El post de la URCA (Urgente Reforma Constitucional Antidéficit)

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Para quien albergara alguna pequeña duda de que es lo que les jode realmente de esto a los nacionalistas, le aconsejo buscar las declaraciones de hoy de Duran Lleida. Muy esclarecedoras, hablando de abrir melones, de condicionantes previos a futuras negociaciones con el Estado y tal.

Manu1oo1
 
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no, no, si los nacionalistas en quien piensan es en la ciudadanía, como dice Pereirano :lol cuando en lo primero que han pensado es que nadie desde Madrid se meta en sus asuntos.. ups, en los de la ciudadanía.


yo no veo deficit por sitio alguno, al votar la Constitución también votamos su procedimiento de reforma así o asá.
 
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Anda que el Llamazarazo de hoy ha sido también memorable. Les jodo a todos y listos, me voy del Congreso a lo Grande. Ni catalanes ni hostias, veto. A tomar por culo.
 
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es que le importan mucho los "ciudadanos" por eso para cualquier enmienda de raíz :cool
 
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Que grande LLamazares torpedeando con todas sus fuerzas el golpe de estado constitucional del PPSOE a las ordenes de "los mercados". :lol:lol . Enésima demostración de que es el único partido del parlamento que no es una mierda pinchada en un palo.

Ilustremoslo con algunos ejemplos mas(Ni que decir tiene que PPSOE defiende todo lo contrario de estas propuestas-posiciones):

Negativa a regalar a los bancos el dinero publico:

http://www.kaosenlared.net/noticia/...rno-consigue-aprobacion-amplia-mayoria-plan-a

No a la Ley SINDE:

http://ecodiario.eleconomista.es/po...acio-de-libre-expresion-y-uso-de-cultura.html

No a la guerra de Libia:

http://www.publico.es/espana/367549/la-izquierda-dividida-por-libia

Partidario de limitar las hipotecas por ley para atajar la especulacion:

http://www.invertia.com/noticias/articulo-final.asp?idNoticia=1744753

Si a la dacion en pago:

http://www.publico.es/espana/381968...-se-salde-la-hipoteca-con-la-entrega-del-piso

No a la militarizacion de los controladores violando la constitución:

http://www.madridpress.com/noticia.asp?ref=112928


etc,etc,etc...da para escribir un libro.
 
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Sarkozy no nos entiende. Dice que los políticos españoles quieren más a su país que al Partido, por el golpe de estado y todo eso...
 
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yo no veo deficit por sitio alguno, al votar la Constitución también votamos su procedimiento de reforma así o asá.
Que sea estrictamente legal de acuerdo a la letra de la constitución no quita que pueda resultar absolutamente apestoso respecto a su espíritu. Y se me ocurren 2 motivos para que resulte apestoso:

1. A los padres de la constitución ni se les pasaba por la cabeza que dos partidos pudieran acaparar más del 90% de los escaños en el congreso y en el senado (y si lo hubieran previsto, más que probablemente habrían incluido una cláusula que exigira además el voto favorable de más grupos parlamentarios).

2. Un parlamento en situación de práctica interinidad* tiene legitimidad para legislar normalmente, pero ¿de veras tiene legitimidad para reformar los fundamentos del Estado sin someterse al refrendo de la ciudadanía? ¿en un procedimiento exprés, además? Sobre todo teniendo en cuenta que atendiendo a las encuestas, si se hicieran elecciones ahora, PP y PSOE no sumarían el 90% de los escaños del Congreso; si se hubieran hecho hace 3 meses tampoco, si se hubieran hecho hace un año, tampoco; si se hubieran hecho hace DOS años, tampoco.

Lo dicho. Sobre el papel, completamente limpio y navideño. En la práctica, apesta.

* en práctica interinidad, no: en interinidad total. De hecho, ha tenido que ser convocado de forma extraordinaria, porque no había tiempo de tramitar la reforma de acuerdo al calendario regular de sesiones antes de su disolución.
 
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Pues con lo de Llamazares, los grandes grupos lo fliparon. Dicen que nunca se había hecho tamaña desfachatez... Torpedear un golpe de Estado.
 
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"Ansar" piensa que ha habido un rescate encubierto por parte del BCE. Si es cierto, lamento que no se nos haya informado a los ciudadanos de a pie. Trae la receta para la recuperación, liberalización y privatización.
 
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Yo no se que hacemos que no estamos en la calle tirando farolas y talando árboles.
 
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Cuando el parlamento de Cataluña decidió hacerse una "constitución" en forma de estatut saltándose a la torera la legalidad vigente, basándose en un acuerdo de la mayoría de partidos en las anteriores elecciones, era ilegítimo que un partido que votó en contra lo llevase al constitucional o que este corrigiese el texto. Y ahora que los que representan el 90% de los votos de España se ponen de acuerdo ¿ya no vale la regla de las mayorías?

Osea que democracia sí, pero solo si sale lo que me gusta y si no "tirar farolas y a talar árboles"?

Muy democrático sí ....
 
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Por supuesto... Se dice que los Partidos están para trasladar el debate en la sociedad al Parlamento. Jamás desde que tengo uso de memoria, solo dan golpes de Estado por doquier como hacer esto que reclaman desde fuera. Tanto tirarse la tierra por encima y para ataques neoliberales, rápidamente se ponen de acuerdo. Esto habría que tratar de impedirlo, pero no hay cojones.
 
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De lo que estoy hasta los cojones, de verdad, es de leer a todas horas la parida del "golpe de estado". Esto lo han sacado adelante dos grupos parlamentarios que suman el NOVENTA Y DOS por ciento de los escaños de la cámara, y que tienen a sus espaldas mas de VEINTIUN MILLONES Y MEDIO de votos. Vivimos en un estado democrático, y cuando depositamos un voto en la urna, debemos ser conscientes de lo que ello significa: otrogamos nuestra representación a los votados. No solo para lo que nos gusta, sino para todo lo que voten. Y si no nos gusta... ya sabemos que hacer en las próximas elecciones. Pero que se salga a hablar de "golpe de estado" en una decisión con este ABRUMADOR respaldo parlamentario, es de risa. Si alguien de fuera nos lee, pensará que estamos todos locos.

Por cierto... esto no es nuevo, ni exclusivo nuestro. Ya lo hizo la Tercera república francesa, allá por... 1926. Y a nadie se le ocurre decir que no eran "democráticos", o que dieron un golpe de estado. Ni por asomo. Oh´la lá. Liberté, egalité, fraternité.

¿Sabéis cuántas veces se ha reformado la constitución alemana desde 1949? CINCUENTA Y CUATRO. Nada más y nada menos. ¿La mejicana? TRECIENTAS SETENTA Y SEIS. Así que vamos a dejarnos de dramas, por favor...

Manu1oo1
 
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Brindemos entonces por esta reforma rápido y corriendo que incluye ese punto tres que nos va a dar por culo.
 
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Manu, imagínate que ahora votan PP y PSOE, que a los autónomos podemos darles por el culo (literalmente) y okuparles sus viviendas y negocios. ¿Te quedarías callado por el simple hecho de qué se les votó?.

Hay cosas que pasan la raya y o se llevan en el programa electoral, o se debe de tener el gesto de consultar, que eso se hace cagando leches cuando interesa.
 
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¿Consulta? Nada, y casí mejor, porque somos tan tontos que votaríamos que sí ya que nos lo dice Rajoy o Rubalcaba.
 
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Es fácil. En las próximas elecciones votáis a Rosa Díez.

Manu1oo1
 
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Es fácil. En las próximas elecciones votáis a Rosa Díez.
Antaño probablemente haría éso, pero en la actualidad tengo claro que no daré mi voto a un sistema que cada día me parece más un estercolero, no ya por el sistema en sí (que también), si no por la casta política que lo forma.
 
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Declaración de Gredos (2003)

"Al aproximarse la fecha del seis de diciembre, en la que habrán de conmemorarse veinticinco años desde el Referendum nacional en el que los ciudadanos aprobaron por amplísima mayoría la Constitución Española, en todas y cada una de las provincias, los Ponentes -Redactores del Anteproyecto y Proyecto e informantes del mismo- reunidos en el Parador Nacional de Gredos en el que tuvieron lugar en 1978 algunas de las muchas jornadas de su trabajo colectivo, acuerdan declarar:
Que debemos rendir el merecido tributo de reconocimiento al conjunto de la ciudadanía española, auténtica protagonista de nuestra conquista de la democracia. El mérito de la Ponencia, si lo hubiere, fue acertar a interpretar los anhelos de paz y libertad que alentaban en lo más profundo del pueblo español. Sólo al cumplimiento fiel de aquel mandato cabe atribuir la perduración de nuestro texto constitucional, frente a la efímera vigencia de tantos precedentes, expresión de la circunstancial hegemonía de una parte y no del pacto entre todos. El respeto a sus valores y principios y a sus reglas de juego y procedimientos es también garantía imprescindible para el futuro.
Que los ponentes creen de justicia reconocer el papel insustituible de la Institución monárquica y de su Titular, D. Juan Carlos de Borbón, en todo este proceso histórico, primero, como estímulo y “motor del cambio”, según la afortunada locución popular; y después como garante leal del funcionamiento regular de las instituciones, en la democracia ya consolidada.
Que, con independencia de sus méritos jurídicos, sus eventuales deficiencias o las libres opiniones sobre su perfectibilidad, permanecen incólumes el espíritu de reconciliación nacional, el afán de cancelar las tragedias históricas de nuestro dramático pasado, la voluntad de concordia, el propósito de transacción entre las posiciones encontradas y la búsqueda de espacios de encuentro señoreados por la tolerancia que constituyen la conciencia moral profunda de nuestro Texto Constitucional.
Que, a lo largo de este cuarto de siglo se han experimentado y puesto a prueba la mayor parte de las Instituciones previstas en la Constitución y que, sobre todo, se ha acreditado su aptitud para permitir el desarrollo de alternativas de gobierno de muy distinto signo ideológico, para tutelar la ordenada sucesión de legislaturas y gobiernos, y hacer posible, estabilizar y legitimar las alternancias políticas.
Que, sin pretender atribuir al sólo efecto de una Norma Fundamental la evidencia de las magnas transformaciones verificadas en todos los órdenes de la vida nacional, la Constitución ha tenido y tiene la virtualidad de amparar e impulsar el fortalecimiento de los derechos individuales y las libertades civiles y su garantía jurisdiccional efectiva; la expresión del pluralismo legítimo; la modernización de España en los ámbitos, social, económico y cultural; la inserción de España en las organizaciones supranacionales connaturales a nuestra historia, identidad y entorno, y el reforzamiento de la presencia española en el mundo.
Que, con la inmensa dificultad que suponía la puesta en pie de una nueva planta de organización territorial, prácticamente inédita en nuestra historia en su ambición y generalidad y alentada por el propósito genuino de conformar el orden jurídico constitucional a la realidad plural de España, el Estado Autonómico representa el proyecto descentralizador del poder político más importante de la historia de España, amparado por el reconocimiento del derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran.
Que las eventuales reformas del texto constitucional que el futuro pueda aconsejar deben acomodarse a las reglas del juego que la propia Constitución establece; y abordarse con idéntico o mayor consenso al que presidió su elaboración.
Que, en fin, los ponentes expresan su legítimo orgullo y alegría por la confianza que en su día depositaron en ellos sus respectivos grupos políticos que les permitieron desarrollar tan alta tarea y que manifiestan su deseo y convicción de que esta conmemoración sirva, sobre todo, para difundir entre todos los españoles -y muy singularmente entre las nuevas generaciones, que no fueron testigos de los acontecimientos de la transición y del proceso constituyente- así como en todos los niveles y centros educativos, la enseñanza de los principios y valores de la sociedad democrática avanzada a los que la Constitución sirve y ampara.
Parador Nacional de Gredos, 7 de octubre de 2003"
 
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Lo más divertido de todo esto es que toda esta reforma lo que trata de impedir es que en el supuesto de que el pueblo eliga a descerebrado para gobernarlo (otra vez), el susodicho no esté en condiciones de gastarse lo que no tenemos y así no estemos arruinados el día de mañana. Es un seguro antimanirotos, populistas y mesiánicos.... y algunos de los que pagarían con sus impuestos (futuros) los desmanes posibles, se echan al monte como si les hubieran metido la mano en la cartera (otra vez) ahora mismo.... Pero es que no habeis comprendido que la subida del IVA del 16 al 18%, que la pagamos TODOS ahora mismo (independientemente de nuestro sueldo) es consecuencia de la mala gestión pasada de ZP en estos años? que no estamos hablando de futuribles sino de realidades actuales.... No es "por si pasa" es PORQUE ESTA PASANDO.
 
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Kores, entiendo lo que dices, pero de los que nos quejamos algunos no es tanto del techo, como de un techo genérico sin especificar ni marcar prioridades salvo una: lo que primero se debe de pagar es la deuda, a costa de lo que sea. ¿Qué tú eres pensionista o estás en el paro?: te jodes, primero se paga la deuda y ya cobrarás si sobra algo.

Creo que es sobretodo ese punto el que ha jodido a la población, porque si viene un descerebrado a gastar, lo que tendría que proveer la ley es un mecanismo para enchironarle y pedirle responsabilidades, porque con la reforma ese punto no se consigue, en todo caso puede endeudarse hasta el tope que le permitan las nuevas leyes aunque sea comprando tapas de bolígrafo mordidas a razón de 1000 millones de euros la pareja... que él no tendrá responsabilidad más allá de la próxima cita electoral.

Y francamente, no lo entiendo. No me entra la puta cabeza como es posible que se siga con el mismo puñetero modelo de político, es superior a mi :mutriste
 
Respuesta: El post de la URCA (Urgente Reforma Constitucional Antidéficit)

un techo genérico sin especificar ni marcar prioridades

Entonces... ¿qué problema hay?

Manu1oo1
Que se añade que la prioridad (no del techo) es la de pagar la deuda. Significa que primero se paga la deuda y luego los sueldos a los maestros, el de los médicos de la SS, las pensiones... etc, siempre y cuando aún quede dinero en la caja.

Si se hubiera limitado el gasto sin especificar ese punto, sería distinto.
 
Respuesta: El post de la URCA (Urgente Reforma Constitucional Antidéficit)

lo que primero se debe de pagar es la deuda, a costa de lo que sea. ¿Qué tú eres pensionista o estás en el paro?: te jodes, primero se paga la deuda y ya cobrarás si sobra algo.

Donde pone eso en la nueva redacción del artículo 135 de la Constitución???

Con este cambio, el artículo 135 de la Constitución queda de este modo:
1. Todas las administraciones públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
2. El Estado y las comunidades autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus estados miembros. Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las comunidades autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las entidades locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
3. El Estado y las comunidades autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito. Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión. El volumen de deuda pública del conjunto de las administraciones públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública solo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las administraciones públicas en materia de política fiscal y financiera.
En todo caso, regulará: a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas administraciones públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse. b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural. c) La responsabilidad de cada Administración pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
6. Las comunidades autónomas, de acuerdo con sus respectivos estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.”
 
Respuesta: El post de la URCA (Urgente Reforma Constitucional Antidéficit)

Donde pone eso en la nueva redacción del artículo 135 de la Constitución???

Con este cambio, el artículo 135 de la Constitución queda de este modo:
1. Todas las administraciones públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
2. El Estado y las comunidades autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus estados miembros. Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las comunidades autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las entidades locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
3. El Estado y las comunidades autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito. Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión. El volumen de deuda pública del conjunto de las administraciones públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública solo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las administraciones públicas en materia de política fiscal y financiera.
En todo caso, regulará: a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas administraciones públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse. b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural. c) La responsabilidad de cada Administración pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
6. Las comunidades autónomas, de acuerdo con sus respectivos estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.”

La RAE dice que absoluto significa:

absoluto, ta.
(Del lat. absolūtus).
1. adj. Independiente, ilimitado, que excluye cualquier relación.
2. adj. Dicho de un juicio, de una opinión, etc., o de la voluntad y sus manifestaciones: Terminante, decisivo, categórico.
3. adj. Entero, total, completo. Silencio, olvido absoluto
4. adj. Que existe por sí mismo, incondicionado. U. t. c. s. m. LO absoluto
5. adj. coloq. De genio imperioso o dominante.
6. adj. Fís. Dicho de una magnitud: Que se mide a partir de un valor cero que corresponde realmente a la ausencia de la magnitud en cuestión. Temperatura absoluta
7. adj. Gram. Dicho de un adjetivo numeral: cardinal.
8. adj. Quím. Dicho de una sustancia química líquida: Que no contiene agua ni impurezas.
9. f. Aserción general dicha en tono de seguridad y magisterio.
10. f. coloq. Mil. licencia absoluta.
 
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