Si que están
@Tim , en el Decreto, y no ha sufrido modificación, por lo tanto prevalece esto.
Lee lo que he puesto
Otro más:
La orden regula las condiciones definitivas, con un único paseo diario, y fija el plazo en el que se mantendrá vigente
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Lugares permitidos y prohibidos
Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respete el límite máximo de un kilómetro con respecto al domicilio del menor.
No estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas.
Las zonas comunes de las comunidades de propietarios
El Gobierno admite la propuesta de los Administradores de Fincas colegiados para que no sean las comunidades de propietarios las que regulen el uso de las zonas comunes por parte de los niños y niñas menores de catorce años.
La orden establece que no estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas, por lo que
los administradores entienden que no se ha autorizado la apertura de ningún espacio comunitario. Por lo tanto, deben permanecer cerrados todos los espacios y elementos comunes que actualmente no pueden utilizarse.
Salvador Díez, presidente del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas –CGCAFE-, considera muy acertada esta decisión sanitaria, «porque pensamos que haber dejado al criterio subjetivo de las comunidades de propietarios como podrían acceder los menores a las instalaciones comunes hubiera generado importantes problemas al no haberse podido garantizar el cumplimiento de las normas sanitarias y de distanciamiento».
