Discriminación "Positiva" y Políticas de "Igualdad"

Respuesta: Discriminación Positiva y Políticas de Igualdad

Una curiosidad.

Un hombre hace llamadas al móvil de una mujer con la que ya no tiene relación. Ella no quiere saber nada y no coge, pero él insiste. Ella bloquea su número pero le empiezan a llegar llamadas desde número oculto. Durante los 3 días que dura está situación, él le manda 3 SMS. En el primero le pide perdón y le dice que quiere hablar con ella. Como ella no contesta, envía otro diciendo que "le encantó lo del fin de semana pasado y que hay que repetirlo"; ese fin de semana no pasó nada y ni siquiera quedaron; el mensaje estaba mandado con la esperanza de que lo leyera la pareja de ella y provocar un problema. Como ella sigue sin contestar, envía otro que dice: "Hija de puta, me las vas a pagar".

¿Alguien tiene conocimientos legales como para decirme cuál sería la pena para el tipo ese en caso de que ella denunciara y él reconociera los hechos? :pensativo
 
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No lo se, JED pero yo creo que es susceptible de una falta como mucho... No creo que todavía haya llegado a un límite para denunciarlo por acoso. De todos modos en un desengaño cada uno actua con ciertas locuras... Lo mismo se olvida, lo mismo presenta problemas, pero hay que andarse con ojo.
 
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¿Y la amenaza que figura en un SMS por escrito? :pensativo
 
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Se puede denunciar, pero vamos para mí que una amenaza por sms "de calentón" se coge con pinzas. No obstante ya se sabe que en ocasiones hay un exceso de justicia sobre cosas que puedan implicar violencia de género. Se puede hacer, y bueno pues se pueden adoptar medidas cautelares como orden de alejamiento. Pero poco más...
 
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Entra dentro de la falta de amenazas leve art. 620.2 CP como mucho. Sólo es perseguible mediante denuncia del perjudicado. En cualquier caso, seré mejor que almacene los mensajes y si la cosa se repite denunciar y punto.
 
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Te dan ganas de... de... de... :fiu

Manu1oo1
 
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No falla. Es ver este hilo subido y dibujársele a uno una sonrisa socarrona en la cara por saber cuál será la penúltima gansada con la que nos vamos a encontrar :aprende
 
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Vaya chorrada, se les va de las manos...
 
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Diría que se les va el personaje.
 
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La ley es la ley.:disimulo
 
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Una divorciada recibirá 108.000 euros por dedicarse al hogar 16 años

La Sala Civil del Supremo ha fijado como doctrina que, en el procedimiento de liquidación del régimen de separación de bienes, para el cobro de una indemnización por el cónyuge que se haya dedicado a las tareas domésticas no es nec [...]

El Tribunal Supremo ha sentenciado: una persona que haya trabajado en las tareas del hogar puede recibir una compensación económica en caso de divorcio sin necesidad de que el otro cónyuge haya visto incrementado su patrimonio, en caso de separación de bienes. Con esta interpretación, el Supremo acepta una sentencia dictada por un juzgado de primera instancia de Móstoles que después revocó la Audiencia Provincial de Madrid.

La mujer recibirá una compensación de 108.000 euros por esos trabajos domésticos y el cuidado de la hija que, si bien no contribuyeron a incrementar el patrimonio de su marido, tampoco permitieron otras expectativas laborales a la mujer.

Para cuantificar lo que se adeuda a esta mujer se ha tenido en cuenta lo que cobraría una empleada del hogar al mes y se ha multiplicado por los años de matrimonio. En este caso se admitió la cifra de 600 euros al mes.

Click!

Menos mal que aguanté todas estas excentridades de la sociedad actual y no estoy casado... :fiu

Osea que el ciudado del hogar y una hija no permitieron espectativas laborales a la tia durante 16 años...manda webos. U ovarios.
 
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Pues a falta de verlo con más calma, esto en concreto no me parece mal...

Manu1oo1
 
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Máxime cuando sólo se aplica en el régimen de separación de bienes... Lo que si es verdad es que a nivel de consejo jurídico introduce un elemento de incertidumbre a la hora de aconsejar alegremente la separación de bienes...
 
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Está un poco cogido de los pelos en lo que dice Cizañas según creo. No está bien argumentada esa sentencia, que a lo mejor la pava lo merece, pero también aquí entra un poco la responsabilidad jurídica y dar vía libre a algunas reclamaciones va a hacer mucho más costoso en un futuro el divorcio.
 
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Para cuantificar lo que se adeuda a esta mujer se ha tenido en cuenta lo que cobraría una empleada del hogar al mes y se ha multiplicado por los años de matrimonio. En este caso se admitió la cifra de 600 euros al mes.

¿Y no estuvo ningún día de baja? ¿se le paga sin cotizar? ¿tendrá derecho a paro?

Me parece una gilipollez de sentencia, sin saber nada más. Justo al revés que vosotros
 
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Vamos a ver. La situación que se aborda es la siguiente: matrimonio con SEPARACIÓN DE BIENES, esto es, cada uno tiene independencia patrimonial y lo que gana no va a un fondo común sino a su propio patrimonio. Uno asciende en su carrera porque, entre otras cosas, le dedica full time, mientras el cónyuge se dedica al cuidado de los hijos y labores domésticas. ¿No existe un enriquecimiento injusto por parte de uno de los cónyuges? Hay que tener en cuenta que la ley obliga a ambos cónyuges a atender por igual a las cargas del matrimonio, si no se produce esta circunstancia nace esta compensación.
 
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Bueno, el otro seguro que la ha dado dinero también para compras, gastos, manuntención...
 
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una persona que haya trabajado en las tareas del hogar puede recibir una compensación económica en caso de divorcio sin necesidad de que el otro cónyuge haya visto incrementado su patrimonio, en caso de separación de bienes.



¿No existe un enriquecimiento injusto por parte de uno de los cónyuges?


Pues según la noticia no. Uno curra full time, paga todo de todo (ya que la otra parte no tiene ingresos) y la que acaba incrementando el patrimonio (en 108.000€ concretamente) es la parte que aceptó la faena sin cobrar. :|
 
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Algo falla en tu ecuación. Al existir separación de bienes todo lo que genere ese cónyuge no sale de su patrimonio, pero además el que trabaja fuera de casa evita cualquier obligación "familiar" lo que posibilita que pueda prosperar profesionalmente (al menos de manera potencial).
 
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Algo falla en tu ecuación. Al existir separación de bienes todo lo que genere ese cónyuge no sale de su patrimonio, pero además el que trabaja fuera de casa evita cualquier obligación "familiar" lo que posibilita que pueda prosperar profesionalmente (al menos de manera potencial).

Claro, y la hipoteca, la luz, el agua, telefono, gas, gasolina...... etc... no lo paga nadie porque tienen separacion de bienes.
 
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Es que vamos a ver supongo que el ejercer la maternidad y el cuidado de la cueva fue un acuerdo tácito. Tú ganas, tú me mantienes, tú me compras las bragas y yo cuido a los niños y tengo la cueva lista.
 
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Tiberuz, ¿no leera tu mujer este post?:cuniao

Hablando en serio. A mi me parece que el régimen de separación de bienes puede generar situaciones muy injustas.
 
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Y el otro más aún. Yo por ejemplo si me caso. Soy un inútil y de momento por mí mismo no tengo nada, pero también hay cierto colchón patrimonial en mi familia. Yo me caso y me tengo que casar en separación de bienes, no voy a hacerlo conjunto cuando me puedo divorciar al día siguiente.
 
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