La vivienda, como ya he dicho antes, no puede ser tratada como un producto financiero porque tiene un uso indudablente social y además, se basa en un recurso finito como es el suelo.
el texto se basa en las aportaciones de un centenar de entidades sociales y empresariales (desde constructores, promotores y consumidores hasta sindicatos y Municipios) que firmaron en junio
yo además estuve en un año record de lluvias y el nivel del agua daba miedo
Artículo 7 Sindicatos y asociaciones empresariales
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa
y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y
el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su
estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Artículo 131 Planificación de la actividad economica
1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para
atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y
sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa
distribución.
2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las
previsiones que le sean suministradas por las Comunidades Autónomas y el
asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones
profesionales, empresariales y económicas. A tal fin, se constituirá un consejo,
cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.
Me pregunté: ¿Y quién ha elegido a los Sindicatos? ¿A cuantos españoles representan? ¿Bajo que parámetros ellos piden al Gobierno? ¿Cuánto le ha costado al Gobierno que firmen?
Funciones y competencias
La LOLS fija el alcance de la mayor representatividad en los siguientes términos:
Las organizaciones que tengan la consideración de sindicato más representativo según el número anterior, gozarán de capacidad representativa a todos los niveles territoriales y funcionales para:
Los sindicatos más representativos en el ámbito autonómico gozan, en su ámbito específico, de capacidad representativa para ejercer las mismas funciones y facultades atribuidas al sindicato más representativo al nivel estatal; y además, tienen capacidad para ostentar representación institucional ante los organismos de ámbito estatal.
- Ostentar representación institucional ante las Administraciones públicas u otras entidades y organismos de carácter estatal o de Comunidad Autónoma que la tenga prevista.
- La negociación colectiva, en los términos previstos en el ETT.
- Participar como interlocutores en la determinación de las condiciones de trabajo en las Administraciones públicas a través de los oportunos procedimientos de consulta o negociación.
- Participación en los sistemas no jurisdiccionales de solución de conflictos de trabajo.
- Promover elecciones para delegados de personal y comités de empresa y órganos correspondientes de las Administraciones públicas.
- Obtener cesiones temporales del uso de inmuebles patrimoniales públicos en los términos que se establezcan legalmente.
- Cualquier otra función representativa que se establezca.