Compra de vivienda y estrés infernal

Si se lo va a devolver.

Si no, si es mucho dinero es asumir un riesgo que yo no correría estando las donaciones bonificadas en la comunidad de Madrid (si no ha cambiado, que no creo).


Leyendo el foro. :P
Siempre olvido que en Madrid disfrutáis de la libertad de Ayuso y lo tenéis bonificado... Algo que con la tiranía indepe de Catalonia aquí tenemos imposible.
 
Supongo que quien debe tener interés en convertir préstamos en donaciones son los servicios tributarios de las comunidades autónomas, que son las competentes en el Impuesto de sucesiones y donaciones.

De lo que he encontrado, esto permite hacerse una idea de por dónde van los tiros. Y cualquiera de las referencias que hablan de que el animus donandi debe ser probado.

Creo que no es la primera vez que digo que desconozco cuáles son los instrumentos de control que tienen las CCAA. Casi seguro que este asunto es tan común para ellas como la exención por reinversión en vivienda para la AEAT. No puedo aventurar muchas cosas; ni siquiera se me ocurre a partir de que fecha ha de empezarse a contar el plazo de prescripción (cuatro años). Si es la fecha en que se realiza la operación, pocas liquidaciones del impuesto sobre donaciones se harán por causa del cambio de calificación de préstamo a donación.

Supongo que únicamente serán interesantes operaciones de mucho importe, por los problemas de prueba de la existencia de animus donandi. Trabajar pa ná no merece la pena. Y se va generalizando una tributación muy beneficiosa para las donaciones entre familiares, como se ha podido ver en la información que puso Manu sobre lo que representa en Andalucía una donación de 90.000 de padre a hijo. Con la suma de los dos factores (si es el caso de la CCAA que te toque en suerte, ya ni hablamos de que sea Galicia), pues es de suponer que en las CCAA no se dediquen mucho a perseguir este "fraude".

Claro que donde no sea así, es siempre el mismo cuento: a probar, utilizando cualquier medio de prueba admitido en derecho. Devuelves en metálico: bueno, si es poco, con un recibí valdrá (sumado al contrato sin intereses, con su liquidación de actos jurídicos documentados). Si es mucha pasta, difícil de justificar si no hay transferencia entre cuentas.

Esto me parece.
Igual es un parecido como el que hay entre un huevo y una castaña :D
me interesa este tema, mi viejo me dio 50000 euros en 2019 para la compra de una vivienda, hicimos un papel a modo de contrato y lo llevamos al registro de la propiedad como que se los devolvia en 5 años a razon de tanto por año...ahora me doy cuenta que llega la fecha y no se si tendré algun problema si hacienda investiga esta donación encubierta...
 
EL PAÍS

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Les he dicho a mis padres que ok al piso que vimos ayer. No se qué estoy haciendo.

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Puedes llamar a putas a tu domicilio. :garrulo
¿Con Uber Eats también?

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Dejadme que apenas he podido conciliar el sueño. Yo, ni putes. Y me jode.

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Llevo toda la noche dándole vueltas

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Iros a la mierda, yo aquí sufriendo y vosotros de jauja.

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