Una cosa es que sean etarras y otra cosa es que estén como un queso.
Eso es una estupidez. La diferencia entre una banda terrorista y el estado es que éste, que tiene concedido por la Constitución el monopolio de la violencia (Policía Nacional, Guardia Civil, Ejército), sólo puede aplicarla cumpliendo escrupulosamente la ley. Y lo primero que dice la ley, es decir, la Constitución, es que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. (Cap. II, artº. 14)Por el tema del acercamiento, pienso que cualquier cosa que sea un minimo beneficio para ellos, deberia estar prohibido. Punto. Ni facilidades ni concesiones. No deberian tener derecho ni a juicio. Eso deberia estar reservado a las PERSONAS, no a la escoria.
Eso es una estupidez. La diferencia entre una banda terrorista y el estado es que éste, que tiene concedido por la Constitución el monopolio de la violencia (Policía Nacional, Guardia Civil, Ejército), sólo puede aplicarla cumpliendo escrupulosamente la ley. Y lo primero que dice la ley, es decir, la Constitución, es que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. (Cap. II, artº. 14)Por el tema del acercamiento, pienso que cualquier cosa que sea un minimo beneficio para ellos, deberia estar prohibido. Punto. Ni facilidades ni concesiones. No deberian tener derecho ni a juicio. Eso deberia estar reservado a las PERSONAS, no a la escoria.
Por lo tanto, cualquier etarra tiene derecho a las mismas garantías procesales que tú y que yo. Y sólo se le puede condenar con pruebas, no con opiniones.
Otra cosa distinta es la política penitenciaria de alejamiento / acercamiento de presos, que entra dentro de la legalidad y es discrecional del ministro de Interior.
Por el tema del acercamiento, pienso que cualquier cosa que sea un minimo beneficio para ellos, deberia estar prohibido. Punto. Ni facilidades ni concesiones. No deberian tener derecho ni a juicio. Eso deberia estar reservado a las PERSONAS, no a la escoria.
Eso, así es, cargando de razones a los verdugos. Sinceramente para leer cosas como estas me apeo del debate.
Es distinto. El artº. 14 funciona también dentro de las prisiones, pero no conozco ningún artículo del Reglamento Penitenciario que indique en qué prisión deben estar los presos. Esa es una potestad del ministerio. Sí es cierto que se procura enviarlos lo más cerca de sus lugares de residencia, pero no tiene por qué ser así.Anónimo, de buen rollo. Pero no se puede citar el art 14 precisamente en este caso... Cuando precisamente es el artículo que se cargan con la política penitenciaria.
Lo que está claro es que la verdad no es la una ni la otra, sino una mezcla de ambas
Nigel, tu tambien te apeas???
Esto es cuestión de tiempo, pero desde luego, quemar a la gente, colgarles sin juicio etc no es el camino. La vía policial, tampoco. Coño, si llevan 40 años y no lo han logrado (y cuando estuvieron cerca no les interesó ).