Edgtho
Miembro habitual
Pero qué cojones??!!! Se le juzga en el 2018, con el código de 2015, que era el aplicable en esos momentos. Pero dice el TJUE que debería haber sido juzgado con el código de 2012 porque patatas.... ¿Estamos tontos? La UE con estas tonterías se está poniendo unos palos en las ruedas inmensos.