España considera como fuentes del derecho la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. La jurisprudencia en España podríamos decir que no existe, se refiere a dos sentencias del Supremo que interpreten una norma en un sentido.
Ahora bien, el mismo Supremo puede desdecirse en un momento dado. Una sentencia de cualquier tribunal contraria a la jurisprudencia no es automáticamente invalidada, sino que se puede ir en casación al Supremo. Aquí, en el caso de la infanta posiblemente se apele al Supremo la Doctrina Botín. Y pueden ser consecuentes o no...
Otra cosa es el sistema anglosajón. La fuente del derecho es la jurisprudencia. O sea, un juez, un juicio genera jurisprudencia y se puede usar como "legislación" en otros juicios según sentencias de otros jueces. Aquí puedes apelar que a menganito no se le trató igual, y el juez con toda la razón se puede limpiar el culo con tu defensa.
Pero vamos, aquí generaría jurisprudencia el Supremo con dos sentencias que se interpreten en un sentido, y por ende el Tribunal Constitucional, aunque esto no esté recogido en ningún sitio, este lee e interpreta la Constitución en un sentido.