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El que no se va a molestar más en contestarte a ti voy a ser yo, te lo aseguro.No te molestes. Que te va a sacar un enlace a un blog random que te vas a tener que comer tus palabras.
El que no se va a molestar más en contestarte a ti voy a ser yo, te lo aseguro.No te molestes. Que te va a sacar un enlace a un blog random que te vas a tener que comer tus palabras.
Nunca lo ha obedecido en ningún país más allá del primer golpe de Marzo.En Alemania tienen que aplanar el camino para las elecciones federales porque ahora mismo no pinta bien para Merkel. Así que van a ser más permisivos no por el bien de todos sino por el suyo propio. Puede que la jugada les salga bien o puede que tengan una cuarta ola peor que el resto, pronto lo sabremos. En cualquier caso la relajación de medidas no parece que obedezca a motivos sanitarios.
El que no se va a molestar más en contestarte a ti voy a ser yo, te lo aseguro.
Si, eso mismo pienso yo.
No te preocupes, así no tienes que leer más ningún "enlace a un blog random" y mucho menos "defenderme".Para alguien que tienes que a veces te defiende y todo...
Que nos ahorramos...No te preocupes, así no tienes que leer más ningún "enlace a un blog random" y mucho menos "defenderme".
Eso que te ahorras.
Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior, el decreto de declaración del estado de alarma, o los sucesivos que durante su vigencia se dicten, podrán acordar las medidas siguientes:
a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
b) Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
c) Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
d) Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
e) Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por el apartado d) del artículo cuarto.
¿Nulidad de multas por saltarse el Estado de Alarma? Un análisis jurídico
El Real Decreto 463/2020, por el que se declara el Estado de Alarma debido al Coronavirus va a traer cola, ya que las sanciones por el incumplimiento de las restricciones impuestas han ido aumentando paulatinamente, desde que entrase en vigor el domingo 15 de marzo. Y esto no es más que un...www.economistjurist.es
"Como se puede observar, el articulo 11 a de la citada Ley Orgánica dispone, entre otras, que se podrán acordar medidas tales como “Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos”. Como vemos, se habla de limitar en horas y lugares determinados. Sin embargo, como vemos, el Real Decreto suprime como presupuesto general el derecho a la libre circulación, permitiéndolo únicamente bajo determinados supuestos. Se trata de la supresión de un derecho fundamental, que no tiene cabida bajo el estado de alarma. Lo mismo ocurriría con el derecho de reunión, suspendido de igual forma con carácter general.
En definitiva, como vemos, la declaración del estado de alarma no permite suprimir el derecho de libre circulación, ni ningún otro derecho fundamental".
Repito: está muy clarito.
En primer lugar, se establece, con excepciones, la limitación de la libre circulación de las personas en horario nocturno[...]
Nunca lo ha obedecido en ningún país más allá del primer golpe de Marzo.
Ahora todos los países saben que en un momento u otro habrá vacunación masiva, sea en un mes o en cuatro, y ya todo es política.
Jajajaja! Vale, vale.Lo que tú digas!En absoluto. Esto no es una cuestión legal, sino de semántica: el Real Decreto que marcaba las restricciones no suprimió la libertad de circulación, la limitó.
Perfectamente legal. Luego podemos jugar a retorcer el lenguaje hasta cansarnos.
Jajajaja! Vale, vale.Lo que tú digas!
Perdona, pero las leyes siempre han de ser interpretadas.Qué hace un juez? Interpretar las leyes.Las leyes las hacen las personas, luego son interpretadas siempre por ellas.Me hablas como sino fueran interpretables.Yo te he puesto la fundamentación jurídica de 2 leyes orgánicas y de la Constitución, tú, artículos de personas que interpretan esas leyes
En su trabajo, posiblemente observada....y tu qué sabes?De hacer tests rápidos, sabrá, pero de hacer videos que se sepa que coño quiere decir y se hagan mínimamente amenos, ni puta idea, ¿eh?
En su trabajo, posiblemente observada....y tu qué sabes?
Perdona, pero las leyes siempre han de ser interpretadas.Qué hace un juez? Interpretar las leyes.Las leyes las hacen las personas, luego son interpretadas siempre por ellas.Me hablas como sino fueran interpretables.
Qué! Un respetado juez de Alemania!! Pues lo mismo está pasando en prácticamente toda Europa.En Italia suspendieron la obligación de las mascarillas en las escuelas.En Portugal también tumbaron restricciones de movilidad.Y aquí en España exactamente igual! Cómo explicas eso?
Ese vídeo fue subido a un grupo de Telegram y de ahí se ha sacado.Los videos, se graban. Y luego se editan, se quitan las partes sobrantes, se les pone texto, audio, se hacen mínimamente explicativos... Y eso se puede hacer luego, en casita, antes de subirlos a... ¿Telegram?
Lo dicho, no voy a perder más el tiempo contigo.