sobre Alemania,
es que no es un juicio, es un procedimiento de extradición, se están confundiendo por interés o ignorancia;
los delitos se juzgan en los países donde se cometen conforme a la legislación de esos países, y no hay más, dos ejemplos sencillos:
en España es un delito conducir a 300km por hora, en Alemania no... si un alemán conduce a esa velocidad por la A7, vuelve a Alemania, y la Justicia española le requiere... no puede alegar que en su país no es delito, porque el delito lo ha cometido en España, que la justicia alemana lo entregue a España... es otra cuestión.
ejemplo contrario, en Alemania es delito bajarse pelis (penas de cárcel incluídas), en España, hasta donde sé y entre particulares no... si un español comete ese delito, se vuelve a España y es requerido por las autoridades alemanas no puede alegar que en España está permitido, porque el delito lo ha cometido en Alemania, que la justicia española lo entregue a Alemania... es otra cuestión.
estamos en la UE y el carácter democrático de nuestros ordenamientos se nos supone a todos, que por algo existe el acervo comunitario, y la soberanía judicial de cada país sobre los delitos cometidos en su territorio también se nos supone... lo demás ya son disfunciones comunitarias europeas que obviamente existen, y sobre todo, propaganda hábilmente utilizada en tiempos de ignorancia.