No entiendo muy bien lo que quieres decir con esos links, es evidente que la legislación española no permite la secesión, y que incluso en los casos en que se han admitido referéndums (Escocia, Québec) los estados contaban con que no prosperarían, y sus legislaciones tampoco reconocen, lisa y llanamente, el derecho de autoderminación. En el caso de Québec, por ejemplo, es conocido incluso que se alteró el resultado con una enorme masa votantes que "casualmente" aparecieron empadronados en Québec.
Creo que los enlaces tienen todo el sentido en el hilo. Al menos en lo que concierne a lo que a mí me interesa: la dicotomía entre legalidad y legitimidad democrática. Cuestión parecida a la posición del Constitucional frente a la aprobación del Estatuto por los Parlamentos español y catalán, y su refrendo posterior por los catalanes (“norma” frente a “objeción democrática”)
El control de constitucionalidad de los estatutos y de las constituciones de los entes territoriales Revista Dret
Varias cosas que “me” interesan de ese enlace:
- Nadie era ajeno al problema al que se obligaba a hacer frente al TC, ni el mismo Tribunal, por supuesto. Cómo no,
tras una reflexión reposada inmediatamente vuelve a proponerse la recuperación el recurso previo de inconstitucionalidad (para evitar la "frustración" y el "choque de legitimidades" que se genera cuando el Constitucional suspende una reforma estatutaria después de que los ciudadanos ya la hayan aprobado en referéndum como sucedió en el caso catalán), que se había dejado de lado por el “buen uso” que de él habían hecho “nuestros” representantes.
- Cabe decir (sin que sirva de disculpa) que el catalán fue el primer estatuto que se reformó por la vía del artículo 151 de la CE
(edit. es el 152.2, pero no cambia el sentido; el 151 regula la aprobación del estatuto).
- También se alude de manera resumida a los acontecimientos que por el comportamiento irresponsable de los de siempre han devenido en que “doce jueces de un juzgado me la comen ...” etc.
Asimismo los enlaces ponen de manifiesto que este camino ya ha sido recorrido por otros, y por senderos similares, que incluyen entre otras cosas la deslegitimación de una de las posiciones aludiendo al discurso del miedo. Tanto el “relato” de lo sucedido en Escocia
Blog de la Revista Catalana de Dret Públic » Reflexiones acerca del referéndum sobre la independencia de Escocia – Alberto López Basaguren como el que contienen las páginas 6 a 8 de
http://www.ara.cat/premium/politica/Article-Carme_Chacon-Quebec_ARAFIL20130126_0001.pdf
podrían servir para la entradilla
la película que esta a punto de ver está basada en hechos reales. Algunos nombres y localidades han sido cambiados para mantener la confidencialidad de los mismos, y aplicado a la situación en Cataluña. Con la salvedad de que la película "está ocurriendo".
Pancho, al igual que estos enlaces, hay multitud de enlaces de juristas -tanto catalanes como extranjeros- que llegan a la conclusión contraria. Es lo que ocurre con la ley cuando se pretende aplicar a un hecho que no se había contemplado. Como siempre, al final lo que prevalecería es la sentencia de un juez.
Respecto a los múltiple enlaces, no me cabe duda. El papel lo soporta todo. Cualquier aportación (si está disponible en Internet) será bien recibida.
Aunque no entiendo bien la alusión a un "hecho que no se había contemplado", ni la aparición de
un juez.
Supongo que te refieres a otra cosa, porque "de lo que van"
mis enlaces es de los dos casos que justamente han contemplado una situación semejante a la catalana: Quebec y Escocia.
Por lo que he ido leyendo, el Dictamen del TS de Canadá es, en relación con la secesión de una parte de un estado democrático*, el canon al que se atiene el Derecho Internacional. Y toda vez que en último término hace recaer sobre los políticos la responsabilidad de hallar los cauces para que legalidad y legitimidad democrática confluyan, la solución debe ser
Lo que ocurre es que muchos creemos que esta cuestión no se resolverá en el terreno jurídico, sino en el terreno político. Es decir, se hará lo que sea menos perjudicial para todos.
… política.
Estoy convencido de que la UE intentará que la independencia no se lleve a cabo. Todos estamos de acuerdo en que la independencia no interesa a nadie, por mucho que el unionismo se burle de los independentistas diciendo que creemos en piruletas y en cuentos de la lechera.
Repito, ni la UE ni los países occidentales quieren una Cataluña independiente, y -hasta cierto punto- harán lo posible para impedirlo.
Claro que, puede que llegue un punto donde no sea posible impedirlo. Si, ya sé que "es muy difícil y además es imposible", pero por un momento, imagínate que los parlamentos europeos no tienen agallas para frenar una declaración de independencia de un parlamento democrático europeo como es el catalán.
Entonces el panorama cambiaría por completo. Para buscar la máxima estabilidad, se realizarían los mínimos cambios posibles, manteniendo los acuerdos existentes. Pero no por nuestra cara bonita ni porque seamos más chulos que nadie, no, sino por el propio interés de todos. Dejar a Cataluña fuera de la UE no beneficia a nadie.
Hay varias cosas aquí. De cada una de ellas tengo mi opinión, pero no me parece relevante. Por ejemplo pides que imagine ¿qué?¿en verdad cabe esperar algún tipo de apoyo de los viejos países europeos, que han demostrado infinidad de veces que son totalmente "de fiar"?
Es más las últimas participaciones de Tozzi en el hilo me han hecho reflexionar sobre un hecho paradójico: es muy posible que desde el punto de vista de la UE sea mucho más importante dejar claro que una secesión unilateral de una región rica la excluye de la UE, que si la misma circunstancia se produjese con una región pobre.