Discriminación "Positiva" y Políticas de "Igualdad"

Se habla de poder meter en prisión (y lo que no es prisión) a un inocente con una ligereza que pone los pelos de punta. Ya nos lo contarás si te pasa. Ojalá que no.

Como podía hacer la policía igualmente antes de la ley.
 
¿Perdón? ¿Por lo visto el qué? Sois "vosotros" a los que os parece un "mal menor" enchironar preventivamente a inocentes.
 
La plaga de inocentes enchironados es espeluznante

Se han hecho leyes mas salvajes y menos garantistas contra el terroristmo y se han aplaudido con las orjeas
Si eta ahora mismo matase 40 personas al año viviriamos en un estado de excepcion

No es una mala ley, hay mucho ruido cuñado, hay mucho miedo, pero si realmente los calabozos estuviesen llenos de inocentes habria mucha contestacion social mas allá de la del partido cuñado
 
Lo que él me ha contado. Me detuvieron. Estuve dos meses en chirona. Estoy en libertad con cargos.

No sé más. Y tampoco le pregunté, obviamente. Estaba llorando.

Pues algo de lo que te ha dicho o no te ha dicho es, cuanto menos, inexacto. La prisión preventiva requiere de algo más que una denuncia y un parte de lesiones genérico. Y si luego le atribuyen un "delito leve", pues más raro veo todo el asunto.

Algunos os estáis aferrando a unas estadísticas que muchos no terminamos de creernos.
¿Sólo un 0,01% de denuncias de maltrato son falsas? no lo creo, ni mucho menos.
Más bien un 0,01% de denuncias falsas han acabado en sentencia condenatoria para la mujer, pero la realidad es que es muy difícil para el hombre demostrar la falsedad de una denuncia y ,aún pudiendo aportar pruebas, en un gran porcentaje de los casos el juez opta por no condenar a la mujer.

Efectivamente con las estadísticas se hace trampa. Es evidente que sólo se consideran como denuncias falsas, o bien las que terminan en condena, o bien sobre las cuales se deduce testimonio en el Juzgado. Tampoco dice la estadística cuantos "culpables" han sido absueltos por falta de pruebas, ya te digo yo que más que las denuncias falsas... Pero ese dato es ignorado también a conveniencia.

Dicho todo esto, a Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se la ha cuestionado desde el minuto uno. La mayoría de los cuestionamientos son puramente ideológicos, es curioso que se diga combatir a la ideología de género desde otra perspectiva eminentemente ideológica. Supongo que muchos han detectado negocio en esos asuntos.

Mi impresión es mucho más matizada, quizás exista un exceso en determinados asuntos, donde se penalizan determinadas situaciones que quizás estén mas en la esfera del trabajo social, pero en líneas generales es una Ley necesaria.
 
¿Perdón? ¿Por lo visto el qué? Sois "vosotros" a los que os parece un "mal menor" enchironar preventivamente a inocentes.

Bueno en muchos casos lo que se hace es una detención y puesta a disposición de la autoridad judicial al día siguiente.
 
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No es cuestión de opiniones.

Importantísima es, a los efectos que ahora nos ocupan, la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Segunda, de lo Penal de 12 de julio de 2005, rec. 419/2004, en la que se especifica con claridad que:

"En los supuestos de intervención policial que concluye con la detención de una persona, el examen de la racionalidad de la sospecha que justifica la medida debe hacerse ex ante, y no esperar a la confirmación ex post de los indicios racionales, por lo que es correcto detener con base racional aun cuando posteriormente se determine que el sujeto no ha cometido el ilícito. En realidad, la detención efectuada por los miembros de los Cuerpos Policiales se considerará delictiva cuando ésta se haya efectuado sin indicio razonable alguno de la posible comisión por el detenido de un delito, porque en tales casos la racionalidad y la proporcionalidad se ven desplazadas por la arbitrariedad, situación de arbitrariedad y total sinrazón que no se aprecia en el supuesto de autos a la vista del comportamiento de quien contraviene flagrantemente las disposiciones adoptadas en el ejercicio de sus funciones por los funcionarios policiales, avasallando con la fuerza física a los mismos para conseguir su propósito en contra de dichas disposiciones y resistiéndose activamente a la detención practicada por esa manera de actuar, actuación que, en principio (ex ante) permite considerar la comisión presunta de un ilícito de desobediencia y/o de resistencia a los Agentes de la Autoridad al utilizar la fuerza contra éstos o emplear resistencia activa contra los mismos, provisoriamente incardinable en los tipos penales de los artículos 550 o 556 del Código Penal. De suerte que en este escenario fáctico, el juicio de racionalidad de la posible comisión de una acción delictiva justifica la medida adoptada por los funcionarios policiales y, desde luego, excluye todo viso de arbitrariedad o abuso en la actuación de éstos, por lo que, aunque ex post el Tribunal sentenciador no haya apreciado una actuación delictiva por parte del detenido (al acusar el Ministerio Fiscal únicamente de una falta), ello en modo alguno excluye que en el momento de los hechos existieran esos indicios racionales que sustentaban la actuación policial, como con toda facilidad se aprecia con la simple lectura de los Hechos Probados."

Detención

El otro día en un programa de 13TV intervino un subinspector de policía, que fue nº1 del sindicato independiente de la policía, y que son de los que están todos los días enfrentándose a la realidad de las denuncias por maltrato, en este caso como jefe de turno, no teorizando en un foro.
Dijo que en la práctica la polícía no hace valoración alguna de si debe detenerse o no al acusado de malos tratos, como se le pide en determinada instrucción, se detiene sí o sí.. Vamos, lo mismo que me han dicho amigos policías de primera mano.

transcribo una parte de lo que dijo:

...la instrucción 5/2005 en la cuál se dice que los policías en caso de malos tratos tenemos que comprobar, como se hizo en el caso de López Aguilar, preguntar a los vecinos y a los familiares si realmente procede, si realmente eso es verdad y procede la detención NO SE HACE y sistemáticamente, y lo digo con mucha pena, sistemáticamente, mientras los jueces o los políticos nos dejen a nosotros la potestad o que seamos nosotros culpables de lo que pase a la mujer SE VA A DETENER SIEMPRE porque en previsión detienes , sabiendo que hay barbaridades (refiriéndose después a evidentes denuncias falsas)...etc etc

A partir del minuto 11:25

13TV - WebTV - vídeo Detenida por denuncia falsa la mujer que acusó a su expareja de echarle pegamento en la vagina
 
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Se habla de poder meter en prisión (y lo que no es prisión) a un inocente con una ligereza que pone los pelos de punta. Ya nos lo contarás si te pasa. Ojalá que no.

Yo creo que Hal ya ha explicado antes (y geminis ahora) que esa ligereza que comentas para meter en prisión y enchironar no es tal ligereza.

Pero que repito, a mí no me gusta la ley, pero desgraciadamente hay que elegir entre:

- Las mujeres maltratadas que denuncian maltratadores violentos reales y el riesgo que corren al denunciar si estos se quedan en su casa.
- Los hombres inocentes a los que mujeres que son malas personas les quieren hundir en la miseria.

Esta es la realidad. Si se os ocurre una solución mejor, encantado de oírla.

Siempre va a haber un inocente perjudicado. Para mí está claro donde no se puede correr el riesgo.
 
Uno de mis primos y su ex-pareja empezaron a discutir en la calle en Logroño y empezaron a tirar del carro de su hijo,con dos años por aquel entonces.El crío empezó a llorar y ella a gritar "me quiere quitar a mi niño". Dos chavales que pasaban por allí se metieron en medio (el labio partido y varios hematomas en la cara) y para rematar la faena llamaron a la policía local. ¿Qué pasó?

Él denunció a los chicos y ellos testificaron en su contra porque estaba intentando "secuestrar" a su propio hijo. La atendieron a ella en un centro de salud cercano por un "ataque de ansiedad" y le denunció por "maltrato". Contó que mi primo la trataba fatal a ella y al niño,perdía los papeles a menudo,etc. Sin una puñetera prueba,señoras y caballeros.
Hubo un juicio y terminó con una orden de alejamiento durante tres meses. Veía al niño un día a la semana y siempre con un asistente social como testigo.:doh

Ella tiene ayudas de los servicios sociales en forma de una ayuda económica (trabaja días sueltos y los fines de semana en una fábrica de calzado) y un piso de alquiler (paga entre 100-200 euros). Mi primo vive con su madre (no se puede permitir un piso solo o compartido con un sueldo de 700-800 euros al mes) y la pasa una "ayuda" de doscientos euros para el niño al mes.Es comercial autónomo (puertas de garaje y porteros automáticos) y viaja a menudo por España,pasa hasta dos semanas fuera de casa por trabajo.
El chico cada vez es más mayor (cumple catorce el próximo mes de enero).No han tenido el contacto que hubiese querido su padre y es un extraño,quedan cuando puede y tienen una relación fría.Ni tan siquiera le llama papá.
 
Muy bien, Willy. Explícame por qué, si mi mujer me agrede, yo no tengo la presunción de verdad en mi denuncia, mientras que al revés si. Explícame por qué yo no tengo derecho a la asistencia del 016 pero mi mujer si.

No pervirtáis el debate llevándolo donde os interesa. Nadie está diciendo que no se deba proteger a las mujeres maltratadas. Lo que decimos es POR QUÉ la ley es tan garante con ellas, y no en sentido contrario. No queremos que deje de ser garante, solo que sea justa para todos, por que todos deberíamos ser iguales ante la ley.
 
Para mí está claro donde no se puede correr el riesgo.

Para mí también. Antes un culpable en la calle que un inocente en prisión.

Crímenes y criminales van a existir siempre; lo demás son autoengaños y delirios pseudototalitarios que buscan paraísos imposibles cercenando libertades.

Protección, apoyo y facilidades para toda mujer que se sienta amenazada (pisos de acogida, asesoramiento legal, escolta, etc.) pero nunca prisión preventiva para un hombre sin que existan evidencias claras de que ha cometido (o pretende cometer) un delito.

Si se os ocurre una solución mejor, encantado de oírla.

Te diría pulsera electrónica y orden de alejamiento temporal... pero ni en eso estaría de acuerdo (aunque, al menos, no hablaríamos de prisión). La presunción de veracidad de un sexo sobre el otro me parece una BARBARIDAD (se supone que todos somos iguales ante la ley); debería declararse inconstitucional... y espero que, al igual que hay poderes fácticos que presionan en una dirección, los haya también que presionen en la otra (que a mí me parece que es la razonable).

"Yo no puedo meter a Cady en la cárcel simplemente porque usted me diga que está planeando matar a su mujer. Usted es abogado, señor Bowden, y lo sabe mejor que nadie" Teniente Elgart (Robert Mitchum) en el remake de Cape Fear.
 
Para mí está claro donde no se puede correr el riesgo.

Para mí también. Antes un culpable en la calle que un inocente en prisión.

Y eso es lo que ocurre. Ya te lo digo yo. Es más, ante la duda se absuelve. Lo que no se puede pretender es que todas las absoluciones sean producto de una "denuncia falsa".

Protección, apoyo y facilidades para toda mujer que se sienta amenazada (pisos de acogida, asesoramiento legal, escolta, etc.) pero nunca prisión preventiva para un hombre sin que existan evidencias claras de que ha cometido (o pretende cometer) un delito.

Y eso es lo que sucede. El art. 505 Lecrim. es sustancialmente el mismo. No han cambiado los requisitos que permiten adoptar la medida de prisión preventiva. Lo que pasa es que no es lo mismo la detención que la prisión preventiva. Y ya te digo yo que la prisión preventiva no se adopta porque "mi mujer me ha denunciado y ya está".

Comparto tu visión respecto al apoyo y la protección. Pero creo que también hay que reflexionar sobre si lo adecuado en el proceso es que sea la víctima quien se tenga que: ir de casa, llevar escolta... Y es que una cosa es el principio de presunción de inocencia, y otra que existan indicios que permitan adoptar determinadas medidas cautelares que limiten la libertad del individuo, siempre en el marco de un proceso garantista y contradictorio.


Si se os ocurre una solución mejor, encantado de oírla.

Te diría pulsera electrónica y orden de alejamiento temporal... pero ni en eso estaría de acuerdo (aunque, al menos, no hablaríamos de prisión). La presunción de veracidad de un sexo sobre el otro me parece una BARBARIDAD (se supone que todos somos iguales ante la ley); debería declararse inconstitucional... y espero que, al igual que hay poderes fácticos que presionan en una dirección, los haya también que presionen en la otra (que a mí me parece que es la razonable).

Es que eso de presunción de veracidad de las declaraciones de la mujer no existe. Os invito a que leaís la norma y busquéis eso que dicen que dice. Esas medidas a las que haces referencia, se pueden adoptar de manera preventiva, pero solo después de una evaluación por parte del juez, y oídas todas las partes y valoradas las pruebas en lo que se denomina "orden de protección". Te aseguro que la mayoría de estas medidas preventivas se adoptan con partes de lesiones encima de la mesa, mensajes de whapsapp, etc.

Lo que se ha hecho, y se ha declarado constitucional, es agravar determinados tipos penales en función del sujeto pasivo. Y ese fue el principal punto de discusión de la norma.



 
Géminis, cuando hablaba de prisión preventiva (perdón por no haber usado el término adecuadamente) me refería más bien al hecho de "dormir en el calabozo" antes de ver al juez (que será el que determine ése u otro tipo de medidas cautelares, si proceden).

Lo mismo para lo otro. Lo de que, cuando la única evidencia sea sólo la palabra de la mujer, los agentes (en vez de llevárselo detenido) aplicaran "de serie" una pulsera y una orden de alejamiento limitada hasta que el juez valore el caso y decida (y ya digo que, aunque sea menos traumático, con esto tampoco estaría de acuerdo).

Por otro lado, lo que tengo entendido es que cuando la ley habla de "hechos acreditados" no especifica si lo que es necesario para acreditarlos es sólo la palabra de la mujer o hacen falta declaraciones de testigos, pruebas periciales, etc. De ahí la posible indefensión, en la práctica, del denunciado (que podría conculcar la presunción de inocencia) si, por ejemplo, se hace una interpretación a favor de la palabra de la denunciante cuando ésta dice que le han causado daños psíquicos (que pueden ser preexistentes, deberse a otras causas, etc.).

Y, por supuesto, tampoco estoy de acuerdo con el agravante (mal llamado) "de género". La pena por un mismo delito no puede ser mayor en función del sexo del sujeto pasivo.

Por cierto, a ver si puedes arreglar un poco esos quotes de tu post anterior porque la cosa ha quedado un poco confusa. Gracias de antemano.

Un saludo.
 
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Muy bien, Willy. Explícame por qué, si mi mujer me agrede, yo no tengo la presunción de verdad en mi denuncia, mientras que al revés si. Explícame por qué yo no tengo derecho a la asistencia del 016 pero mi mujer si.

No pervirtáis el debate llevándolo donde os interesa. Nadie está diciendo que no se deba proteger a las mujeres maltratadas. Lo que decimos es POR QUÉ la ley es tan garante con ellas, y no en sentido contrario. No queremos que deje de ser garante, solo que sea justa para todos, por que todos deberíamos ser iguales ante la ley.

¿Pervertir el debate para llevarlo donde me interesa? ¿Qué interés tengo yo en qué en este debate? Que yo soy un hombre.

Manu, te puse ayer el enlace y está explicado el porqué, no sé si leíste todo o solo mi primer post. Lee desde el enlace: Discriminación Positiva y Políticas de Igualdad | Página 37 | NosoloHD hasta el post #929, donde pongo la comparación con los abusos a niños.

Mírate el vídeo del Wyoming (aunque te dé acidez de estómago), que lo explica muy bien. Y además está todo lo que hablamos en el otro hilo de esto se nos va de las manos. Donde explicamos también lo de los privilegios y por qué las mujeres, igual que los negros en EEUU, deben estar especialmente protegidas.

La razón es porque cuando hay un colectivo que está en riesgo hay que tomar medidas de protección mayores hacia ese colectivo. La razón es por esas 36.000 órdenes de protección a mujeres frente a las 2.700 a hombres, la razón es porque son los hombres en una inmensa mayoría los que cometen esos delitos, así de claro, son hombres, y tú eres un hombre. La razón es porque hay que proteger a las mujeres frente a los hombres. Así de llano.

Y que sí que es injusto para los inocentes, pero lo realmente triste es que haya que proteger así a las mujeres ante los hombres. De ahí que se llame violencia de género.

Y que os veo venir... Esto no quiere decir que todos los hombres sean violentos, ni que se demonice al hombre. Quiere decir que la mayoría de los que cometen este tipo de delitos son hombres.
 
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Si justificamos o aceptamos que pueda haber inocentes en la cárcel como un "mal menor", en aras de un bien mayor o de un colectivo desprotegido como el de las mujeres maltratadas... entonces se abre la veda a todo tipo de actuaciones que busquen proteger a X colectivos en situación de debilidad que justifiquen daños colaterales en aras de un objetivo superior.

Si aceptamos eso, también aceptamos los miles de muertos en Hiroshima y Nagasaki como un mal menor.

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:hail

Al REY de los ejemplos. :D

De nuevo, si te repasas los enlaces que ha puesto Hal o lo que ha dicho geminis, no se trata de meter a nadie en la cárcel.
 
:hail

Al REY de los ejemplos. :D

De nuevo, si te repasas los enlaces que ha puesto Hal o lo que ha dicho geminis, no se trata de meter a nadie en la cárcel.
Creo que se ha entendido lo que digo. En el fondo, a todos los que defendéis la ley como está planteada actualmente, se os lee directamente o entre líneas que aceptáis los daños colaterales o los "males menores", y en una sociedad garantista como siempre se defiende por estos lares...choca.

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A lo mejor tiene que ver que no estamos exigiendo que se ejecute inmediatamente de un tiro en la nuca a esos hombres.

Voy a hacer como tú con los ejemplos. Yo voy a pedir que no me miren el equipaje en el aeropuerto, o que no me cacheen al entrar a un concierto. Porque implican una presunción de culpabilidad a llevar un arma, o de tirarle una botella a alguien...
 
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A lo mejor tiene que ver que no estamos exigiendo que se ejecute inmediatamente de un tiro en la nuca a esos hombres.

Voy a hacer como tú con los ejemplos. Yo voy a pedir que no me miren el equipaje en el aeropuerto, o que no me cacheen al entrar a un concierto. Porque implican una presunción de culpabilidad a llevar un arma, o de tirarle una botella a alguien...

¿Te parece poco la pena de calabozo o la del telediario?

Repito... implícita y explícitamente aceptáis los daños colaterales. Todos estamos de acuerdo en la lacra del maltrato a la mujer... ¿pero porque en este caso aceptamos como un mal menor posibles errores en la aplicación de la ley o norma? Vale...me diréis que si me parece poco las x muertes al año. No, no me lo parece. Pero eso no creo que sea motivo para que no pueda pulirse la ley en lo que se refiere a la indefensión de una las partes.


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En una esquina, un tío de 140Kg, 2,10m, practicante de krav magá, jiu jitsu, kendo, artes marciales mixtas, capoeira y campeón del Consejo Mundial de los superpesados... y millonario.

En el otro, un Buster Keaton anónimo... y sin recursos.

Creo yo que, si Buster aparece con un ojo morado diciendo que ha sido el otro, lo mínimo será investigarlo y SEPARARLOS ¿no? Si después resulta que el hijo puta se dio contra un armario... pues ya se verá.
 
Lo de la pena del telediario, sí, es una vergüenza y lo acepto.

Mañana cuento dos experiencias que me sucedieron con mujeres en las que, por joven y no entender bien, no hice nada.
 
En una esquina, un tío de 140Kg, 2,10m, practicante de krav magá, jiu jitsu, kendo, artes marciales mixtas, capoeira y campeón del Consejo Mundial de los superpesados... y millonario.

En el otro, un Buster Keaton anónimo... y sin recursos.

Creo yo que, si Buster aparece con un ojo morado diciendo que ha sido el otro, lo mínimo será investigarlo y SEPARARLOS ¿no? Si después resulta que el hijo puta se dio contra un armario... pues ya se verá.
El ejemplo no me vale. No es este el caso que se discute respecto a la indefension.

El ejemplo sería entre dos personas normales y corrientes (teóricamente), en el que una de las dos, con una simple denuncia sobre la otra...puede hacer que el otro acabe en el calabozo. Pero al revés, no.

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