Cuando haga el registro ya se comunica con el catastro? Quiero decir, que estoy hasta el nabo.Los Registros de la Propiedad y el Catastro tienen fines distintos.
¿Por qué es necesaria la inscripción en el Registro de la Propiedad?
Una vez que hemos firmado la escritura de compraventa, del préstamo hipotecario y hemos pagado los impuestos que nos corresponden, es la hora de la inscripción en el Registro de la Propiedad pero, ¿por qué es necesario?
– Será considerado propietario único, siempre y cuando una sentencia judicial no declare lo contrario.
– Estará protegido frente a los acreedores del vendedor.
– Podrá defenderse frente a cargas ocultas que puedan afectar a la vivienda.
– Las autoridades podrán otorgarle protección judicial en caso de que su posesión sea discutida o perturbada por otros.
– Una vez que haya registrado su propiedad, nadie podrá adquirir ningún derecho sobre su vivienda sin obtener previamente su consentimiento.
– Es imprescindible para obtener un préstamo hipotecario ya que el Banco requerirá el registro para inscribir la hipoteca que garantiza la devolución del crédito.
Los Registradores de la Propiedad tienen encomendado un deber de colaboración con el Catastro, de tal forma que, en virtud del artículo 36, apartado 3, de la Ley del Catastro Inmobiliario notificarán, en los 20 primeros días de cada mes, información relativa a las inscripciones registrales que hayan practicado en el mes anterior.
Al igual que este proceso le protege en el derecho de adquirir la vivienda, también le asegura que el vendedor es de confianza. Recuerde que sólo debe fiarse de aquella persona que en el Registro de la Propiedad figure como propietario de la vivienda o del solar sobre el que se vaya a edificar. Asimismo, podrá acceder a su historial registral, lo que le permitirá saber si existen embargos, hipotecas u otro tipo de cargas.
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¿Qué es el Catastro Inmobiliario?
El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Está regulado por el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. La inscripción en el mismo es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del Registro de la Propiedad.
La descripción catastral de los bienes inmuebles comprenderá sus características físicas, económicas y jurídicas, entre las que se encontrarán la localización y la referencia catastral, la superficie, el uso o destino, la clase de cultivo o aprovechamiento, la calidad de las construcciones, la representación gráfica, el valor de referencia de mercado, el valor catastral y el/la titular catastral, con su número de identificación fiscal o, en su caso, número de identidad de extranjero. Cuando los inmuebles estén coordinados con el Registro de la Propiedad se incorporará dicha circunstancia junto con su código registral.
(…)
La finalidad originaria del catastro es de carácter tributario, proporcionando la información necesaria para la gestión, recaudación y control de diversas figuras impositivas por las Administraciones estatal, autonómica y local. A estos efectos, el Catastro facilita el censo de bienes inmuebles, su titularidad, así como el valor catastral que es un valor administrativo que corresponde a cada inmueble y que permite determinar la capacidad económica de su titular.
Portal de la Dirección General del Catastro: Catastro inmobiliario - Usos y utilidades
Dices que pagas el IBI. Cuando haces la declaración del IRPF, en tus datos fiscales seguro que apareces como titular de la vivienda y del garaje.
Pareces estar convencido de que el garaje es tuyo. No vas desencaminado: ambas cosas (pagar el IBI, datos fiscales) traen causa del hecho de que tú constes en el Catastro como titular del inmueble; si no, el IBI se lo intentarían cobrar a otro, y no tendrías información del inmueble en tus datos fiscales. Cosa muy común, más antes que ahora, seguramente porque como hemos visto “los Registradores de la Propiedad tienen encomendado un deber de colaboración con el Catastro”; tengo la sospecha de que son los notarios los principales responsables de la mejora de la información que procede del Catastro, pero, ¿qué más da? Eso no cambia el fondo del asunto.
¿Dudas todavía de que el garaje no aparezca a tu nombre en el Catastro? Después de lo que te dijeron en el banco, (parece ser que) en el Registro de la Propiedad la hipoteca solo pesaba sobre la vivienda, no sobre el garaje. Para que desaparezca el paréntesis, haz lo de la nota simple cuando te vaya bien, sin prisa.
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