Respecto a las ayudas a los alquileres que se han propuesto, no creo que sirvan de mucho, y pongo mi caso de ejemplo.
Mi inquilina me ha dicho que éste mes me podrá pagar, pero el que viene ya veremos. Es una mujer relativamente mayor que trabaja en dos sitios, y le han hecho sendos ERTE's. Pero claro, ella me dice (y lo entiendo) que eso de pedir un crédito al Estado, aunque sea a tipo cero, no le soluciona nada. Si no tiene ingresos suficientes...a ver cómo lo devuelve.
Por lo tanto, me voy a quedar sin el ingreso del alquiler y con la mujer en ERTE...de momento...
La medida en sí es un brindis al sol, porque no es una ayuda a fondo perdido, es un préstamo.Respecto a las ayudas a los alquileres que se han propuesto, no creo que sirvan de mucho, y pongo mi caso de ejemplo.
Mi inquilina me ha dicho que éste mes me podrá pagar, pero el que viene ya veremos. Es una mujer relativamente mayor que trabaja en dos sitios, y le han hecho sendos ERTE's. Pero claro, ella me dice (y lo entiendo) que eso de pedir un crédito al Estado, aunque sea a tipo cero, no le soluciona nada. Si no tiene ingresos suficientes...a ver cómo lo devuelve.
Por lo tanto, me voy a quedar sin el ingreso del alquiler y con la mujer en ERTE...de momento...
El decreto de ayer son 88 paginas.
Te dan seis años, para devolverlo.
Los problemas son varios: No va dirigido a todos lo afectados, sólo a los que cumplan una serie de requisitos que se fijaran en una orden posterior al decreto (más tiempo), tienen un limite de cuantía (de memoria 2.00 euros), y a saber cuando se podrán empezar a tramitar/recibir.
Eso sí la medida es efectista a más no poder.
Lo más importante será la Renta Básica que dicen están ultimando
Repito. Mi inquilina, por poner un ejemplo, ha dicho que ella de pedir un crédito, aunque sea a coste cero, nada. Que ella no se endeuda. Y lo veo lógico.Artículo 9.
2. Las ayudas transitorias de financiación serán finalistas, debiendo dedicarse al pago de la renta del arrendamiento de vivienda y podrán cubrir un importe máximo de seis mensualidades de renta.
3. A estas ayudas transitorias de financiación podrán acceder todos aquellos arrendatarios que se encuentren en situación de vulnerabilidad sobrevenida como consecuencia de la expansión del COVID-19, de acuerdo con los criterios y requisitos que se definan a través de una Orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que incluirán en todo caso, y como mínimo, las situaciones definidas en el artículo 5 del presente real decreto-ley
Obviamente yo voy a ir por ahí. La relación es buena y entiendo su situación.Yo le ofrecí a mi inquilino hace 2 semanas pagarme la mitad estos dos meses (abril y mayo) y ha aceptado encantado. Ignoro si puede acogerse a este tipo de crédito, pero no creo que lo haga si puede tirar con la mitad del alquiler, más adelante no sé si podría devolver el crédito o no.