"salvo que aliente a la hostilidad violenta contra determinados colectivos"
Dice en su artículo primero que tiene por objeto la protección integral del derecho a la libertad sexual de “todas las personas”, pero en su artículo cuarto dice que su ámbito de aplicación va dirigido a “todas las mujeres mayores de dieciséis años”
Sorprende el Ministerio de Igualdad al proponer rebajar la pena de cárcel a los violadores y agresores sexuales. Para el delito de violación, plantea de cuatro a diez años de prisión, cuando en la actualidad es de seis a doce. Y baja de uno a cuatro para el agresor que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. El abuso desaparece. La agresión grupal no será delito específico, sino agravante y nuevos agravantes serán las violaciones dentro de la pareja o expareja o cuando se anule la voluntad de la víctima con drogas.