TÍTULO II
De la Corona
Artículo 56
1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65, 2.
Artículo 57
1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.
5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
Artículo 58
La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
Artículo 59
1. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.
2. Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad.
3. Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas.
4. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad.
5. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.
Artículo 60
1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre, mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.
2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política.
Artículo 61
1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.
2. El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey.
Artículo 62
Corresponde al Rey:
a) Sancionar y promulgar las leyes.
b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.
c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.
e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.
g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.
h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.
j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
Artículo 63
1. El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.
2. Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes.
3. Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
Artículo 64
1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
Artículo 65
1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
Muy de acuerdo. Casi nada de lo que dice la Urbano en esa entrevista no se había dicho ya antes.Yo interpreto que Suárez le había puesto a Urbano la condición de no airear sus conversaciones hasta después de su muerte (porque si fuera porque ella aprovechara que ya no puede desmentirlas, hace años ya que se daba esa situación).
Y bueno, aunque devastadoras (de ser ciertas) estas desvelaciones no dicen nada que no se hubiera publicado/afirmado ya por otros desde hace tiempo. Solo les añade contundencia.
Zarzuela tiene que hablar
EDITORIAL
El de Pilar Urbano es mucho más que un libro. La gran desmemoria sale a la venta el próximo jueves pero su autora ya ha desgranado lo esencial en una entrevista que publica este domingo el diario El Mundo: el Rey es el "Elefante blanco" del 23-F. Esto es, el papel de Juan Carlos como impulsor y muñidor de la 'Operación Armada', que pretendía echar del Gobierno a Adolfo Suárez para colocar al general Alfonso Armada, al frente de un gobierno de 'coalición nacional' con Felipe González de vicepresidente, y que desembocó , grotescamente, en la entrada de Tejero en el Congreso el 23 de febrero de 1981.
Urbano cuenta con pelos y señales la lucha que mantuvo Adolfo Suárez para mantener el orden constitucional frente al Rey y su 'Operación Armada'. Reproduce con detalle y frases textuales los encontronazos cada vez más violentos, estuvieron a punto de llegar a las manos, entre el entonces presidente del Gobierno y el jefe del Estado. La tesis de la implicación del Rey en el golpe ya había sido apuntada por otros autores como Jesús Palacios en El Golpe del CESID y en El Rey y su secreto , que se tuvo que enfrentar a todo tipo de hostilidades, como la querella del director del CESID (actual CNI) Javier Calderón.
El trabajo de Urbano aporta detalles a un relato que bien ordenado cronológicamente tiene muchos visos de verosimilitud. En cualquier caso, aquí lo importante es conocer la verdad. Caiga quien caiga. Igual que lo defendemos en el 11-M. Y precisamente en este caso también hay sospechas más que fundadas de que se han alterado pruebas en la investigación judicial. Dice Urbano que de las actas del juicio han desaparecido las conversaciones que mantuvo el Rey con Armada el mismo 23 de febrero "como si hubieran sido borradas con típex".
Entre las fuentes de la periodista, íntima amiga de la Reina, se encuentran el propio Adolfo Suárez y algunos de sus más directos colaboradores. Y también amigos del Rey, espantados con la conducta golpista de Juan Carlos. Entre ellos, muy probablemente, Gómez Acebo y Jaime Carvajal y Urquijo que, según cuenta Urbano, le advirtieron, con acierto, de que "todo eso se parece demasiado a lo que hizo vuestro abuelo nombrando a Primo de Rivera".
Es evidente, por tanto, que el libro estaba escrito hace mucho tiempo y permanecía 'embargado' hasta la muerte del expresidente del Gobierno. Más allá del indiscutible oportunismo editorial (venderá miles y miles de ejemplares), o de un pacto para esperar a la muerte de Suárez, la cuestión de fondo no es la fecha de la publicación del libro, sino si es verdad o no lo que cuenta Urbano. Sin embargo, éste, el del oportunismo, será uno de los argumentos que desde hoy mismo se utilizará en la campaña de descrédito que, como en el 11-M, lanzarán contra el libro de Urbano.
Es tan grave -por eso decimos que no estamos ante un simple libro-, que la Zarzuela sólo puede desmentirlo o confirmarlo. O es verdad o es mentira. Aquí no caben medias tintas ni mucho menos esa frase que tanto gusta a Javier Ayuso, jefe de comunicación de la Casa del Rey, de "ni confirmo ni desmiento". Esta vez no vale. Es urgente que La Zarzuela se pronuncie. Igual que lo ha hecho en otras ocasiones, cuando le ha interesado al Rey, para criticar resoluciones judiciales o incluso atacar directamente al juez Castro por imputar a la infanta Cristina. Está en juego la credibilidad de una institución, la Corona, cuyo comportamiento reciente ya dista mucho de ser ejemplar. Si no hay un desmentido claro, rotundo y bien argumentado, la legitimidad del Rey para seguir en la Jefatura del Estado quedará más que en entredicho.
a que vienen tantas referencias al 11-m?
Mirad esto qué simpático:
5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
¿Dónde está la Ley Orgánica? No ha dado tiempo a hacerla.
a que vienen tantas referencias al 11-m?
A que "tampoco sabemos la verdad".
Monotemáticos...
Una vez más, las gestiones realizadas por Su Majestad el Rey en favor de los intereses nacionales han cristalizado y servirán para aumentar la potencia y el prestigio de la Marca España en el mundo. La mediación de Don Juan Carlos ante las autoridades peruanas volcó definitivamente la balanza para que dos constructoras españolas, ACS y FCC, se hicieran con el megacontrato (casi 4.000 millones de euros) de las obras de ampliación del metro de Lima. Ya ha ocurrido en más ocasiones, pues el prestigio internacional del Monarca lo convierte en el mejor embajador del país. Es esta una de las garantías de la Monarquía, que permite consolidar un reconocimiento internacional que convierte al jefe del Estado en una figura referencial en todo el mundo, como lo es nuestro Rey. Y esta circunstancia resulta especialmente útil en época de crisis, donde la reputación labrada a lo largo de estos años de Reinado da sus frutos. De aquí a Lima.
Maravilloso, espectacular, me he emocionado al verlo.Una vez más, las gestiones realizadas por Su Majestad el Rey en favor de los intereses nacionales han cristalizado y servirán para aumentar la potencia y el prestigio de la Marca España en el mundo. La mediación de Don Juan Carlos ante las autoridades peruanas volcó definitivamente la balanza para que dos constructoras españolas, ACS y FCC, se hicieran con el megacontrato (casi 4.000 millones de euros) de las obras de ampliación del metro de Lima. Ya ha ocurrido en más ocasiones, pues el prestigio internacional del Monarca lo convierte en el mejor embajador del país. Es esta una de las garantías de la Monarquía, que permite consolidar un reconocimiento internacional que convierte al jefe del Estado en una figura referencial en todo el mundo, como lo es nuestro Rey. Y esta circunstancia resulta especialmente útil en época de crisis, donde la reputación labrada a lo largo de estos años de Reinado da sus frutos. De aquí a Lima.
¡Santo cielo! ¡líbreme Dios de sugerir tal cosa!Si tienes pruebas de que DON JUAN CARLOS obtenga dinero ilícito por favor, preséntalas ante un juzgado de guardia.
Si tienes pruebas de que DON JUAN CARLOS obtenga dinero ilícito por favor, preséntalas ante un juzgado de guardia.