Garzón y los desaparecidos durante la guerra civil en España

Respuesta: Garzón y los desaparecidos durante la guerra civil en España

Pero, ¿Quién se gasta la pasta llamado?:no
 
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sikander, como puedes imaginar me la pela bastante que alguien me llame indecente o no, pero es obvio que la pregunta (des)califica muy claramente a quien la formula.

pues mira, te doy la razón, la verdad es que las preguntas que hacen son extremadamente sectarias.

yo la verdad es que me he pasado a 13TV hace un tiempo :juas
 
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Lógico, ya tienen lo que querían, para qué seguir.

si lo condenan porque lo condenan (en otros países se te cae el pelo si interceptas a un abogado con su cliente), si prescribe porque ya no hacia falta y si ésto por lo otro.

y aún puede recurrir por la primera sentencia, si hay una conspiración fascista y nazi contra él mejor condenarlo por todo digo yo.
 
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Afán de protagonismo notorio. ¿Qué tiene que ver eso con Garzón????
 
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Tiene gracia: el juez Grande Marlaska es nombrado presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional... justo después de que esta le echase la bronca por haber hecho una instrucción (pinchazo de teléfonos incluido :L) fuera de los límites de la legalidad.

[...]

En un auto dado a conocer ayer, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal arremete a su vez con dureza contra la fase de instrucción llevada a cabo por el Ministerio Público, la Guardia Civil y el juez Fernando Grande-Marlaska, al considerar que las pruebas usadas son insuficientes y se obtuvieron de un modo que "no se ajusta a los parámetros de legalidad".


[...]

Respecto a la actuación de Grande-Marlaska, cuestiona que ordenara intervenir sus conversaciones telefónicas "sin que la decisión judicial tenga un mínimo soporte indiciario que justifique la desmedida medida".
 
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Francesc de Carreras sigue bastante estupefacto con la sentencia

Garzón (3)

El núcleo del debate lo centraremos en si el ex juez cometió el delito de prevaricación judicial del artículo 446 del Código Penal por el que se le condenó


Perdonen los lectores que insista sobre la sentencia del Tribunal Supremo que ha concluido con la inhabilitación como juez de Baltasar Garzón. Recientemente, en este mismo periódico, he mostrado mi posición ante el caso (26 de enero) y mi discrepancia con la sentencia (16 de febrero). Me temo que esta no será la última ocasión para tratar el asunto Garzón. Que todo ello suscite tan apasionadas polémicas es positivo: muestran un sano interés por el funcionamiento del Estado de derecho, las libertades y la igualdad ante la ley.

El núcleo del debate lo centraremos hoy en si el ex juez Garzón cometió el delito de prevaricación judicial del artículo 446 del Código Penal por el que se le ha condenado. Como ya sabemos, tal delito consiste en dictar una "resolución injusta a sabiendas", o sea, una resolución injusta con dolo, con consciencia de que es gravemente atentatoria de los más elementales principios del derecho. El siguiente artículo del Código Penal, el 447, establece la prevaricación culposa, un delito que no requiere dolo sino sólo culpa, es decir, que la resolución sea dictada con imprudencia grave o ignorancia inexcusable, el cual es castigado con una pena sensiblemente menor. Pues bien, Garzón ha sido condenado por prevaricación dolosa, en concreto por lo establecido en el apartado 3.º del artículo 446.

Apliquemos a los hechos del caso los dos elementos del tipo de delito: primero, resolución injusta; segundo, "a sabiendas", con dolo. La sentencia sostiene que la resolución es injusta porque al intervenir las conversaciones de los reclusos, acusados de formar parte de la trama Gürtel, con sus abogados, se vulnera, sobre todo, el derecho de defensa, que requiere preservar la confidencialidad. La confidencialidad es, sin duda, un elemento inherente al derecho de defensa, pero también es indudable que ningún derecho es absoluto y, como ha reconocido el artículo 51.2 de la ley General Penitenciaria, tampoco este lo es ya que permite las escuchas mediando autorización judicial.

Naturalmente, esta intervención judicial de las comunicaciones entre un abogado y un cliente debe hacerse por motivos justificados en finalidades constitucionales legítimas –como es el caso de la persecución de un delito, la razón que alega Garzón– y de forma proporcionada a las mismas. Ello implica que, en lo relacionado con las estrategias de defensa, las escuchas son ilegítimas. Por tanto, el juez que, en su caso, autorice la intervención debe establecer las precauciones adecuadas para distinguir aquellas conversaciones que afecten indebidamente al derecho de defensa y las que sean de interés en la persecución del delito.

Si Garzón ha tomado estas precauciones de forma adecuada o inadecuada, motivadas en sospechas suficientemente fundadas, justificando la necesidad de las medidas y estableciendo que sean proporcionadas a los fines que se quieren obtener, es un asunto que puede discutirse y aquí no tenemos espacio para ello. En todo caso, las medidas que son causa de la condena a Garzón han sido convalidadas siempre por varios fiscales, por el juez que sucedió a Garzón en la instrucción del caso Gürtel y por el juez Pedreira del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Si es así, y lo es, las medidas adoptadas por Garzón tal vez puedan ser equivocadas según el criterio del Tribunal Supremo –como fueron consideradas acertadas por los citados jueces y fiscales–, pero no caben dentro del concepto "resolución injusta" que es el elemento necesario de la prevaricación.

En efecto, la misma sentencia, al recordar lo que es una "resolución injusta" propia del delito de prevaricación, ha sostenido –de acuerdo con la jurisprudencia y la doctrina– que "una mera contradicción con el derecho" no implica prevaricación ya que "la ley admite en numerosas ocasiones interpretaciones divergentes y es lícito que el juez pueda optar, en atención a las particularidades del caso, por una u otra interpretación sin incurrir en delito". Y concluye: "Se entenderá por resolución injusta aquella que se aparta de todas las opciones jurídicamente defendibles según los métodos usualmente admitidos en Derecho, careciendo de toda interpretación razonable, y siendo en definitiva exponente de una clara irracionalidad".

Pregunto: los jueces y fiscales que han hecho suyas o han respaldado las medidas por las que ha sido condenado Garzón, ¿lo han hecho conscientes de que se trataba de opciones jurídicamente indefendibles "según los métodos usualmente admitidos en Derecho", que carecían de "toda interpretación razonable" y eran "exponente de una clara irracionalidad"?

Nada de esto se prueba en esta extraña sentencia del Tribunal Supremo. Mucho menos que las medidas se adopten por el juez "a sabiendas" de que son injustas. Sólo se discrepa de ellas, nada más. Si lo que se ha querido es descalificar una determinada manera de instruir un caso, una sentencia no es el medio adecuado si con ello se condiciona el fallo. Si lo que se ha aplicado son los criterios del llamado derecho penal de autor, peor todavía, ya que nos trae el recuerdo de tiempos totalitarios que parecían olvidados.

http://www.lavanguardia.com/opinion...4259220125/francesc-de-carreras-garzon-3.html
 
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el tema de las conversaciones pinchadas de Garzón fue de conversaciones del abogado, no hay paralelismo alguno con ese informático.
 
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Pues como tenía que haber sido. Por mucha amnistía que se pactara en su día, los crímenes contra la Humanidad no están en el mismo pack. Y eso es lo que este juez investigaba. Ni más ni menos.
 
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Los de un lado...

Bueno, lo tiene más fácil para volver a su puesto y ser indemnizado. Lo de las escuchas se va para Europa y allí van a meter una colleja al Tribunal Supremo.
 
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Para acceder al Tribunal Europeo de DD.HH. antes tiene que pasar por el recurso de amparo ante el T.C.
 
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Si el Tribunal Constitucional no le da la razón, que lo dudo, en Europa le agasajan.
 
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Los de un lado...

Bueno, lo tiene más fácil para volver a su puesto y ser indemnizado. Lo de las escuchas se va para Europa y allí van a meter una colleja al Tribunal Supremo.

Nada impide que un juez investigue los crímenes del otro lado, no?
 
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Lo que hay que investigar son ambos bandos, leñe. Que no puede ser tan difícil de entender.

Los criminales son criminales independientemente de con quien luchen. Aquí las patentes de corso no sirven.
 
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No, se debería hacer algo global contra los hijoputas, hubiesen sido de donde hubiesen sido.
 
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Si, pero es que los de un lado están mas que satisfechos de como les ha ido la cosa estos, digamos 60-70 años.
No es el juez Garzon que un día le pica el haba y decide investigar este tema como le hubiese dado por hacer el pino puente. Esta respondiendo a una demanda planteada.
Todo esto en general tiene un tufillo a rancio...
Lo que no entiendo es que un señor de a pie, o un forero de a teclado, se posicione contra viento y marea a que un juez no "remueva" demasiado, no sea que algo vaya a salir.
 
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Editado para no herir susceptibilidades del sentimiento republicano hispánico...
 
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Yo no hablo de buenos o malos.
Yo no soy gay, pero no me meto a prohibir lo que ellos creen que tienen que hacer con su vida. Yo no pienso abortar, pero no me meto en que gente con otras circunstancias haga lo que crea que tiene que hacer, yo no tengo familiares enterrados en una cuneta, pero no me importa que gente que si, haga lo que piensa debe hacer.
Pero en este país, normalmente por el mismo sitio, parece que moleste que la gente haga su vida como entienden que la tienen que hacer.
 
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Esta respondiendo a una demanda planteada.
Todo esto en general tiene un tufillo a rancio...

también respondió a una demanda similar planteada contra Carrillo... negativamente y amparándose en la Ley de Amnistia.
no huele a rancio, huele a otra cosa.
 
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Capitan-Trueno.jpg
 
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Terror de los infieles!
 
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Esta respondiendo a una demanda planteada.
Todo esto en general tiene un tufillo a rancio...

también respondió a una demanda similar planteada contra Carrillo... negativamente y amparándose en la Ley de Amnistia.
no huele a rancio, huele a otra cosa.

Huele a que ni de coña va a juzgar a nadie vivo para no cargarse la transición.Fraga murió en la cama hace poco sin que nadie le molestase sin ir mas lejos.

Hay que ver como te duelen las investigaciones de los crímenes del franquismo.Eso de sentirse heredero político de un régimen fascista me parece un poco triste, deberías hacértelo mirar.:yes
 
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Esta respondiendo a una demanda planteada.
Todo esto en general tiene un tufillo a rancio...

también respondió a una demanda similar planteada contra Carrillo... negativamente y amparándose en la Ley de Amnistia.
no huele a rancio, huele a otra cosa.

Si te parece que los del bando republicano no fueron suficientemente perseguidos durante la dictadura, apaga y vámonos.
Fueran o no fueran culpables de desmanes, más allá de las acciones de guerra.
Te podría contar historias de terror ocurridas en mi familia.
Personas "detenidas sumariamente" de las que nunca más supieron nada, ni como terminaron con sus vidas ni donde están sus cadáveres.
Personas que cada mañana, para ir al trabajo pasaban al lado del Camp de la Bota y escuchaban día tras día el ruido de los fusilamiento. Así durante muchos, muchos años.
Personas que fueron represaliadas con dureza simplemente por haber estado en el lado republicano (el legalmente constituido, aunque parezca increible tener que recordarlo) y que sufrieron las consecuencias de esas represalias toda su vida....

Sinceramente, no entiendo como se puede hacer semejante paralelismo.
 
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