Pues eso.
Como pone en el enlace:
Como pone en el enlace:
En la construcción
La ley 32/2006, exige a las Sociedades del sector de la construcción gozar de una organización productiva propia, así como acreditar que se dispone de personal.
En el caso concreto, una empresa sin Trabajadores, no dispone del capital necesario, por lo que sería inviable que subcontratara en el caso expuesto.