aunque pueda estar de acuerdo contigo, Insidius, y aquí lo estoy, un periódico... no deja de ser una opinión personal y subjetiva, que de hecho usamos cuando nos conviene y despreciamos cuando no (yo el primero)
Es que es de risa, ridículo, por no decir que es extremadamente grave
Priomero léete la propuesta antes de hablar (más allá de los titulares gilipollas del día) y luego sueltas eso de que es "extremadamente grave". Si no te importa.
Te doy una pista: en ella no se habla de los memes en ningún momento.
aunque pueda estar de acuerdo contigo, Insidius, y aquí lo estoy, un periódico... no deja de ser una opinión personal y subjetiva, que de hecho usamos cuando nos conviene y despreciamos cuando no (yo el primero)
Ese es el peligro, el despreciar las opiniones que no nos gustan y hacer oidos sordos, te vas convirtiendo en votante de Trump
Que malos los del Telegraph!! pero que malisimos son.
Seguro que son podemitas.
No me jodas macho.aunque pueda estar de acuerdo contigo, Insidius, y aquí lo estoy, un periódico... no deja de ser una opinión personal y subjetiva, que de hecho usamos cuando nos conviene y despreciamos cuando no (yo el primero)
No me jodas macho.aunque pueda estar de acuerdo contigo, Insidius, y aquí lo estoy, un periódico... no deja de ser una opinión personal y subjetiva, que de hecho usamos cuando nos conviene y despreciamos cuando no (yo el primero)
Ponte del lado del @Manu1001. A ver si se va a quedar solo con esto.
Podemitas, Independentistas, El Sikander, El Telegraph. TODOS contra @Manu1001 y el PP.
El Telegraph quiere vender periódicos y recabar publicidad (como la que le estáis dando). Ve medios españoles diciendo que Rajoy quiere prohibir los memes, y lo suelta. Total, a ellos les da igual. Si no es cierto, los medios españoles les informaron mal. Vayapordios.
"Policía! voy por la autopista y viene un coche en dirección contraria! y otro! y otro! y dos mas! van todos mal!!!"
Yo parto una lanza a vuestro favor, sois los mejore community managers que tiene el PP de largo
Yo si.No me jodas macho.aunque pueda estar de acuerdo contigo, Insidius, y aquí lo estoy, un periódico... no deja de ser una opinión personal y subjetiva, que de hecho usamos cuando nos conviene y despreciamos cuando no (yo el primero)
Ponte del lado del @Manu1001. A ver si se va a quedar solo con esto.
Podemitas, Independentistas, El Sikander, El Telegraph. TODOS contra @Manu1001 y el PP.
Que chistoso eres. Te digo lo mismo que a Tozzi. Aparte de los tutulares que tanto te gustan... ¿te has leido la propuesta?
Ahhh!! COÑO!"Policía! voy por la autopista y viene un coche en dirección contraria! y otro! y otro! y dos mas! van todos mal!!!"
Yo parto una lanza a vuestro favor, sois los mejore community managers que tiene el PP de largo
Por tercera vez. Dime DONDE aparece la palabra memes en la propuesta. Y ya de paso me haces un resumen de lo que pide y por qué para ti es TAN malo. De ser posible, sin utilizar la palabra "meme". Gracias.
Ahhh!! COÑO!"Policía! voy por la autopista y viene un coche en dirección contraria! y otro! y otro! y dos mas! van todos mal!!!"
Yo parto una lanza a vuestro favor, sois los mejore community managers que tiene el PP de largo
Por tercera vez. Dime DONDE aparece la palabra memes en la propuesta. Y ya de paso me haces un resumen de lo que pide y por qué para ti es TAN malo. De ser posible, sin utilizar la palabra "meme". Gracias.
Que no pone MEME.
CASO CERRADO. QUE NO VENGA GRISSOM! QUE YA ESTA!!
En la exposición de motivos de la iniciativa se cita, como único ejemplo que motive la reforma legislativa, “la frecuente vulneración del derecho a la intimidad personal y a la propia imagen que se articula con la subida de imágenes por terceros sin el consentimiento de sus titulares”.
Nuestras especialidades son la responsabilidad civil, así como el asesoramiento y defensa legal de ciudadanos, empresas y movimientos sociales en relación con Internet y las nuevas tecnologías: ciberactivismo, ciberderechos y ciberdelitos.
Si se pretende perseguir cualquier publicación de imágenes sin consentimiento, una actividad tan extendida para la crítica política o social, como son los memes, se convertiría en una actividad de riesgo
Yo si.
http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/D/BOCG-12-D-43.PDF
Creo que es la página 10.
Y?
A la Mesa del Congreso de los Diputados El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al régimen de protección civil del honor del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, para su debate en la Comisión Constitucional. Exposición de motivos La dignidad de la persona, valor superior o principio general del Derecho, en cuanto se ha positivizado en el artículo 10.1 de la Constitución es norma de Derecho positivo. Los derechos fundamentales y las libertades públicas encuentran en nuestro ordenamiento jurídico constitucional su fundamento en la dignidad de la persona. En particular en nuestra Carta Magna encontramos determinados derechos fundamentales cuya conexión con la dignidad humana es particularmente relevante, tal es el caso de los derechos contemplados en el artículo 18.1 CE, que eleva al máximo rango normativo «el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen». Tres derechos que son autónomos aunque estrechamente vinculados entre sí, en tanto que son derechos de la personalidad, para la protección de su dignidad (STC 14/2003). Los mismos que el artículo 20.4 de la CE señala como definitorios de la frontera o límite con las libertades de información y expresión. Ante la necesidad de regular con una mayor precisión los derechos establecidos por el artículo 18 de la Constitución, otorgándoles la oportuna protección o tutela en el ámbito civil. El legislador llevo a cabo el desarrollo de los mismos a través de la promulgación de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Se trata de una de las normas que más trascendencia práctica ha tenido en lo que a los derechos fundamentales de los ciudadanos se refiere. Tal y como señala la Exposición de Motivos de la citada Ley Orgánica «además de la delimitación que pueda resultar de las Leyes, se estima razonable admitir que en lo no previsto por ellas la esfera del honor, de la intimidad personal y familiar y el uso de la imagen esté determinada de manera decisiva por las ideas que prevalezcan en cada momento en la sociedad y por el propio concepto que cada persona según sus actos propios mantenga al respecto y determine sus pautas de comportamiento». Esta relatividad que caracteriza a estos derechos de la personalidad conlleva la dificultad de delimitar conceptualmente desde una perspectiva jurídica qué ha de entenderse por honor, intimidad y propia imagen. Lo que otorga al poder judicial un amplio margen de discrecionalidad para fijar el ámbito de aplicación de la Ley, atendiendo a los usos sociales y las ideas que, en cada momento prevalezcan en la sociedad. Han trascurrido más de treinta años desde la entrada en vigor de esta Ley de protección civil de los derechos de la personalidad. Es cierto que las normas jurídicas nacen con vocación de permanencia, pero ello no puede significar en ningún caso su inmutabilidad. La amplia casuística de los problemas planteados, y la alta litigiosidad existente entre los «derechos fundamentales de la personalidad» del artículo 18 CE, con otros derechos constitucionalmente protegidos como son la libertad de información y la libertad de expresión del artículo 20 de la Constitución, pone de manifiesto que la indefinición, la falta de complitud y flexibilidad de esta norma da cabida a distintas interpretaciones jurisprudenciales sobre un mismo caso, algo que puede poner en peligro el principio de seguridad jurídica.
cve: BOCG-12-D-43
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Serie D Núm. 43 3 de noviembre de 2016 Pág. 11
Las normas deben reformarse para solventar los problemas que en la práctica ha generado la aplicación de la Ley, así como para adecuarse a los cambios de la realidad social y a los avances tecnológicos alcanzados que están llamadas a regular. Pese haber sido, esta Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, objeto de algunas reformas en su parte dispositiva, reforzar la protección de estos derechos de la personalidad resulta especialmente relevante ya que nos encontramos inmersos en la denominada sociedad de la información, en la que la creciente presencia de nuevas tecnologías permiten la obtención y la difusión de información de una manera insólita, algo que pone en especial peligro ámbitos reservados de la vida privada que son merecedores y exigen una especial protección, lo que constituye una constante y potencial amenaza para aquellos. Esta proliferación del uso de las tecnologías de la información, y su enorme influencia actual, han incrementado las lesiones a los derechos recogidos en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo. Un ejemplo de ello es la frecuente vulneración del derecho a la intimidad personal y a la propia imagen que se articula con la subida de imágenes por terceros sin el consentimiento de sus titulares. Por todo ello, y para otorgar la debida protección a estos derechos fundamentales, deviene necesario configurar de manera más precisa el contenido de los mismos. Con el objetivo de reducir el amplio margen que en la aplicación de la Ley se otorga al arbitrio judicial. Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente Proposición no de Ley «El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de valorar una posible modificación de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen con objeto de adaptarla a la realidad social y al desarrollo tecnológico producido desde su promulgación.» Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2016.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
De verdad, que por poner mas quotes no vas a tener razón, porfa lee en detenimiento y piensa lo que se puede hacer con esa ley (que es lo que ha entendido todo el mundo). Quedarse en el literal es muy inocente. Esa ley permitiría cuestionar los memes de internet, es un hecho y un ataque a la libertad de expresión del siglo actual
Cuando un estado tiene que promulgar leyes como ésta, es que se tambalea.