Los asesores de Mas ratifican punto por punto las teorías de los informes de la sectorial Juristas por la Independencia de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) desvelados la pasada semana por El Confidencial. Hasta en el porcentaje que reclaman a España coinciden. En un informe de 52 páginas titulado Distribución de activos y pasivos y entregado ayer al presidente de la Generalitat, Artur Mas, el Consejo Asesor para la Transición Nacional (CATN), que preside el exvicepresidente del Tribunal Constitucional Carles Viver Pi-Sunyer, se recoge el principio de que, en caso de secesión, Cataluña sólo se hará cargo de determinada deuda si recibe también como contraprestaciones parte de los activos de España.
Y además, deja claro que no asumirá de ninguna manera deudas de la Seguridad Social con particulares, el déficit tarifario eléctrico o el rescate de las autopistas de Madrid. Eso sí, quiere su parte proporcional (16%) de lo que haya en las cuentas corrientes del Gobierno central… y del patrimonio histórico español.
“De acuerdo con los principios estructurales del Derecho Internacional, contenidos en el artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas, que obligan a la solución pacífica de las controversias, la Convención de Viena de 1983 establece diferentes instrumentos a fin de que las partes puedan hacer efectiva la transmisión de bienes y deudas en caso de sucesión de Estados. (…) Se ha de tener en cuenta que la deuda del Estado no se puede transferir a otro Estado sin su consentimiento (ya que es una entidad soberana); pero tampoco sin el consentimiento de los acreedores (públicos o privados), ya que las deudas, avales y otras obligaciones financieras responden a una relación personalísima entre el Estado predecesor y el acreedor”, recuerda el texto.
Así, los asesores de Mas abogan por tener en cuenta el “principio de equidad, que nos lleva a la necesidad de mantener la coherencia entre la relación del reparto de bienes y el reparto de deudas entre los dos Estados. Por tanto, la asunción por parte de Cataluña de una parte de la deuda no territorializable del Estado español llevaría como contrapartida: a) la transmisión de los activos asociados a la deuda que asuma Cataluña, y b) la transmisión de una parte equitativa de los bienes de Estado no territorializables”.
Reclamación de bienes del Estado
El informe explica que la deuda no territorializable es la que no puede atribuirse a un territorio en concreto, como los servicios comunes de los ministerios de Defensa, Asuntos Exteriores o Justicia, por ejemplo y esta se ha de repartir de forma proporcional entre Cataluña y España. Lo que falta es fijar el grado de proporcionalidad, que los nacionalistas pretenden que sea el 16%.
“Así, si la deuda del Ministerio de Defensa fuese de 36.000 millones de euros y se acordase que Cataluña habría de asumir un 16% (unos 5.760 millones), el Estado español habría de transferir a Cataluña todos los activos asociados a la deuda y obligaciones que Cataluña asumiese. No sería lícito que España transfiriese a Cataluña una deuda contraída para adquirir ciertos bienes y que se negase al mismo tiempo a transferir estos bienes al Estado catalán”.
Y añade que “en el supuesto que el Estado Español no quisiese transferir a Cataluña los activos de su arsenal militar asociados a la deuda que asumiese el Estado catalán, éste podría desvincularse de la deuda del Ministerio de Defensa. Esto mismo es aplicable a la deuda del resto de Ministerios y entidades públicas del Estado”.
Embajadas, bases militares y satélites
Emblema de la Base Juan Carlos I (HansenBCN, Wikimedia Commons)Emblema de la Base Juan Carlos I (HansenBCN, Wikimedia Commons)
Entre esos bienes que reclamaría Cataluña se encuentran también “barcos y aeronaves del Estado” y bienes “extraterritoriales”, entre los que se incluirían “embajadas, consulados, sedes de instituciones y organismos públicos, bases militares y científicas, plataformas petrolíferas y otras estructuras situadas en alta mar, etcétera. Y los bienes situados en el espacio ultraterrestre, como, por ejemplo, satélites artificiales o instalaciones espaciales”.
El informe cita las bases Juan Carlos I y Gabriel de Castilla (científica y militar), en la Antártida, como dos de los bienes a repartir. En el caso de ingenios espaciales propiedad del Estado español, se han de tratar como transmisión de bienes extraterritoriales. No obstante, deja la puerta abierta a “pactar una gestión conjunta de algunos de estos bienes extraterritoriales como bases científicas, bases militares e ingenios espaciales”.
Esta opción también quedaría abierta para el caso de las embajadas “mediante las figuras de la acreditación múltiple y la acreditación plural, que permiten que una misma embajada pueda representar a dos o más Estados acreditados ante un único Estado acreditante”.
Tabla rasa con la deuda
Lo que no asumirá Cataluña de ninguna manera son las deudas de España con organismos internacionales, para los que “sería perfectamente legítimo que Cataluña exigiese la aplicación del principio de tabla rasa en este supuesto concreto”.
En cambio, la deuda con proveedores, como Aena, Adif o RTVE deberá ser asumida “de forma equitativa a sus títulos y activos. (…) En caso de que los activos de estas entidades en el territorio del Estado sucesor se segreguen de la casa matriz, habría de ser la casa matriz la que continuase asumiendo esta deuda, mientras no se llegase a un acuerdo en contrario”. Los créditos del ICO, por su parte, no son objeto de transmisión, “ya que responden a una relación personal entre el Estado español y un tercero”. Cataluña tampoco se haría cargo de la parte proporcional de la deuda de la Seguridad Social contraída con particulares, del llamado déficit tarifario eléctrico, ni del rescate de las empresas concesionarias de autopistas de Madrid.
Meter mano en las cuentas corrientes
El informe señala, asimismo, que el Estado español tiene “4.823 cuentas corrientes en diferentes entidades bancarias de todo el mundo: 423 en el propio Banco de España, 3.163 en entidades del sistema bancario español y 1.237 en entidades extranjeras. Aunque dependerá del organismo titular y de su finalidad, en principio se podrían considerar activos de Estado no territorializables. Por tanto, se habrían de transmitir según el criterio de proporcionalidad y de forma equitativa con la transmisión de la deuda no territorializable del Estado”.
De la misma manera, reclamará una parte proporcional de los bienes, archivos culturales y patrimonio cultural del Estado español. Y, evidentemente, a los bienes muebles e inmuebles que tiene el Estado. “Es importante señalar –subraya el texto– que la transmisión afecta a todos los bienes con independencia de su grado de protección: bienes de interés cultural, bienes muebles inventariados y el resto de patrimonio histórico español, que incluye todos los bienes muebles e inmuebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico y técnico, para los cuales no existe un inventario general”.
Otra cosa es la deuda que España tiene con Cataluña, y que “a fecha de octubre de 2013, según cifras de la Generalitat, se puede cifrar en unos 9.375 millones de euros”. Para justificar esta cantidad, se remite a un documento de Presidencia de la Generalitat elaborado a mediados de ese mes, que lleva por título La deslealtad del Estado respecto a Cataluña. Balance de situación. Recuerda en este apartado que “Cataluña podría exigir compensaciones económicas por el incumplimiento de los compromisos financieros y de inversiones. Esta práctica está perfectamente reconocida por la jurisprudencia internacional”.
Los asesores de Mas le aconsejan reclamar el 16% del arsenal militar español - Noticias de Cataluña