La Diada 2012, ¿un antes y un después?

La posible independencia de Catalunya NO es un avance democrático relevante. Y esos avances democráticos que mentas, con luchas obreras y demás...son propios de épocas pasadas faltas de libertades.

El avance democrático relevante es el derecho a la autoderminación, que es uno de los más recientes y todavía reconocido en plano muy teórico. Con el tiempo, los seres humanos hemos aprendido a resolver democráticamente muchos conflictos, como por ejemplo quién nos gobierna. Antes se hacía con golpes de Estado etc. (y todavía pasa en mayor o menor medida). Los países y sus fronteras son, posiblemente, una de las cuestiones que tradicionalmente se han fijado a base de guerras y que todavía se preservan por la fuerza (ejércitos), pero recientemente ya se han producido independencias o unificaciones de forma pacífica y atendiendo a la voluntad de los pueblos.
 
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Bueno, esto es la bomba. ¿Éso cuántos jueces lo han dicho?, ¿o ahora se decreta desde la barra de un bar?.

No voy a poner ejemplos de conquistas democráticas porque se me dirá que estoy comparando. Evidentemente no lo dice ningún juez, llega un momento en que es evidente que la ley va por un lado y la voluntad popular por otro (hablo en términos generales con los avances democráticos conseguidos históricamente).

En el caso de la autodeterminación, los casos de independencias recientes conseguidas de forma pacífica y democrática han sido a partir de un referéndum que constataba la voluntad mayoritaria de la gente en ese sentido.
 
Si de verdad crees que en un mundo liderado por los países del G8 van a acoger el derecho de autodeterminación como algo fundamental, o independencia a la carta, con los brazos abiertos... de verdad que me dejas anodadado.

No lo verán tus ojos, ni los de tus hijos, ni los de los hijos de tus hijos. Éso como poco.
 
Si de verdad crees que en un mundo liderado por los países del G8 van a acoger el derecho de autodeterminación como algo fundamental, o independencia a la carta, con los brazos abiertos... de verdad que me dejas anodadado.

No lo verán tus ojos, ni los de tus hijos, ni los de los hijos de tus hijos. Éso como poco.

Precisamente estoy diciendo que este derecho, a pesar de tener un reconocimiento teórico, va a ser el más difícil de conseguir. Fíjate que estaba replicando la afirmación de krell4u de que los avances democráticos relevantes "son propios de épocas pasadas faltas de libertades."

Ni siquiera los derechos humanos más básicos estan reconocidos de forma general hoy en día, por tanto en este sentido estoy de acuerdo con lo que comentas. Pero a pesar de todo en occidente ya ha habido varios cambios de frontera conseguidos pacíficamente.
 
Bueno, esto es la bomba. ¿Éso cuántos jueces lo han dicho?, ¿o ahora se decreta desde la barra de un bar?.

Lo ha dicho el Tribunal Internacional de la Haya, al cual está supeditado el marco jurídico español.
Te parece suficiente?

Lo que no haré es repetir el texto o la cita, porque ya lo he hecho tres o cuatro veces a lo largo del hilo.
Busca la resolución sobre la DUI de Kosovo, y léete bien la base jurídica sobre la que se sustenta la resolución.
 
Y respecto a identidades, naciones, "volem decidir" i demás "tontás del siglo pasado"...en mi caso, si mañana me dicen que desaparecen todos los países de Europa, nos unimos bajo una única sociedad (que no bandera) para progresar social y económicamente, prescindiendo de identidades y demás chorradas, con una legua común pero manteniendo el resto por temas socio/culturales, respetando culturas pero poniéndolas por debajo del bien común, etc etc etc...mañana mismo renuncio a la bandera Española, a mi DNI, mi pasaporte, los toros y lo que convenga....¿haríais los indepes lo mismo?

Ni siquiera hace falta ese país tan grande y maravilloso que comentas.
El Jueves pasado los hicimos masivamente, y para irnos a un país pequeñito, pequeñito, que al contrario de ese país grande que dices, no aspira a eliminar otras lenguas, ni a que quemes tu pasaporte ni tu DNI, no se que no puedas pagar en el Mercadona, ni tan siquiera que te gusten los toros, eso sí, para cuidarlo, no para matarlo.
 
Ahí, entre las 750.000, va mi firma.
Enhorabuena, formas parte de un 10 % de la población.

Enviado desde mi Alfaphone.

Qué, otra vez apropiándote de la mayoría silenciosa? :juas

Por cierto, esto es el "Plan B" de la ANC. Si Rajoy impide la consulta, la ANC considera agotados todos los intentos legales para obtener la independencia, por lo que utiliza otro recurso legal -el derecho de petición- para solicitar al Parlament la DUI.
 
Última edición:
El individuo que tenemos de ministro del interior ha considerado que las amenazas de muerte a Mas lanzadas desde una web oficial del PP no son constitutivas de delito, y no serán investigadas.

Este ministro es el mismo tipo que persiguió judicialmente los tuits de burla por el asesinato de aquella pepera de León.

Este gobierno DA ASCO.
 
El individuo que tenemos de ministro del interior ha considerado que las amenazas de muerte a Mas lanzadas desde una web oficial del PP no son constitutivas de delito, y no serán investigadas.

Este ministro es el mismo tipo que persiguió judicialmente los tuits de burla por el asesinato de aquella pepera de León.

Este gobierno DA ASCO.
Ahí llevas razón.

Enviado desde mi Alfaphone.
 
Bueno, esto es la bomba. ¿Éso cuántos jueces lo han dicho?, ¿o ahora se decreta desde la barra de un bar?.

Lo ha dicho el Tribunal Internacional de la Haya, al cual está supeditado el marco jurídico español.
Te parece suficiente?

Lo que no haré es repetir el texto o la cita, porque ya lo he hecho tres o cuatro veces a lo largo del hilo.
Busca la resolución sobre la DUI de Kosovo, y léete bien la base jurídica sobre la que se sustenta la resolución.


Yo la busqué y es "ambigua" ¿eh? Bien se han cuidado incluso quienes apoyaron la resolución de ponerle el adjetivo de excepcional, porsiaca.

"La Corte considera que en el presente caso no es necesario pronunciarse sobre la cuestión de si, fuera del contexto de los territorios no autónomos y de los pueblos sometidos a la subyugación, dominación y explotación extranjeras, el derecho internacional en materia de libre determinación confiere a una parte de la población de un Estado existente un derecho a separarse de ese Estado, o si el derecho internacional contempla un derecho a la “secesión como remedio” y, en tal caso, en qué circunstancias. Recuerda que la Asamblea General únicamente ha solicitado la opinión de la Corte sobre la conformidad o no de la declaración de independencia con el derecho internacional. La Corte señala que el debate sobre el alcance del derecho a la libre determinación y la existencia de un eventual derecho a la “secesión como remedio” se refiere en cambio al derecho a separarse de un Estado. Esa cuestión excede el marco de la cuestión planteada por la Asamblea General. Para responder a esta última, la Corte solo necesita determinar si la declaración de independencia vulneró el derecho internacional general o la lex specialis creada por la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad."

http://internacional.elpais.com/internacional/2010/07/22/actualidad/1279749602_850215.html

http://es.wikipedia.org/wiki/Declaración_de_independencia_de_Kosovo
 
no veo dónde está la duda, Cataluña es un pueblo sometido a la subyugación, dominación y explotación del restoespaña.

de todas formas ésto se ha contestado varias veces en este foro, las mismas que Jaume o se ha hecho el tonto o lo ha ignorado.
 
Yo la busqué y es "ambigua" ¿eh? Bien se han cuidado incluso quienes apoyaron la resolución de ponerle el adjetivo de excepcional, porsiaca.

"La Corte considera que en el presente caso no es necesario pronunciarse sobre la cuestión de si, fuera del contexto de los territorios no autónomos y de los pueblos sometidos a la subyugación, dominación y explotación extranjeras, el derecho internacional en materia de libre determinación confiere a una parte de la población de un Estado existente un derecho a separarse de ese Estado, o si el derecho internacional contempla un derecho a la “secesión como remedio” y, en tal caso, en qué circunstancias. Recuerda que la Asamblea General únicamente ha solicitado la opinión de la Corte sobre la conformidad o no de la declaración de independencia con el derecho internacional. La Corte señala que el debate sobre el alcance del derecho a la libre determinación y la existencia de un eventual derecho a la “secesión como remedio” se refiere en cambio al derecho a separarse de un Estado. Esa cuestión excede el marco de la cuestión planteada por la Asamblea General. Para responder a esta última, la Corte solo necesita determinar si la declaración de independencia vulneró el derecho internacional general o la lex specialis creada por la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad."

http://internacional.elpais.com/internacional/2010/07/22/actualidad/1279749602_850215.html

http://es.wikipedia.org/wiki/Declaración_de_independencia_de_Kosovo

Tu, hasta que no le digas a tus jefes que me paguen lo que me deben, me voy a considerar expoliado!

Que lo sepas...

:p
 
Pancho, no me refiero tanto a la resolucion como a los preambulos, en los que se dice que la voluntad democratica esta por encima de las constituciones.
 
Tu, hasta que no le digas a tus jefes que me paguen lo que me deben, me voy a considerar expoliado!

Que lo sepas...

:p


No es expolio, es redistribución de la riqueza :cuniao

Te haré más dulce la espera:

Cuando un obligado tributario considere que una autoliquidación ha perjudicado de cualquier modo sus intereses legítimos, podrá instar la rectificación de dicha autoliquidación de acuerdo con el procedimiento que se regule reglamentariamente.

Cuando la rectificación de una autoliquidación origine una devolución derivada de la normativa del tributo y hubieran transcurrido seis meses sin que se hubiera ordenado el pago por causa imputable a la Administración tributaria, ésta abonará el interés de demora del artículo 26 de esta ley sobre el importe de la devolución que proceda, sin necesidad de que el obligado lo solicite. A estos efectos, el plazo de seis meses comenzará a contarse a partir de la finalización del plazo para la presentación de la autoliquidación o, si éste hubiese concluido, a partir de la presentación de la solicitud de rectificación.

Cuando la rectificación de una autoliquidación origine la devolución de un ingreso indebido, la Administración tributaria abonará el interés de demora en los términos señalados en el apartado 2 del artículo 32 de esta ley. (
Desde la fecha de ingreso)

A ver dónde consigues un depósito retribuido al 5%.

 
Así me gusta, reculando que es gerundio.

elmundo.750.jpg


Ahora, espero que el estado de derecho actúe y todos aquellos que han cometido traición a la patria, sean castigados con todo el peso de la ley.
 
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