Respuesta: Renta 2010.
Voy a copiaros algo que ya puse en el hilo del año pasado contestando a
supermagh.
Después de pegar todo el artículo 103 de la Ley del I.R.P.F. que "obliga" a devolver dentro de los
seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración
, me dio por escribir lo siguiente:
"... casi con toda probabilidad tu declaración (
a partir de ahora vuestra) haya quedado retenida por alguno de los múltiples filtros que se establecen para el control de las declaraciones
(en otro caso estoy convencido de que ya estaría emitida la devolución). Esto no quiere decir que tu declaración este "mal"; es poco probable incluso que recibas ningún tipo de requerimiento o propuesta de liquidación, ya que el porcentaje de declaraciones que son objeto de comprobación digamos "con conocimiento del contribuyente" es pequeño.
Pero tu declaración (sigamos con la hipótesis de que está retenida) tendrá que ser objeto de algún acto (individual o colectivo) que la "libere" del filtro que impide su pago. Y aquí dependes de la "capacidad de trabajo" de tu Administración: cuanto más grande es la segunda, menor es la primera.
...
Así que paciencia ... y si hay alguna pega, lo que yo llamo filtro, es difícil que te lo digan por teléfono. Aunque por probar nada pierdes; si acaso algo de tiempo."
Si el 19 de julio de 2010 me parecía muy probable que una renta del 2009 (grabada y tramitándose) estuviera retenida por algún filtro, en septiembre de 2011 una renta del 2010 está retenida casi seguro.
Desde mi punto de vista, sin conocer la causa exacta por la que no se emite la devolución, no tiene sentido enviar nada a la Agencia Tributaria.
Respecto a esto,
El otro día baje a ver que pasaba con la mía, que estaba igual desde hace 5 meses. Me dijeron que antes revisaban 'una si y otra no' y ahora les obligan a revisarlas todas, y que por eso algunas estaban retrasadas
me parece difícil de conseguir en un ámbito territorial pequeño. En Madrid es directamente imposible revisar (una por una) todas las declaraciones retenidas en el plazo de seis meses. Ni siquiera una de cada dos.
Cizañas, ¿ni siquiera en persona te dijeron la causa por la que tu devolución no está emitida?