Hilo de CCAA y Ciudades

Claro, hombre, claro. No es que Colau haya dicho "vamos a meter caña a la iglesia, que eso siempre contenta a cierto sector, y total los que se van a molestar no nos votan". Que va, no tiene nada que ver.

Mira como me chupo el dedo.
Como si chupas candados u otras cosas.

Agradecería que, al igual que te estoy ignorando tu posteo compulsivo por todo el foro (respondo por la cita del nick), hicieses conmigo lo mismo. Y si quieres puntualizar o abrir con alguien un debate sobre uno de mis comentarios, lo hicieses sin añadir mi nick en dicha cita.

Será mejor para ambos.

Si posteas, te pueden citar y rebatir. Si no quieres que eso suceda, la solución es fácil: no postees. Mientras tanto, seguiré citándote cada vez que me de la gana. Al igual que postearé lo que salga de los cojones, sea "compulsivamente" o no. Me importa una mierda tu opinión al respecto.

No sé si me he explicado con claridad...
 
todo postureo y todo mal

en fin.

Todo no, pero esto es de primero de posturoning, Hal... Otra cosa es que estéis más o menos de acuerdo, pero es que es evidentísimo, coño... Nadie había discutido nunca el tema, y había un "pacto" al respecto desde hace muchísimo tiempo. Si no se está de acuerdo, pues sentemos a todos los implicados y hablémoslo. Soltar el pildorazo a los cuatro vientos, "por que si", pues es una maniobra de cara a la galería, es evidente.

Y ya he dicho en muchas ocasiones que por mi, como si meten las excavadoras y dejan el solar. La Sagrada Familia no es santa de mi devoción y soy agnóstico.
 
todo postureo y todo mal

en fin.

Todo no, pero esto es de primero de posturoning, Hal... Otra cosa es que estéis más o menos de acuerdo, pero es que es evidentísimo, coño... Nadie había discutido nunca el tema, y había un "pacto" al respecto desde hace muchísimo tiempo. Si no se está de acuerdo, pues sentemos a todos los implicados y hablémoslo. Soltar el pildorazo a los cuatro vientos, "por que si", pues es una maniobra de cara a la galería, es evidente.

Y ya he dicho en muchas ocasiones que por mi, como si meten las excavadoras y dejan el solar. La Sagrada Familia no es santa de mi devoción y soy agnóstico.
Como todos los ayuntamientos lo han hecho mal, hacer lo correcto es postureo.
 
todo postureo y todo mal

en fin.

Todo no, pero esto es de primero de posturoning, Hal... Otra cosa es que estéis más o menos de acuerdo, pero es que es evidentísimo, coño... Nadie había discutido nunca el tema, y había un "pacto" al respecto desde hace muchísimo tiempo. Si no se está de acuerdo, pues sentemos a todos los implicados y hablémoslo. Soltar el pildorazo a los cuatro vientos, "por que si", pues es una maniobra de cara a la galería, es evidente.

Y ya he dicho en muchas ocasiones que por mi, como si meten las excavadoras y dejan el solar. La Sagrada Familia no es santa de mi devoción y soy agnóstico.
Como todos los ayuntamientos lo han hecho mal, hacer lo correcto es postureo.

Es que discrepo (y mucho) en que lo que han hecho sea "lo correcto". Como mínimo, sería debatible, que es por donde tenían que haber empezado si DE VERDAD, hubieran querido hacer "lo correcto".
 
Si posteas, te pueden citar y rebatir. Si no quieres que eso suceda, la solución es fácil: no postees. Mientras tanto, seguiré citándote cada vez que me de la gana. Al igual que postearé lo que salga de los cojones, sea "compulsivamente" o no. Me importa una mierda tu opinión al respecto.

No sé si me he explicado con claridad...
Sí, deficiente, queda claro. Allá tú.
 
Si posteas, te pueden citar y rebatir. Si no quieres que eso suceda, la solución es fácil: no postees. Mientras tanto, seguiré citándote cada vez que me de la gana. Al igual que postearé lo que salga de los cojones, sea "compulsivamente" o no. Me importa una mierda tu opinión al respecto.

No sé si me he explicado con claridad...
Sí, deficiente, queda claro. Allá tú.

¿Perdona? ¿Me estás insultando?
 
Oye Manu, te juro que nunca me has caído mal, pero esta reentré tuya a saco en todos los hilos de política muy ofendido y casi arrogándose la verdad absoluta ¿a qué se debe?

¿Cuándo he dicho yo que tenga la verdad absoluta? ¿Ofendido? :inaudito

Bueno, ofendido en esta página, si, pero con motivos y sin tener nada que ver con el tema...
 
Sobre las colauadas, a alguien le parece bien la exposición de estatuas de Franco en el Born? :pensativo

A ver, yo entiendo que la exposición de esas estatuas es por motivos culturales e históricos, por lo que DEBERÍA no tener mayor trascendencia. Pero si es cierto que hay que tener un poquito de cabeza y pensar que si las plantas en el Born, que todos sabemos lo que ha pasado antes por allí, pues se va a liar. Y la única explicación es que, efectivamente, quisieran liarla. ¿Por qué? Pues no lo sé, pero la verdad es que Colau lleva unas semanas que parece que quiere que el panorama se enrarezca, no sé si para que no se hable de otras cosas, o para que se hable de ellos, aunque sea mal. Quien sabe.

Si que hay un tema colateral (un "spinoff") que no acabo de entender. ¿Cómo es posible que una estatua que, representa a quien represente, es obvio que tiene un valor histórico elevado, sea decapitada en un almacén MUNICIPAL sin que nadie diga nada, ni se busquen responsables? :inaudito Además, que no debe ser una operación fácil ni sencilla, se requieren "medios" para eso. No entiendo nada, de verdad... Me deja perplejo.
 
¿de verdad es necesario utilizar este tono entre adultos hechos y derechos? no me cabe en la cabeza que no se pueda discutir con un mínimo de empatía y respeto.

o al menos intentarlo.

y todo por gente a la que realmente le importamos un pito, sea Rajoy, Colau o cualquiera con un abundante sueldo a cargo del erario público.
 
Si que hay un tema colateral (un "spinoff") que no acabo de entender. ¿Cómo es posible que una estatua que, representa a quien represente, es obvio que tiene un valor histórico elevado, sea decapitada en un almacén MUNICIPAL sin que nadie diga nada, ni se busquen responsables? :inaudito Además, que no debe ser una operación fácil ni sencilla, se requieren "medios" para eso. No entiendo nada, de verdad... Me deja perplejo.

No soy el único que se lo pregunta.

Qui va decapitar Franco?

L'estàtua eqüestre decapitada de Francisco Franco arriba al Born amb polèmica per a l'exposició "Franco, Victòria, República. Impunitat i espai urbà", però també precedida de misteri. I és que l'estàtua va perdre el cap mentre estava retirada en un magatzem municipal, i avui el cap del dictador encara està en parador desconegut.

L'estàtua de bronze, de l'escultor Josep Viladomat, va presidir durant molts anys el pati d'armes del castell de Montjuïc: des del juny de 1963, el dia en què va obrir les seves portes el Museu Militar, fins al 1986, on va passar a ocupar una sala a l'interior del Museu.

El 2008 la van retirar en el dipòsit de l'ajuntament de Barcelona de la Via Favència. L'últim cop que se la va veure íntegre va ser el 2011. Dos anys després, el 2013, però, en una revisió rutinària es va descobrir que havien decapitat l'estàtua i encara avui no se sap qui ho va fer ni quan. El que ha transcendit és que el tall del cap es va fer de manera molt neta amb una radial i sembla que la porta del magazem no va ser forçada. Tot plegat afegeix misteri una estàtua ja de per si polèmica.
 
ahora el Born va a ser un espacio más "sagrado" que el templo de Gaudí... :juas
Todo es debatible. O podía serlo. Pero sabiendo que no hay consenso ahora mismo para la relectura museística del Born que pretendían los comunes (que por otra parte ya me explicarán qué falta hacía si llevaba apenas un año abierto cuando Colau se convirtió en alcalde, no hablamos de un museo anquilosado de hace décadas), y teniendo en cuenta la correlación de fuerzas en el ayuntamiento, el seguir adelante con ello es lo que resulta una cacicada.

Y sobre lo provocador de la cosa, sólo hay que ver quiénes aplauden la gracieta.
 
Oye Manu, te juro que nunca me has caído mal, pero esta reentré tuya a saco en todos los hilos de política muy ofendido y casi arrogándose la verdad absoluta ¿a qué se debe?

¿Cuándo he dicho yo que tenga la verdad absoluta? ¿Ofendido? :inaudito

Bueno, ofendido en esta página, si, pero con motivos y sin tener nada que ver con el tema...
Hombre Manu...pero un poco "en tromba" como dicen sí que has entrado ¿eh? :L ...parece que lleves un chute de nitroglicerina :juas
 
:cura

Paz, queridos hermanos, que dan ganas de esparcir con el hisopo hostias sin consagrar.

Los ingresos de las entradas están exentos de tributación de IVA precisamente porque se usan para las obras directamente. Igual @Pancho I nos puede aclarar si esto tiene base legal (que no lo pongo en duda)

Es por el artículo 20.Uno.14 de la Ley del IVA:

14.º Las prestaciones de servicios que a continuación se relacionan efectuadas por entidades de Derecho público o por entidades o establecimientos culturales privados de carácter social:

a) Las propias de bibliotecas, archivos y centros de documentación.

b) Las visitas a museos, galerías de arte, pinacotecas, monumentos, lugares históricos, jardines botánicos, parques zoológicos y parques naturales y otros espacios naturales protegidos de características similares.

c) Las representaciones teatrales, musicales, coreográficas, audiovisuales y cinematográficas.

d) La organización de exposiciones y manifestaciones similares.

Las entradas a monumentos están exentas de IVA desde 1992


NO. Justamente la Mezquita de Córdoba es lo contrario de lo que estoy diciendo. Ahí la Iglesia hace negocio.

Respecto al IVA vale lo anterior. Es mas interesante lo que pasa con el impuesto que grava el beneficio. Este documento que he encontrado, aunque parece centrarse en el IBI, sirve para explicar más cosas:

http://www.diocesisbarbastromonzon.org/directorio/diocesis/actividades/actividadespdf/Normativa IBI.pdf

Solo por curiosidad, la Ley 49/2002 establece como actividades económicas exentas las siguientes (art. 7):

Están exentas del Impuesto sobre Sociedades las rentas obtenidas por entidades sin fines lucrativos que procedan de las siguientes explotaciones económicas, siempre y cuando sean desarrolladas en cumplimiento de su objeto o finalidad específica:

1.º Las explotaciones económicas de prestación de servicios de promoción y gestión de la acción social, así como los de asistencia social e inclusión social que se indican a continuación, incluyendo las actividades auxiliares o complementarias de aquéllos, como son los servicios accesorios de alimentación, alojamiento o transporte:

a) Protección de la infancia y de la juventud.

b) Asistencia a la tercera edad.

c) Asistencia a personas en riesgo de exclusión o dificultad social o víctimas de malos tratos.

d) Asistencia a personas con discapacidad, incluida la formación ocupacional, la inserción laboral y la explotación de granjas, talleres y centros especiales en los que desarrollen su trabajo.

e) Asistencia a minorías étnicas.

f) Asistencia a refugiados y asilados.

g) Asistencia a emigrantes, inmigrantes y transeúntes.

h) Asistencia a personas con cargas familiares no compartidas.

i) Acción social comunitaria y familiar.

j) Asistencia a ex reclusos.

k) Reinserción social y prevención de la delincuencia.

l) Asistencia a alcohólicos y toxicómanos.

m) Cooperación para el desarrollo.

n) Inclusión social de las personas a que se refieren los párrafos anteriores.

2.º Las explotaciones económicas de prestación de servicios de hospitalización o asistencia sanitaria, incluyendo las actividades auxiliares o complementarias de los mismos, como son la entrega de medicamentos o los servicios accesorios de alimentación, alojamiento y transporte.

3.º Las explotaciones económicas de investigación científica y desarrollo tecnológico.

4.º Las explotaciones económicas de los bienes declarados de interés cultural conforme a la normativa del Patrimonio Histórico del Estado y de las Comunidades Autónomas, así como de museos, bibliotecas, archivos y centros de documentación, siempre y cuando se cumplan las exigencias establecidas en dicha normativa, en particular respecto de los deberes de visita y exposición pública de dichos bienes.

5.º Las explotaciones económicas consistentes en la organización de representaciones musicales, coreográficas, teatrales, cinematográficas o circenses.

6.º Las explotaciones económicas de parques y otros espacios naturales protegidos de características similares.

7.º Las explotaciones económicas de enseñanza y de formación profesional, en todos los niveles y grados del sistema educativo, así como las de educación infantil hasta los tres años, incluida la guarda y custodia de niños hasta esa edad, las de educación especial, las de educación compensatoria y las de educación permanente y de adultos, cuando estén exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como las explotaciones económicas de alimentación, alojamiento o transporte realizadas por centros docentes y colegios mayores pertenecientes a entidades sin fines lucrativos.

8.º Las explotaciones económicas consistentes en la organización de exposiciones, conferencias, coloquios, cursos o seminarios.

9.º Las explotaciones económicas de elaboración, edición, publicación y venta de libros, revistas, folletos, material audiovisual y material multimedia.

10.º Las explotaciones económicas de prestación de servicios de carácter deportivo a personas físicas que practiquen el deporte o la educación física, siempre que tales servicios estén directamente relacionados con dichas prácticas y con excepción de los servicios relacionados con espectáculos deportivos y de los prestados a deportistas profesionales.

11.º Las explotaciones económicas que tengan un carácter meramente auxiliar o complementario de las explotaciones económicas exentas o de las actividades encaminadas a cumplir los fines estatutarios o el objeto de la entidad sin fines lucrativos.

No se considerará que las explotaciones económicas tienen un carácter meramente auxiliar o complementario cuando el importe neto de la cifra de negocios del ejercicio correspondiente al conjunto de ellas exceda del 20 por 100 de los ingresos totales de la entidad.

12.º Las explotaciones económicas de escasa relevancia. Se consideran como tales aquellas cuyo importe neto de la cifra de negocios del ejercicio no supere en conjunto 20. 000 euros.

Una muy conveniente sustitución del acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede por una norma de carácter general como la Ley 49/2002 encuentro yo, sobre todo a la vista del punto 7º anterior :diablillo

la cosa está en que no hay nada que justifique el que no paguen licencia de obra

la financiacion de la obra no tiene nada que ver con el que se pague la licencia de marras o no.

Sobre esto de pagar o no licencia de obras encontré varias cosas; esto del Centro de Estudios Financieros:

5. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) | Fiscal impuestos - Derecho fiscal, tributación e impuestos.

Y sobre todo, esto:

¿Las entidades de iglesia están exentas de pagar el ICIO?

Tiene uno la tentación de considerar parcial a la fuente. Pero ojo, de otra cosa puede dudarse que sepan, pero de asuntos de pasta esta gente siempre ha controlado mucho.

Al hilo de esto, sobre la "polémica" de a quién pertenece la SF y al margen del derecho de accesión , está la cosa como para enseñar a un padre a tener hijos

La Iglesia inscribe como propios miles de inmuebles
 
Oye Manu, te juro que nunca me has caído mal, pero esta reentré tuya a saco en todos los hilos de política muy ofendido y casi arrogándose la verdad absoluta ¿a qué se debe?

¿Cuándo he dicho yo que tenga la verdad absoluta? ¿Ofendido? :inaudito

Bueno, ofendido en esta página, si, pero con motivos y sin tener nada que ver con el tema...
Hombre Manu...pero un poco "en tromba" como dicen sí que has entrado ¿eh? :L ...parece que lleves un chute de nitroglicerina :juas

¿Y que culpa tengo yo de que esto esté muerto y solo postee yo? :diablillo

No, ahora en serio, jamás he pretendido tener la verdad absoluta, me limito a defender lo que creo. Con vehemencia, como siempre he hecho. Pero desde el cariño y el respeto absoluto a mis "contendientes". Y ofendido, jamás. Solo cuando me ofenden a nivel personal. Pero nunca por lo que cada uno pueda pensar. Y a la vista está lo que nos "odiamos" en cada quedada. ;)
 
Además, deberías dar por sentado de que yo solo participo en foros de la élite, y con una calidad contrastada, no voy a mezclarme con la chusta... :cool
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(Aclaro que es otra coña, al menos parcialmente, no vaya a ser que...)
 
Fuentes consultadas por este diario precisan que se están produciendo altercados en las instalaciones en los que estarían participando unos 60 individuos, en su mayoría, de nacionalidad argelina. Algunos incluso se han subido al tejado del edificio principal, situado en el número 51 de la Avenida de los Poblados. Unos 30 inmigrantes permanecen sobre la cubierta.

Las fuentes consultadas apuntan a que podría haber agentes de la Policía Nacional heridos. El grupo habría actuado de forma coordinada. De hecho, varios de los participantes habían confesado en las últimas horas a trabajadores del centro que estaban preparando una revuelta para tratar de impedir la orden de expulsión que recae sobre todos ellos y que se iba a ejecutar en los próximos días.

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Si el CIE de madrid es como el de Barcelona no me extraña que se prepare una revuelta.
Es un guantanamo patrio
 
:cura

Paz, queridos hermanos, que dan ganas de esparcir con el hisopo hostias sin consagrar.

Los ingresos de las entradas están exentos de tributación de IVA precisamente porque se usan para las obras directamente. Igual @Pancho I nos puede aclarar si esto tiene base legal (que no lo pongo en duda)

Es por el artículo 20.Uno.14 de la Ley del IVA:

14.º Las prestaciones de servicios que a continuación se relacionan efectuadas por entidades de Derecho público o por entidades o establecimientos culturales privados de carácter social:

a) Las propias de bibliotecas, archivos y centros de documentación.

b) Las visitas a museos, galerías de arte, pinacotecas, monumentos, lugares históricos, jardines botánicos, parques zoológicos y parques naturales y otros espacios naturales protegidos de características similares.

c) Las representaciones teatrales, musicales, coreográficas, audiovisuales y cinematográficas.

d) La organización de exposiciones y manifestaciones similares.

Las entradas a monumentos están exentas de IVA desde 1992


NO. Justamente la Mezquita de Córdoba es lo contrario de lo que estoy diciendo. Ahí la Iglesia hace negocio.

Respecto al IVA vale lo anterior. Es mas interesante lo que pasa con el impuesto que grava el beneficio. Este documento que he encontrado, aunque parece centrarse en el IBI, sirve para explicar más cosas:

http://www.diocesisbarbastromonzon.org/directorio/diocesis/actividades/actividadespdf/Normativa IBI.pdf

Solo por curiosidad, la Ley 49/2002 establece como actividades económicas exentas las siguientes (art. 7):

Están exentas del Impuesto sobre Sociedades las rentas obtenidas por entidades sin fines lucrativos que procedan de las siguientes explotaciones económicas, siempre y cuando sean desarrolladas en cumplimiento de su objeto o finalidad específica:

1.º Las explotaciones económicas de prestación de servicios de promoción y gestión de la acción social, así como los de asistencia social e inclusión social que se indican a continuación, incluyendo las actividades auxiliares o complementarias de aquéllos, como son los servicios accesorios de alimentación, alojamiento o transporte:

a) Protección de la infancia y de la juventud.

b) Asistencia a la tercera edad.

c) Asistencia a personas en riesgo de exclusión o dificultad social o víctimas de malos tratos.

d) Asistencia a personas con discapacidad, incluida la formación ocupacional, la inserción laboral y la explotación de granjas, talleres y centros especiales en los que desarrollen su trabajo.

e) Asistencia a minorías étnicas.

f) Asistencia a refugiados y asilados.

g) Asistencia a emigrantes, inmigrantes y transeúntes.

h) Asistencia a personas con cargas familiares no compartidas.

i) Acción social comunitaria y familiar.

j) Asistencia a ex reclusos.

k) Reinserción social y prevención de la delincuencia.

l) Asistencia a alcohólicos y toxicómanos.

m) Cooperación para el desarrollo.

n) Inclusión social de las personas a que se refieren los párrafos anteriores.

2.º Las explotaciones económicas de prestación de servicios de hospitalización o asistencia sanitaria, incluyendo las actividades auxiliares o complementarias de los mismos, como son la entrega de medicamentos o los servicios accesorios de alimentación, alojamiento y transporte.

3.º Las explotaciones económicas de investigación científica y desarrollo tecnológico.

4.º Las explotaciones económicas de los bienes declarados de interés cultural conforme a la normativa del Patrimonio Histórico del Estado y de las Comunidades Autónomas, así como de museos, bibliotecas, archivos y centros de documentación, siempre y cuando se cumplan las exigencias establecidas en dicha normativa, en particular respecto de los deberes de visita y exposición pública de dichos bienes.

5.º Las explotaciones económicas consistentes en la organización de representaciones musicales, coreográficas, teatrales, cinematográficas o circenses.

6.º Las explotaciones económicas de parques y otros espacios naturales protegidos de características similares.

7.º Las explotaciones económicas de enseñanza y de formación profesional, en todos los niveles y grados del sistema educativo, así como las de educación infantil hasta los tres años, incluida la guarda y custodia de niños hasta esa edad, las de educación especial, las de educación compensatoria y las de educación permanente y de adultos, cuando estén exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como las explotaciones económicas de alimentación, alojamiento o transporte realizadas por centros docentes y colegios mayores pertenecientes a entidades sin fines lucrativos.

8.º Las explotaciones económicas consistentes en la organización de exposiciones, conferencias, coloquios, cursos o seminarios.

9.º Las explotaciones económicas de elaboración, edición, publicación y venta de libros, revistas, folletos, material audiovisual y material multimedia.

10.º Las explotaciones económicas de prestación de servicios de carácter deportivo a personas físicas que practiquen el deporte o la educación física, siempre que tales servicios estén directamente relacionados con dichas prácticas y con excepción de los servicios relacionados con espectáculos deportivos y de los prestados a deportistas profesionales.

11.º Las explotaciones económicas que tengan un carácter meramente auxiliar o complementario de las explotaciones económicas exentas o de las actividades encaminadas a cumplir los fines estatutarios o el objeto de la entidad sin fines lucrativos.

No se considerará que las explotaciones económicas tienen un carácter meramente auxiliar o complementario cuando el importe neto de la cifra de negocios del ejercicio correspondiente al conjunto de ellas exceda del 20 por 100 de los ingresos totales de la entidad.

12.º Las explotaciones económicas de escasa relevancia. Se consideran como tales aquellas cuyo importe neto de la cifra de negocios del ejercicio no supere en conjunto 20. 000 euros.

Una muy conveniente sustitución del acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede por una norma de carácter general como la Ley 49/2002 encuentro yo, sobre todo a la vista del punto 7º anterior :diablillo

la cosa está en que no hay nada que justifique el que no paguen licencia de obra

la financiacion de la obra no tiene nada que ver con el que se pague la licencia de marras o no.

Sobre esto de pagar o no licencia de obras encontré varias cosas; esto del Centro de Estudios Financieros:

5. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) | Fiscal impuestos - Derecho fiscal, tributación e impuestos.

Y sobre todo, esto:

¿Las entidades de iglesia están exentas de pagar el ICIO?

Tiene uno la tentación de considerar parcial a la fuente. Pero ojo, de otra cosa puede dudarse que sepan, pero de asuntos de pasta esta gente siempre ha controlado mucho.

Al hilo de esto, sobre la "polémica" de a quién pertenece la SF y al margen del derecho de accesión , está la cosa como para enseñar a un padre a tener hijos

La Iglesia inscribe como propios miles de inmuebles

Mas allá de las doctas explicaciones de Pancho. Lo que ha de quedar claro es que cada impuesto tiene su hecho imponible - razón del gravamen- y sus exenciones, reducciones etc. Presumir que la inexistencia de ánimo de lucro, implica la exención total no es correcto desde un plano teórico, puesto que sólo afectaría a impuestos que graven los beneficios ( sociedades, IRPF...). Es evidente que el tratamiento que se da a la iglesia va más allá de estas consideraciones.

Lo de las inmatriculaciones de la Iglesia, es ya para nota, se ha permitido un expolio de miles de fincas....
 
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