Pancho I
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Esto debe tomarse con reservas, pero no me suena en absoluto que no hubiera que declarar la vivienda habitual. Otra cosa es que a partir de determinado momento se haya aplicado una deducción del valor de dicha vivienda, que en Cataluña está ahora en un 95%.
El Impuesto de sucesiones está vigente desde el 1 de enero de 1988, y no he visto nada en redacciones anteriores que me haga pensar que en 1997 no tuviera que incluirse la vivienda habitual en la declaración del impuesto. Pero ¿quién sabe? En aquel tiempo estaba yo por Cataluña, pero antes y ahora el Impuesto de Sucesiones era/es de competencia autonómica.
Así que te vuelvo a poner lo mismo: si utilizan el valor catastral de la autoliquidación de la plusvalía en 1997 como valor de adquisición, no creo que haya mucho que objetar por parte de la AEAT. Que pregunten el la Generalitat por si ellos si disponen del coeficientes actualizadores anteriores a 2009, que es lo único que se puede ver en su web. Si pudiesen aplicar un coeficiente >1, les vendrá bien para calcular la ganancia patrimonial,
El Impuesto de sucesiones está vigente desde el 1 de enero de 1988, y no he visto nada en redacciones anteriores que me haga pensar que en 1997 no tuviera que incluirse la vivienda habitual en la declaración del impuesto. Pero ¿quién sabe? En aquel tiempo estaba yo por Cataluña, pero antes y ahora el Impuesto de Sucesiones era/es de competencia autonómica.
Así que te vuelvo a poner lo mismo: si utilizan el valor catastral de la autoliquidación de la plusvalía en 1997 como valor de adquisición, no creo que haya mucho que objetar por parte de la AEAT. Que pregunten el la Generalitat por si ellos si disponen del coeficientes actualizadores anteriores a 2009, que es lo único que se puede ver en su web. Si pudiesen aplicar un coeficiente >1, les vendrá bien para calcular la ganancia patrimonial,