Bueno, y eso de que las empresas no pagan iva, ...
tampoco es demasiado cierto, eh?
Las empresas se deducen el iva soportado del repercutido, pero la diferencia la liquidan con el Estado.
(obviamente, no se lo digo a Pancho, que me da cien vueltas en eso de los impuestos)
Piensa en un proceso de producción/comercialización en el que haya una cadena en la que intervengan las empresas A, B y C:
A produce determinados bienes semielaborados que vende por 1.000 € a B. Si repercute al tipo general del 21%, la factura será tal que asÍ: B.I. 1.000; IVA 210; haciendo la liquidación trimestral con estos datos, A ingresaría efectivamente 210 €, que ha pagado B.
Ahora B “añade valor” al producto semielaborado y lo convierte en un bello objeto de consumo perfectamente prescindible. Al original valor de 1.000 €, la empresa B le ha “añadido un valor” de 200 €; vende a C por 1.200 € y la factura sería así: B.I. 1.200 €; IVA, 252 € (21% de 1.200). Y en la liquidación trimestral: B tiene 252 € de IVA repercutido y 210 € de IVA soportado, por lo que ingresaría 42 €. Curiosamente por razones puramente matemáticas estos 42 € resultan ser el 21% del “valor añadido” por B.
Por fin C, pongamos por caso, El Corte Inglés, es capaz de vender (a un consumidor final “no empresario”) lo que ha adquirido por 1.200 €, “añadiéndole” un valor de 600 €. El Corte Inglés emite un ticket de caja (ahora factura simplificada) por importe de 2.178 €, IVA incluido (1.800 € de BI y 378 € de IVA).
En la liquidación trimestral de C tendríamos: 378 € de IVA repercutido (21% de 1.800) y 252 € de IVA soportado; por tanto ingresaría 126 € (he comprobado que 126 resulta ser el 21% del “valor añadido” por el ECI ¡Aleluya!).
Al final del proceso tenemos que se han ingresado: 210 € (operación entre A y B) + 42 € (operación entre B y C) + 126 € (operación entre C y el consumidor final) = 378 €, que han sido pagados, sí amigos, por el consumidor final.
Todo parecido de este cuento con la realidad es pura coincidencia; no guarda ninguna relación con el mundo real, con sus dilatadísimos plazos de pago/cobro, morosidad, y en fin, con tantas cosas que joden este perfecto esquema.
Pero al margen de estas tonterías que se me ocurren*, me parece grave que el tal Lagares, que sabe desde antes de que yo fuese un embrión lo que significa que “el IVA es neutral”, suelte su contestación con el fin de dar a entender que es neutral (el IVA) en términos absolutos.
* Tengo fiebre.