geminis
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Todos sabemos que se aceptará a trámite y quedará en suspenso
Y aquí empiezan las divergencias: segun la Generalitat, nada impide seguir con la preparación de la consulta, por si el TC acaba sentenciando antes del 9N que es legal. Segun la Sorayita, hay que pararlo todo inmediatamente.
Parece que hay bastantes precedentes de que una suspensión de sentencia del TC no ha servido para paralizar una Ley, incluso elaborada por el mismo gobierno.
Me temo que para que la consulta se pueda calificar de "ilegal", el TC tendrá que pronunciarse antes del 9N. Por cierto, yo pensaba que el TC lo tendría fácil, pero después de leer a diversos juristas, parece que no lo es tanto.
Interesante.
Sinceramente, en derecho las normas dejan un amplio margen a la interpretación. Lo que no veo que tenga mucho margen de interpretación es una suspensión de efectos. Si el derecho que aprueba la convocatoria esta suspendido, lo actos administrativos subsiguientes que dependen de él no producen efectos. Esto es, para que exista un periodo electoral, antes ha de existir un decreto que lo apruebe, si dicho decreto está en suspenso, el acto subsiguiente carecerá de validez jurídica.
Yo sigo atento al futuro ordenamiento catalán. A ver si luego se sostienen todas las teorías creativas sobre el derecho, o se van a limitar a algo más clásico.