Pancho es el PUTO amo!
Tarde. Ya no lo arreglas.
Hemos movido hilos y este año la Renta te sale a pagar... (bastante)
Eso, amigo mio... Por desgracia, ya lo sé.
Pancho es el PUTO amo!
Tarde. Ya no lo arreglas.
Hemos movido hilos y este año la Renta te sale a pagar... (bastante)
una consulta, sabios que todo lo sabéis
A mi madre el año anterior (2013) le tocó un pellizquito en la loteria (la del Niño, unos 10.000 lereles) pero como sabéis, Hacienda comenzó a meterse en la saca el 20% (así que fueron unos 8.000)
Ella no hace renta, jamás la ha hecho. No cotiza, vive de una pensión de divorcio.
Con todo esto, me han comentado que haga este año la renta puesto que le devolverían los 2000 € citados.
Ella no tiene ni idea de hacer la Renta así que quiero encargarme yo, pero el tema es que tampoco tengo ni papa (así aprendo).
Es cierto que debe hacer al renta y le devuelven la pasta?
Más o menos cual sería el primer paso? Muy por encima, para saber qué debo hacer.
Gracias.
Mando jamones.
Es cierto que debe hacer al renta y le devuelven la pasta?
una consulta, sabios que todo lo sabéis
A mi madre el año anterior (2013) le tocó un pellizquito en la loteria (la del Niño, unos 10.000 lereles) pero como sabéis, Hacienda comenzó a meterse en la saca el 20% (así que fueron unos 8.000)
Ella no hace renta, jamás la ha hecho. No cotiza, vive de una pensión de divorcio.
Con todo esto, me han comentado que haga este año la renta puesto que le devolverían los 2000 € citados.
Ella no tiene ni idea de hacer la Renta así que quiero encargarme yo, pero el tema es que tampoco tengo ni papa (así aprendo).
Es cierto que debe hacer al renta y le devuelven la pasta?
Más o menos cual sería el primer paso? Muy por encima, para saber qué debo hacer.
Gracias.
Mando jamones.
Tengo una duda que seguro está más que mentada pero como no encuentro nada que me lo aclare os lo comento, un seguro de vida que no esté ligado a hipoteca ¿desgrava?
Gracias! vamos, que me vaya olvidando de pillar algo....
Al forero Peter Jackson le doy los hijos que él quieraGracias! vamos, que me vaya olvidando de pillar algo....
En este foro, será por que tu no quieres...
Gracias! vamos, que me vaya olvidando de pillar algo....
De todas formas haré la prueba con el programa PADRE como me habéis comentado.
Pero con las prestaciones no lo tengo muy claro. Se emite factura sin IVA y se contabiliza también sin IVA. Lo que no sé es donde colocarlo en el 303, si en la casilla 59 (Entregas intracomunitarias de bienes y servicios) En la 59 está bien.
Y ya de paso, las exportaciones de servicios (a Amazon USA, por ejemplo, ¿dónde van? En la 61 (Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan el derecho a deducción)
Gracias! vamos, que me vaya olvidando de pillar algo....
En este foro, será por que tu no quieres...
Al forero Peter Jackson le doy los hijos que él quiera
Soy muycenturiocenutrio, ...
He visto que hasta la semana que viene no estará disponible el programa de ayuda, pero si es como el del año pasado, lo que te interesaestá en la página 9.IIIestá en la página 10.II.
Cuando veas cómo se introducen los datos en ese apartado del programa, te darás cuenta que no hay diferencia al calcular la ganancia de acciones adquiridas desde el 31-12-1994; no importa la fecha.
Soy muycenturiocenutrio, ...
He visto que hasta la semana que viene no estará disponible el programa de ayuda, pero si es como el del año pasado, lo que te interesaestá en la página 9.IIIestá en la página 10.II.
Cuando veas cómo se introducen los datos en ese apartado del programa, te darás cuenta que no hay diferencia al calcular la ganancia de acciones adquiridas desde el 31-12-1994; no importa la fecha.
Casillas 294 y siguientes (para las acciones adquiridas con más de un año de antelación a la fecha de transmisión).
Cuando te sitúes sobre la 296, despliega la pantalla que se ofrece a la derecha."Tipo de valor": 1.
Verás que arriba a la izquierda hay un cuadradito con un triángulo invertido; despliega el menú y escoge "ganancias de acciones adquiridas desde el 31-12-1994". Y pones los valores de transmisión y adquisición.
Una vez que termines con las acciones de una misma empresa ("entidad emisora") al volver a la pantalla anterior (en la que están las casillas 294 y ss) deberás dar de alta una nueva entidad emisora (icono con la "+" verde). Es decir, que si tienes 5 operaciones de venta de acciones de 5 empresas diferentes, tendrás que dar de alta 5 entidades emisoras.
Si alguna de las ventas las has realizado antes de que haya transcurrido un año desde la adquisición, tendrás que recogerlas en la página 9.III.
Esto vale para las acciones admitidas a cotización en mercados oficiales. Si no es así, en la página 10.III, en la casilla 307 (tipo de elemento patrimonial) las acciones no admitidas a cotización están en el "3". A partir de ahí, incorpora los datos (importes, fechas) que sean necesarios.
una consulta, sabios que todo lo sabéis
A mi madre el año anterior (2013) le tocó un pellizquito en la loteria (la del Niño, unos 10.000 lereles) pero como sabéis, Hacienda comenzó a meterse en la saca el 20% (así que fueron unos 8.000)
Ella no hace renta, jamás la ha hecho. No cotiza, vive de una pensión de divorcio.
Con todo esto, me han comentado que haga este año la renta puesto que le devolverían los 2000 € citados.
Ella no tiene ni idea de hacer la Renta así que quiero encargarme yo, pero el tema es que tampoco tengo ni papa (así aprendo).
Es cierto que debe hacer al renta y le devuelven la pasta?
Más o menos cual sería el primer paso? Muy por encima, para saber qué debo hacer.
Gracias.
Mando jamones.
Supongo que no pedirá el borrador...
Mañana sale el programa PADRE. Bájatelo de la web de hacienda y haz la prueba.
Pon los datos económicos, la situación personal, bla, bla y el importe del premio, me suena que hay un apartado por ahí.
Suele ser bastante fácil.
Si tuviera el borrador pedido, seguramente este todo ya reflejado y verás fácilmente si te sale a cuenta o no.
Gracias! vamos, que me vaya olvidando de pillar algo....
De todas formas haré la prueba con el programa PADRE como me habéis comentado.
Haz la prueba, pero a efectos de la declaración del IRPF tanto el importe del premio como la retención, como si no existiesen.
..., bla, bla ...
Bueno, el otro día hice lo que me comentaste.
Con el programa PADRE aparece que deben devolverme cerca de 800 euros.
Pero el problema es que desconozco si lo he hecho correctamente (como dije, soy novata en esto). Rellené poquísimas casillas, la de premios en metálico con su retención y tal y algún dato personal por ahí. Nada más.
Con lo que no sé por donde tirar.