El Gobierno de Mariano - Parte II

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La loción Goya se le está yendo de las manos...
 
El Presidente del Tribunal Supremo admite su militancia en el PP siendo magistrado, pero descarta dimitir. Se acoge a la normativa relativa al Tribunal Supremo, pero como hemos visto, el artículado después se completa con la Ley del Consejo General del Poder Judicial en la que por motivos obvios, está incluida la imposibilidad de ser magistrado y militar en un partido político.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/18/actualidad/1374139876_746357.html

Ahora entramos en la indefensión jurídica, porque este hombre como Presidente del Tribunal Constitucional, es la última instancia a la que se podría llegar en caso de denunciarle y que de acuerdo a las leyes esto vaya para arriba. Osea, no era ni simpatizante Manu, admite ser afiliado y NO DIMITE habiendo cometido una flagrante ilegalidad. También la culpa es de los políticos que le han puesto ahí como amigo.
 
18 de Julio de 2013. 14:30 horas. Mariano Rajoy Brey EL INDIGNO sigue gobernándonos.
 
A este respecto del presidente militante, González Pons defiende la legalidad de lo que ha hecho su socio. Dice que a este paso va a ser punible haber sido votante del PP.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/18/actualidad/1374144615_545371.html

Es otro escándalo más joder. ¿Cómo va a ser admisible que este hombre sea dirigiente del Tribunal Constitucional haciendo bandera de su signo político? ¿Qué indefensión jurídica tenemos el resto de españoles?
 
Los vigentes Estatutos del partido establecen una única figura, la del afiliado, con dos modalidades:

  • Militante, con obligación de cuota.
  • Simpatizante, sin obligación de cuota.
http://www.pp.es/participa/afiliate

Yo entiendo lo que dicen Manu y Cizañas.

Se puede estar afiliado al Partido Popular siendo simpatizante y pagando anualmente las cuotas obligatorias para los militantes.

Conozco mucha gente que paga anualmente a partidos sin estar afiliados.

Incluso esto, que se puede ser "aficionado" al Partido Popular y no afiliarse pero hacer lo mismo que los afiliados simpatizantes que pagan anualmente la cuota obligatoria para los militantes.

Lo que pasa es que no tiene ningún sentido.



Edito: Después de los últimos mensaje veo que el tío lo admite, pero que no le parece mal. Maravilloso.
 
El PSOE pide la dimisión de Cospedal por el asunto de Toledo. La mentira no se sostiene ya que ellos dicen que era una ayuda de cara a la campaña electoral, pero no existe ese apunte contable en la Contabilidad A. En la "B" Barcenas dice que se dieron 200000 para la concesión del servicio de limpieza úrbana del Ayuntamiento. El PP ahora dice que esos doscientos mil euros era un apunte entre gerentes.

http://www.elmundo.es/elmundo/2013/07/18/espana/1374140559.html

Decía María Milf de Cospedal que en el PP cada palo aguanta su vela... Pues nada la quiero ver con su mantilla de procesión con Luis del Gran Poder.

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Los vigentes Estatutos del partido establecen una única figura, la del afiliado, con dos modalidades:

  • Militante, con obligación de cuota.
  • Simpatizante, sin obligación de cuota.
http://www.pp.es/participa/afiliate

Yo entiendo lo que dicen Manu y Cizañas.

Se puede estar afiliado al Partido Popular siendo simpatizante y pagando anualmente las cuotas obligatorias para los militantes.

Conozco mucha gente que paga anualmente a partidos sin estar afiliados.

Incluso esto, que se puede ser "aficionado" al Partido Popular y no afiliarse pero hacer lo mismo que los afiliados simpatizantes que pagan anualmente la cuota obligatoria para los militantes.

Lo que pasa es que no tiene ningún sentido.



Edito: Después de los últimos mensaje veo que el tío lo admite, pero que no le parece mal. Maravilloso.

Exactamente. Lo que yo exponía es que es posible, a la espera de sus explicaciones y su dimisión (aunque hubiera sido así, legalmente es compatible, pero moralmente es intolerable).

Ahora que ha reconocido que lo era, solo le quedaba pedir disculpas y retirarse a su casa. Pero va a ser que no. Si no dimite Rajoy, a ver por que yo si. :facepalm

Pero también me gustaría conocer eso que ha dicho González Pons de que hay otros magistrados en el Constitucional que han sido altos cargos del PSOE. Por que si es así, no sé para que coño sirve esta pantomima de institución.
 
Se puede estar afiliado al Partido Popular siendo simpatizante y pagando anualmente las cuotas obligatorias para los militantes.
Es que tú mismo lo dices: afiliado. Esa figura es la que legalmente está prohibida para un magistrado, y da igual que sea en la modalidad de militante o simpatizante (el hecho de que los estatutos del PP especifiquen que ambas modalidades son variantes de la figura del afiliado indica seguramente que ésta es la única que recoge la ley).

Respecto a lo segundo que dices: no se pagan cuotas si no se es afiliado; en todo caso serían donativos. Y teniendo en cuenta que el objeto de la ley es prohibir a los magistrados cualquier actividad o manifestación de actividad o simpatía política (se les prohíbe expresamente felicitar a los poderes, autoridades y funcionarios públicos, o asistir a actos públicos que no sean judiciales, por ejemplo) más allá de emitir su voto en unas elecciones, incluso la donación sería, como mínimo, éticamente reprobable (eso hasta para un fiscal, imagínate para un miembro del TC).

PD: de todas formas todo esto es una discusión absurda desde el momento en que el propio magistrado ha admitido su militancia en el partido.
 
Tu lo has dicho: ÉTICAMENTE. Que es lo primero que he dicho yo también.

Y no confundas terminología: Un afliado es alguien que está a disposición del partido y consta en sus filas. Un simpatizante, es alguien que quiere colaborar y para eso paga una cuota, pero no consta como afiliado. Y lo sé de primera mano. Vamos, que no hay la más mínima duda al respecto.

Ahora bien, este ha reconocido ser AFILIADO. Ya no queda ni esa posibilidad de duda. Duda que solo era legal, por otra parte. Moralmente... solo quedaba la salida de la dimisión fulgurante.
 
Mira Manu, no retuerzas lo que no se puede interpretar más que de una manera: según los estatutos del Partido Popular un simpatizante es un afiliado. Y si luego resultara que los militantes "no constaran" en un registro de afiliados es que estarían incumpliendo sus estatutos (y sospecho que la ley). POR PUNTUALIZAR.

Pero al fin y al cabo los dos lo hemos dicho: el hombre ha reconocido su militancia. Lo que dice mucho (el hecho de que afirme que esta militancia es legal) de su (in)capacidad para ejercer el cargo que ocupa.
 
Insisto: es verdad. Es así. Otra cosa es que moralmente sea aceptable, o que sea una desvergüenza que reconozca haber sido militante mientras era magistrado (que no lo sé).

Manu1oo1
 
Vuelve a leer lo que hemos puesto atrás. No pueden ocupar puestos directivos, pero es que además están sujetos al régimen de incompatibilidades de la Ley del CGPJ. La ley del TC es una mierda, porque directamente pones que tendrán el mismo origen sin eso de los cargos directivos y fuera... Peor mejor dar lugar a engaños. Para mí que ese tipejo sea Presidente del Tribunal Constitucional es nulo de Pleno Derecho, que el TC me mienta, gravísimo. A por ellos, joder.
 
Yo tampoco veo nada claro que sea tan ilegal teniendo en cuenta el artículo que especifica las incompatibilidades de miembros del TC :pensativo

EDIT: Ok, es ilegal.

EDIT2: Ok, no es del todo ilegal: "la Ley Orgánica de este Tribunal, de aplicación prioritaria respecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial".

Somos una mierda también haciendo leyes, claro.
 
Última edición:
El Tribunal Constitucional está integrado por 12 miembros, que ostentan el título de Magistrados del Tribunal Constitucional

1. Los Jueces y Magistrados así como los Fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos. La ley establecerá el sistema y modalidades de asociación profesional de los Jueces, Magistrados y Fiscales.

YO debo de ser muy cortito, porque creo que no hay ambigüedad ninguna.
 
El Tribunal Constitucional está integrado por 12 miembros, que ostentan el título de Magistrados del Tribunal Constitucional

1. Los Jueces y Magistrados así como los Fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos. La ley establecerá el sistema y modalidades de asociación profesional de los Jueces, Magistrados y Fiscales.

YO debo de ser muy cortito, porque creo que no hay ambigüedad ninguna.
Militancia vs pertenencia...tic tac tic tac

Y ojo que no justifico, pero hay que explicarlo todo.
 
No es ya eso, es que:

Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, artículo 19:

1. El cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional es incompatible: [...] con el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos, sindicatos, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales y con toda clase de empleo al servicio de los mismos [...]. En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial.
Y según la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 395:

No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos [...].
Peero, por lo visto hay una jurisprudencia del año 88 que dice: "la Ley Orgánica de este Tribunal, de aplicación prioritaria respecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial", por lo que la incompatibilidad sería solo con funciones directivas y empleo en partidos.

La cuestión está en qué tiene prioridad: ese artículo tan general de la Constitución, o la ley específica del TC. Naturalmente cabe pensar que lo primero, pero no tengo ni zorra de derecho ni de por qué nadie se ha dado cuenta antes de esto.
 
El Tribunal Constitucional está integrado por 12 miembros, que ostentan el título de Magistrados del Tribunal Constitucional

1. Los Jueces y Magistrados así como los Fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos. La ley establecerá el sistema y modalidades de asociación profesional de los Jueces, Magistrados y Fiscales.

YO debo de ser muy cortito, porque creo que no hay ambigüedad ninguna.

Técnicamente los magistrados del TC no pertenecen al poder judicial y, conforme tiene declarado el TC la Ley Orgánica del TC tiene preferencia sobre la LOPJ. A mi me parece una interpretación altamente discutible desde el punto de vista jurídico.
 
No es ya eso, es que:

Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, artículo 19:

1. El cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional es incompatible: [...] con el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos, sindicatos, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales y con toda clase de empleo al servicio de los mismos [...]. En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial.
Y según la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 395:

No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos [...].
Peero, por lo visto hay una jurisprudencia del año 88 que dice: "la Ley Orgánica de este Tribunal, de aplicación prioritaria respecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial", por lo que la incompatibilidad sería solo con funciones directivas y empleo en partidos.

La cuestión está en qué tiene prioridad: ese artículo tan general de la Constitución, o la ley específica del TC. Naturalmente cabe pensar que lo primero, pero no tengo ni zorra de derecho ni de por qué nadie se ha dado cuenta antes de esto.

Pues yo creo que lo segundo, porque entiendo que una particularidad normalmente sirve para aclarar un caso en una generalidad.

En cualquier caso tengo zorra idea de que sí se han dado cuenta porque el que se inventó la particularidad lo hizo para que el TC pudiera admitir magistrados militantes en partidos políticos.

Lo mires como lo mires una guarrada.
 
Y que estemos discutiendo de lo que dice esta ley de la casta o ésta otra...

Qué puto país de mierda. Pero qué puto país de MIERDA. Asco de hijos de puta.
 
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