Discriminación "Positiva" y Políticas de "Igualdad"

Tras este lamentable episodio, la señora Rivas volvió con el supuesto maltratador y retomó la vida en común, teniendo de hecho otro hijo a posteriori. Caramba... ¿no era un malvado maltratador, terrorista y torturador (según ella)? ¿Por qué vuelve con él entonces? ¿No se la podría acusar entonces de poner conscientemente ELLA a sus hijos en peligro?

Comentarios como estos son los que alimentan la culpabilización de las víctimas. Cuando existe una dependencia emocional no es tan raro que se den esos episodios de idas y vueltas. No voy a prejuzgar pero a lo mejor hay que ponerse un poco en la lógica de la víctima. Una de las cosas que me repiten muchas victimas en las asistencias es que se sienten frecuentemente cuestionadas y juzgadas, y no precisamente por quienes tienen encomendada esa misión...
 
Tras este lamentable episodio, la señora Rivas volvió con el supuesto maltratador y retomó la vida en común, teniendo de hecho otro hijo a posteriori. Caramba... ¿no era un malvado maltratador, terrorista y torturador (según ella)? ¿Por qué vuelve con él entonces? ¿No se la podría acusar entonces de poner conscientemente ELLA a sus hijos en peligro?

Comentarios como estos son los que alimentan la culpabilización de las víctimas. Cuando existe una dependencia emocional no es tan raro que se den esos episodios de idas y vueltas. No voy a prejuzgar pero a lo mejor hay que ponerse un poco en la lógica de la víctima. Una de las cosas que me repiten muchas victimas en las asistencias es que se sienten frecuentemente cuestionadas y juzgadas, y no precisamente por quienes tienen encomendada esa misión...

¿Es víctima un sinónimo de niño pequeño, o persona con las facultades mentales mermadas? Porque a veces lo parece. Es como si ser víctima de algo te librara de toda tu responsabilidad en tus decisiones, como un comodín. Es muy difícil vivir en esta vida sin ser víctima de algo. Si no de malos tratos, de acoso escolar o laboral, o de acoso sexual, o de la inseguridad ciudadana. A mi casa han intentado entrar a robar tres veces, y de momento no lo han conseguido. Todos acabamos siendo víctimas de algo y tragando con algo que nos puede hacer daño. ¿Vamos todos por la vida sin responsabilizarnos por ello?

Yo no creo que se culpabilice a las víctimas. La culpa de una agresión, solo puede ser del agresor. Si te dan una hostia, la culpa es del agresor. Cuando te dan la segunda, la culpa sigue siendo del agresor, pero parte de la responsabilidad, que no la culpa, es tuya. Yo, donde sé que me voy a quemar, no meto el dedo.
De acuerdo, entonces, hay un problema de dependencia emocional, de inseguridad o de falta de autoestima por haber sufrido malos tratos... si compramos eso, ¿como una persona que es incapaz de tomar decisiones responsables sobre su propio bienestar, va a estar capacitada para tomar decisiones sobre terceras personas?
 
Lo primero es empatizar con la víctima y no cuestionar constantemente lo que hizo o la lógica de sus decisiones. Ya habrá un procedimiento donde dichas decisiones sean cuestionadas.

¿como una persona que es incapaz de tomar decisiones responsables sobre su propio bienestar, va a estar capacitada para tomar decisiones sobre terceras personas?

Ese discurso es insostenible. A lo mejor lo que hay que hacer es ayudarla no cuestionar continuamente sus decisiones, que por otra parte sufre en primera persona.
 
Yo no creo que se culpabilice a las víctimas. La culpa de una agresión, solo puede ser del agresor. Si te dan una hostia, la culpa es del agresor. Cuando te dan la segunda, la culpa sigue siendo del agresor, pero parte de la responsabilidad, que no la culpa, es tuya. Yo, donde sé que me voy a quemar, no meto el dedo.

¿Realmente te crees que es una analogía correcta? ¿Y si hay hijos? ¿Dependencia económica? ¿Dependencia emocional? ¿O un problema de consumo de sustancias?
 
Cuñaos dices los que condenaron al marido y beatificaron a esta elementa sin tener ni puta idea de lo que había pasado, ¿no?
Ambos. Los que se pusieron de parte de uno de los dos bandos. NADIE tenía (ni tiene) la información como para opinar al respecto. NADIE.

Pero los medios se lanzaron como perros antes de conocer absolutamente nada del caso, solo por que era mujer y salió lloriqueando diciendo que había sido maltratada. Otros nos leímos las sentencias y obtuvimos la información de lo que había pasado realmente antes de condenar o defender a nadie. Si tu crees que es lo mismo, pues muy bien.

Y perdona, eso de que NADIE tiene información veraz del caso lo dirás tu. Solo hay que buscarla y no dejarse obnubilar por la pobre fémina lloriqueante.
 
Tras este lamentable episodio, la señora Rivas volvió con el supuesto maltratador y retomó la vida en común, teniendo de hecho otro hijo a posteriori. Caramba... ¿no era un malvado maltratador, terrorista y torturador (según ella)? ¿Por qué vuelve con él entonces? ¿No se la podría acusar entonces de poner conscientemente ELLA a sus hijos en peligro?

Comentarios como estos son los que alimentan la culpabilización de las víctimas. Cuando existe una dependencia emocional no es tan raro que se den esos episodios de idas y vueltas. No voy a prejuzgar pero a lo mejor hay que ponerse un poco en la lógica de la víctima. Una de las cosas que me repiten muchas victimas en las asistencias es que se sienten frecuentemente cuestionadas y juzgadas, y no precisamente por quienes tienen encomendada esa misión...

Venga, te compro el argumento. Hay relaciones tóxicas en las que una persona tiene tal dependencia de la otra, que toma decisiones aparentemente absurdas y contra el sentido común. Pero... eso funcionará en las dos direcciones, ¿no? Por que si alguien toma decisiones absurdas en este caso, no es Juana Rivas, sino el Señor Acuri. Después de que Juana lo denuncie, recordemos, por volver en estado de embriaguez a altas horas de la madrugada y enzarzarse a romper enseres domésticos y terminar en un forcejeo (hubo denuncia MUTUA), tras pasar un infierno con ella, y ser condenado, no solo la acepta de nuevo en SU casa, sino que tiene otro hijo con ella.

No solo eso, es que la señora Rivas, la que considera a su ex-pareja un "terrorista" y un "maltratador peligroso" no tuvo problema alguno en irse varios meses de viaje al extranjero con su nuevo novio y dejar a sus hijos con Francesco. ¿No sería eso, según ella misma, ponerlos en peligro?

En fin, hay TANTAS cosas en este caso que no cuadran, y que deberían haberse investigado antes de empezar a soltar mierda contra el marido, que no acabaríamos nunca.

Esta carta de una abogada pone bastantes puntos sobre las íes:

"En tantos años de profesión nunca había sentido lo que ayer, escuchando la entrevista telefónica que una cadena de televisión realizó a Adolfo Alonso, compañero abogado que defiende los intereses del padre de los dos hijos de Juana Rivas.

Me dolía -me dolía especialmente, y me sigue doliendo- su dolor profundo al expresar cuantísima tristeza le produce la situación. Y el estupor paralizante que siente cuando algo que pertenece al campo del Derecho se convierte -sin sustento alguno- en un circo mediático. Me dolía su impotencia, sabiendo que no importaba lo que dijera: ni se le iba a entender jurídicamente, ni mucho menos comprender empáticamente. Su cliente está condenado públicamente por el solo hecho de ser hombre.
Afloran datos, sí... La Sra. Rivas no ha dudado en exhibir ante las cámaras el Fallo de la Sentencia de 2009 que condenaba al padre de sus hijos a tres meses de prisión por la comisión de un delito de lesiones del art. 153.2 y 3 del Código Penal. Añado: DEL CÓDIGO PENAL ESPAÑOL.

Para quienes no se manejen en estas cuestiones, este artículo contempla como delito leve las acciones -maltrato, sirve un empujón, una bofetada- QUE NO CAUSAN LESIONES. Sólo que si la persona que recibe ese trato (como en este caso sería) es o ha sido esposa o pareja, se agrava la pena y pasa a ser delito encuadrado en el marco de la violencia de género.
Lo interesante, si es que alguien quiere investigar, son varias cuestiones a destacar:

a) en ese mismo Fallo de Sentencia se observa que JUANA ES ABSUELTA y su pareja ES CONDENADO. Esto es: SE DENUNCIARON MUTUAMENTE POR MALTRATO (lo que ocurre en una riña entre dos). Él afirma que llegó a una conformidad y aceptó porque se le estaba privando de ver a su hijo (entonces uno solo) y era la única forma de volver a verlo. He de decir que, tristemente, esta realidad se vive a diario en los Juzgados de toda España, donde es la palabra de uno contra otro y no hay parte de lesiones alguno que justifique la denuncia.

b) La condena del art. 153 del Código Penal implica que, muy lejos de lo afirmado por Juana en los medios de comunicación (acerca de que le dio una paliza por llegar a altas horas de la madrugada y que tuvo que ser asistida hospitalariamente), estas afirmaciones faltan a la verdad. Y lo son por el propio contenido de la condena: el art. 153 del Código Penal español, por el que fue condenado , implica que NO HAY LESIONES. Ni, por supuesto, parte de lesiones. Ni por lo tanto, palizas ni malos tratos. Y una persona que falta a la verdad e algo tan grave, debe ser cuestionada en el resto de afirmaciones que realice.
Partiendo de esta triste constatación, me remito al plano escrupulosamente jurídico de la cuestión:

Estamos hablando de una señora que, tras el episodio de 2009 -juzgado en España- retoma la convivencia con el padre de sus hijos, naciendo un segundo hijo de la relación. Y que en 2016 -ignoramos si antes también- al finalizar el curso escolar viene a España indicando al padre que regresará -como parece natural- al finalizar las vacaciones.

Una vez en España, y como la vez anterior (y, en mi opinión, intentando valerse del sistema judicial español), Juana denuncia en Granada un (supuesto) maltrato psicológico por parte del padre. Pero como existen normas procesales vinculantes para todos los jueces y todos los Juzgados, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Granada estima que ese asunto debe ser instruido (y juzgado en su caso) en Italia.

Al mismo tiempo el padre, viendo que Juana y sus hijos no regresan y no habiendo sido consultado ni aceptado esa decisión unilateral de la madre, hace lo que tiene que hacer: acude al Juzgado correspondiente en solicitud del cumplimiento de un Convenio Internacional suscrito tanto por Italia como por España, el CONVENIO DE LA HAYA SOBRE SUSTRACCIÓN DE MENORES. Porque existe sustracción de menores cuando uno de los progenitores se lleva del país de residencia de los menores a éstos sin consentimiento o aceptación del otro progenitor.

Por supuesto, existe una excepción a la obligación de devolver a los menores a su país de residencia, y esta excepción consiste en que la restitución al país de residencia suponga un grave riesgo para el menor: RIESGO QUE NO HA SIDO APRECIADO POR DOS TRIBUNALES.

Eso es lo que hizo, en un procedimiento judicial en el que JUANA ESTUVO REPRESENTADA Y DEFENDIDA. Y en el que el juez correspondiente determinó que NO EXISTÍA ESA SITUACIÓN DE RIESGO, y que por tanto los menores debían regresar al domicilio familiar. Y no sólo eso: JUANA RECURRIÓ, y un Tribunal Superior confirmó la decisión del Juez.
El compañero Alonso lo explicó claramente: no se está decidiendo absolutamente nada acerca de la patria potestad, ni de la guarda y custodia... Se está ventilando un asunto de SECUESTRO INTERNACIONAL DE MENORES. Eso, le pese a quien le pese, es lo que ha hecho la madre. Y me permito decir que si ella, Juana, estuviera bien asesorada, hace tiempo que debería haber iniciado los correspondientes procedimientos en Italia (país competente para decidir)para resolver lo relativo a la guarda y custodia de sus hijos, alimentos, visitas y demás medidas que han de adoptarse en los supuestos en que los padres rompen su convivencia.

Pero Juana no sólo decidió unilateralmente que no iba a hacer esto. Dando un giro de tuerca y pese a que (en un proceso en el que ha estado personada y ha sido parte) hay una resolución y una orden firme de restitución de los menores, decide que no los va a entregar.

El Juzgado de Primera Instancia 3 de Granada, a quien ha correspondido este asunto (Cooperación Internacional: el Juzgado de granada se limita a cumplir una resolución firme dictada por otro país que suscribió el Convenio de la Haya), dicta la correspondiente resolución, fijando día y hora de la puesta a disposición y restitución de los menores.

Como decimos, la madre se niega a cumplir, situándose en un punto complejo. Debemos pensar que su abogada la habrá aconsejado como corresponde, haciéndole saber las consecuencias PENALES de dicho comportamiento: nos situamos en un plano delicado, ya hablamos de obstrucción a la justicia, desobediencia judicial, secuestro -por vez segunda-..., procesos todos ellos que sí se ventilarán en España, en Granada. Y de hecho, ya la Juez del jugado de Violencia sobre la Mujer ha derivado la petición del padre a los Juzgados de Instrucción.

Le pese a quien le pese, se trata de un asunto que se está ventilando en los Juzgados de Italia. Y éstos han decidido (en un proceso en el que la madre ha sido parte) que los niños han de volver.

Y volvemos a la entrevista del compañero Adolfo Alonso, y a su sensación de impotencia al hablar con los medios de comunicación: DA LO MISMO LO QUE DIGA EL PADRE, porque siempre ¡siempre! Va a tener más peso lo que diga la madre. Aun cuando él venga respaldado por resoluciones judiciales. Aun cuando ella haya cometido toda una suerte de actos y adoptado decisiones por la vía de hecho ILEGALES. No importa que una madre haya secuestrado a dos menores alejándolos de un padre, ni que desobedezca y obstruya a la justicia. Siempre pesará el calificativo de MALTRATADOR, hayan pasado los años que pasen. Sin importar si los antecedentes están cancelados. Sin importar si se aquietó a la denuncia y retiró la suya en beneficio de la relación familiar. Nadie, absolutamente nadie, apostará por él."

Por cierto, no solo es a mi a quien todo este circo huele a cuerno quemado. La señora Susana Díaz, que daba su brazo por Juana no hace mucho (creo que ayer mismo salía de nuevo a ello en unas vergonzantes declaraciones), recula ahora y donde dije Digo, digo Diego.

Susana Díaz abandona a su suerte a Juana Rivas - Diario16

Por algo será, ¿no?
 
Lo primero es empatizar con la víctima y no cuestionar constantemente lo que hizo o la lógica de sus decisiones. Ya habrá un procedimiento donde dichas decisiones sean cuestionadas.

¿como una persona que es incapaz de tomar decisiones responsables sobre su propio bienestar, va a estar capacitada para tomar decisiones sobre terceras personas?

Ese discurso es insostenible. A lo mejor lo que hay que hacer es ayudarla no cuestionar continuamente sus decisiones, que por otra parte sufre en primera persona.

¿Y quién es la víctima? ¿La que dice que lo es y lloriquea un rato en los medios? ¿No sería mejor INFORMARSE antes de los hechos? No, para qué. Todos somos jueces y verdugos.
 
Y perdona, eso de que NADIE tiene información veraz del caso lo dirás tu. Solo hay que buscarla y no dejarse obnubilar por la pobre fémina lloriqueante.
Periodismo de pantuflas y batín, ok.

Ah, que soltar mierda desde el minuto cero sin saber ni una sola coma del caso, solo por que una señora que ha SECUESTRADO a sus hijos dice que lo ha hecho para protegerlos de un malvado maltratador es periodismo serio y de calidad. Entiendo.
 
Yo quiero leer esta sentencia... Porque aun no la he visto. Y hablas como si la hubieras leído. No sé, a veces la pasión nos ciega, pero eso de llegar a una conformidad para poder ver a su hijo... Suena un poco raro.
 
Lo primero es empatizar con la víctima y no cuestionar constantemente lo que hizo o la lógica de sus decisiones. Ya habrá un procedimiento donde dichas decisiones sean cuestionadas.

¿como una persona que es incapaz de tomar decisiones responsables sobre su propio bienestar, va a estar capacitada para tomar decisiones sobre terceras personas?

Ese discurso es insostenible. A lo mejor lo que hay que hacer es ayudarla no cuestionar continuamente sus decisiones, que por otra parte sufre en primera persona.

¿Y quién es la víctima? ¿La que dice que lo es y lloriquea un rato en los medios? ¿No sería mejor INFORMARSE antes de los hechos? No, para qué. Todos somos jueces y verdugos.

Lo digo yo. Y lo dice el Estatuto de la Victima.
 
Otros nos leímos las sentencias y obtuvimos la información de lo que había pasado realmente antes de condenar o defender a nadie.

¿La sentencia del 2009 esta colgada en algún sitio?

Con esto es más que suficiente para ver que lo que he dicho es correcto. Se denunciaron mutuamente, el artículo por el que es condenado Francesco es el 152.2.3 (agresión en el ámbito doméstico con lesiones leves o sin lesiones), y se declaró culpable para evitar perder temporalmente la custodia de su hijo, aconsejado por su abogado, que lo ha reconocido en multitud de ocasiones.

En cualquier caso, es una sentencia del 2009, y en cualquier sistema legal serio, como bien sabes, está ya más que prescrita y no debe tener repercusión legal alguna, mucho menos frente a un delito más grave como es la sustracción ilegal de menores.


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Lo primero es empatizar con la víctima y no cuestionar constantemente lo que hizo o la lógica de sus decisiones. Ya habrá un procedimiento donde dichas decisiones sean cuestionadas.

¿como una persona que es incapaz de tomar decisiones responsables sobre su propio bienestar, va a estar capacitada para tomar decisiones sobre terceras personas?

Ese discurso es insostenible. A lo mejor lo que hay que hacer es ayudarla no cuestionar continuamente sus decisiones, que por otra parte sufre en primera persona.

¿Y quién es la víctima? ¿La que dice que lo es y lloriquea un rato en los medios? ¿No sería mejor INFORMARSE antes de los hechos? No, para qué. Todos somos jueces y verdugos.

Lo digo yo. Y lo dice el Estatuto de la Victima.

Desarrolla eso. ¿Por qué es una víctima para ti? ¿En qué te basas, aparte de en que lo dice ella?
 
Ósea que aunque no la has leído hablas con total soltura de los hechos probados... Y no solo eso sino que recoges la versión de la parte condenada... Oye, al menos esta bien saberlo.

mucho menos frente a un delito más grave como es la sustracción ilegal de menores.

Bueno el delito de sustracción esta subjudice, y también te digo que penalmente es defendible que no se ha cumplido con el tipo.
 
Te acabo de poner capturas de las partes significativas. ¿Qué es lo que no "he leido"? ¿Lo de que es sentencia por conformidad? ¿O lo de que es el 153.2.3?

Ya, lo que me digas que el delito de sustracción está subjudice, con el circo que se ha montado, y los críos desaparecidos tanto tiempo, es ya de traca, ¿eh? De traca.

El juzgado de primera instancia 3 de Granada acordó en diciembre que los niños habían sido "sustraídos" por la madre y que debían volver con su padre a Italia en virtud del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, el conocido como Convenio de La Haya, de 1980. La sentencia señalaba que la "retención" en España de los dos menores era "ilícita", entre otros motivos porque no había "un consentimiento previo" del padre. El fallo establecía que no había "un peligro grave físico o psíquico" para los menores, para lo que se invocaba una prueba pericial. "El menor manifiesta que quiere vivir con su madre, aunque no le importaría pasar el verano con su padre en la isla. No se observa a lo largo de la evaluación con el menor que su restitución al contexto paterno suponga un grave peligro para su integridad física o psíquica", señalaba.
 
Y no por ti, que imagino lo conocerás al dedillo,sino por si alguien aún tiene dudas, este es el famoso artículo 152.2.3 por el que Arcuri fue condenado:

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Es decir, se le aplica la condena mínima, se le aplica el agravante de haber sido en el ámbito familiar, y luego se le aplica también la reducción estipulada por conformidad (un tercio de la pena), por lo que se queda en condena mínima. Recordemos, esto NO ES violencia de género ni maltrato, es una condena por LESIONES EN EL ÁMBITO DOMÉSTICO, artículo estipulado para riñas familiares sin consecuencias graves. Que a partir de esto, que además está más que prescrito, nos creamos legitimados para llamar maltratador a este hombre, debería estar penado por delito contra el honor. El objeto de cualquier sistema penal es la REINSERCIÓN, que ahora estemos discutiendo si se debe estigmatizar de por vida a alguien por un hecho puntual, más aún si se trata de algo como esto, es DEMENCIAL.
 
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