Mr. Morden
Miembro habitual
- Mensajes
- 9.167
- Reacciones
- 5
Re: Education in Vascongadas-WTF?? !Post invaded by Catalonians!
De nada, un placer
De nada, un placer
Pues si. En esto la tenia, aunque a muchos os cueste reconocerlo.....xagasi dijo:... a ver si "un tal" Jacobo va a resultar que tenía razón...
Pues si. En esto la tenia, aunque a muchos os cueste reconocerlo.....
Pues si. En esto la tenia, aunque a muchos os cueste reconocerlo.....xagasi dijo:... a ver si "un tal" Jacobo va a resultar que tenía razón...
Pues si. En esto la tenia, aunque a muchos os cueste reconocerlo.....
Juanvier dijo:No, aquí lo que pasa es que la gente no sabe separar el placer de los negocios, que se lo toman todo a lo personal y tal...
Quien no sepa "jugar" que no juegue... y ya está...
Juanvier dijo:Una vez más, Cataluña incumple la ley
Los poderes públicos de esta comunidad autónoma están excluyendo a marchas forzadas el castellano y el catalán campa a sus anchas.
xagasi dijo:Juanvier dijo:No, aquí lo que pasa es que la gente no sabe separar el placer de los negocios, que se lo toman todo a lo personal y tal...
Quien no sepa "jugar" que no juegue... y ya está...
Manda huevos que diga esto precisamente el que menos sabe jugar en este subforo, anda, aplícate el cuento y deja de jugar, pq insultar a alguien es justamente no saber separar lo que dices en la primera línea.
Hombre, en todo caso se podría decir que no es bilingüe, pero de ilegal nada de nada.
Sentencia del Tribunal Constitucional 337/1.994 dijo:Más concretamente, cabe observar, en segundo término, que el contenido del deber constitucional de conocimiento del castellano -que este Tribunal ha precisado en la STC 82/1986- no puede generar un pretendido derecho a recibir las enseñanzas única y exclusivamente en castellano. Pues tal derecho no se deriva del art. 3 CE ni del art. 3.3 del EAC al que se remite el art. 3.2 CE. No cabe olvidar, en efecto, que de la cooficialidad de la lengua propia de una Comunidad Autónoma se derivan consecuencias en lo que respecta a su enseñanza, como hemos reiterado en anteriores decisiones (SSTC 87/1983, fundamento jurídico 5.º; 88/1983, fundamento jurídico 4.º y 123/1988, fundamento jurídico 6.º). Al igual que hemos dicho, en lo que importa al presente caso, que no puede ponerse en duda la legitimidad constitucional de una enseñanza en la que el vehículo de comunicación sea la lengua propia de la Comunidad Autónoma y lengua cooficial en su territorio, junto al castellano (STC 137/1986, fundamento jurídico 1.º), dado que esta consecuencia se deriva del art. 3 CE y de lo dispuesto en el respectivo Estatuto de Autonomía. Doctrina que, aunque sentada para un modelo de bilingüismo en la enseñanza basado en la elección de la lengua cooficial en la que aquélla ha de recibirse -como es el caso del País Vasco-, es igualmente aplicable a un modelo basado en la conjunción de ambas lenguas cooficiales, como es el que inspira la Ley 7/1983, del Parlamento de Cataluña.
De otra parte, también desde la perspectiva del art. 27 CE ha de llegarse, a la conclusión de que ni del contenido del derecho constitucional a la educación reconocido en dicho precepto ni tampoco, en particular, de sus apartados 2, 5 y 7 se desprende el derecho a recibir la enseñanza en sólo una de las dos lenguas cooficiales en la Comunidad Autónoma, a elección de los interesados. El derecho de todos a la educación, no cabe olvidarlo, se ejerce en el marco de un sistema educativo en el que los poderes públicos -esto es, el Estado a través de la legislación básica y las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias en esta materia- determinan los curriculos de los distintos niveles, etapas, ciclos y grados de enseñanza, las enseñanzas mínimas y las concretas áreas o materias objeto de aprendizaje, organizando asimismo su desarrollo en los distintos Centros docentes; por lo que la educación constituye, en términos generales, una actividad reglada. De este modo, el derecho a la educación que la Constitución garantiza no conlleva que la actividad prestacional de los poderes públicos en esta materia pueda estar condicionada por la libre opción de los interesados de la lengua docente. Y por ello los poderes públicos -el Estado y la Comunidad Autónoma- están facultados para determinar el empleo de las dos lenguas que son cooficiales en una Comunidad Autónoma como lenguas de comunicación en la enseñanza, de conformidad con el reparto competencial en materia de educación.
Juanvier dijo:Las clases a otro... e insultar creo que no he insultado a nadie más que a ti por tus continuas provaciones (e insultos) y luego encima coges rabietas de niño pequeño...
Haz una cosa, olvidame (al menos por un día), ¿vale?
el contenido del deber constitucional de conocimiento del castellano -que este Tribunal ha precisado en la STC 82/1986- no puede generar un pretendido derecho a recibir las enseñanzas única y exclusivamente en castellano.
no puede ponerse en duda la legitimidad constitucional de una enseñanza en la que el vehículo de comunicación sea la lengua propia de la Comunidad Autónoma y lengua cooficial en su territorio, junto al castellano (STC 137/1986, fundamento jurídico 1.º)
Juanvier dijo:Hombre, en todo caso se podría decir que no es bilingüe, pero de ilegal nada de nada.
¿No es legal que todo esté en los dos idiomas oficiales?
Jimbo dijo:Más que de ilegalidad de hacerlo en uno u otro idioma, debería hablarse de derecho. No me creo que en Catalunya no exista el derecho poder recibir educación en castellano, porque eso sería un atentado contra la libertad. Independientemente de que una vez hecha la ley, hecha la trampa...
Dar patadones en las piernas no es "jugar".Juanvier dijo:No, aquí lo que pasa es que la gente no sabe separar el placer de los negocios, que se lo toman todo a lo personal y tal...
Quien no sepa "jugar" que no juegue... y ya está...
Pues yo diría que a ti te ocurre lo mismoLoJaume dijo:Jimbo dijo:Más que de ilegalidad de hacerlo en uno u otro idioma, debería hablarse de derecho. No me creo que en Catalunya no exista el derecho poder recibir educación en castellano, porque eso sería un atentado contra la libertad. Independientemente de que una vez hecha la ley, hecha la trampa...
Mira, Jimbo, mejor que no hables más de "libertad" porque no sabes lo que significa.
Bueno, quizá si: háblame de la libertad a usar el catalan en un juicio, de exigir etiquetaje en catalan y de que en Hacienda me atiendan en catalán.
Es que me da que la libertad solo la entiendes en un sentido, sabes?
Jimbo dijo:A mí me da igual que todo estuviera en catalán, pero no que solo lo esté en ese idioma ¿Capisce?
jmac1972 dijo:Dar patadones en las piernas no es "jugar".
A mi me importa un pimiento lo que hagais en vuestra casa, pero me jode que me digais que es lo que hago yo en mi casa, cuando o no habeis estado nunca, o solo habeis venido a tomar café.
Ya lo creo que los los resultados son obvios. Tu mismo lo puedes ver en este post (y otros).Manu1001 dijo:Pues si. En esto la tenia, aunque a muchos os cueste reconocerlo.....
De eso nada. Optar por la vía rápida en lugar de intentar llevar el asunto con corrección, no es tener razón. Es ser un comodón y querer evitarse problemas. Pasando por encima de la gente, claro...
Pero ese tema está ya más que trillado, y sus resultados son bien obvios.
Manu1oo1
Jimbo dijo:Pues yo diría que a ti te ocurre lo mismoLoJaume dijo:Es que me da que la libertad solo la entiendes en un sentido, sabes?
Lo que vengo a decir, a diferencia de LoJaume (¿no serás un clon? ), es que porque una cosa no esté en castellano, eso no justifica que otras no lo estén en catalán.morus dijo:Jimbo dijo:A mí me da igual que todo estuviera en catalán, pero no que solo lo esté en ese idioma ¿Capisce?
Porqué?