2/ El art. 11 del Real Decreto 463/2020, por el que el Gobierno declaró el estado de alarma, permite la asistencia a ceremonias religiosas siempre que se eviten aglomeraciones y se garantice la distancia de al menos un metro entre los fieles.
3/ La catedral de Granada tiene un aforo de 900 personas y a la ceremonia religiosa asistían 20 fieles, algo más del 2% del aforo. Es obvio que la distancia de un metro entre fiel y fiel, como exige el Real Decreto, se cumple.
4/ El estado de alarma no justifica el abuso de poder. Y expulsar a los fieles de una ceremonia religiosa permitida por el Decreto del estado de alarma atenta contra la libertad de culto que garantiza el art. 16 de la Constitución.