrados) a requerimiento del funcionario. En un primer momento me negué, amenazó con volver con orden judicial y el cliente acabó diciéndome que lo hiciera, bajo su responsabilidad (no quería jaleo). Y no es el primer caso que veo (desarrollo un software clínico). También he colaborado en auditorías informáticas, y tres cuartos de lo mismo. Todavía tengo en custodia discos duros repletos de datos (estos no clínicos, pero datos de caracter personal al fin y al cabo).

Pero bueno, que eso son detalles de procedimiento. La cuestión es que el RGPD no dice que esos datos sean inaccesibles para las autoridades que lo requieran.
 
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