Absoluto despropósito.
Una vez más el legislador (-as en este caso y con cursillos de fin de seman
o sobre inclusión de lenguaje igualitari@) han hecho caso omiso a la ciencia y sus hechos y demostrando desconocer el fundamento del derecho de estas bajas y bajos. Que no es otro que el derecho del bebé a que sus progenitores le cuiden. Es decir, no es un derecho de los padres, si no de los hijos a que sus padres les puedan cuidar.
1.- Empezando por el final, ¿cómo que deberes previstos?, ¿y si tengo una niñera a tiempo completo o dos como ha tenido Pablo Iglesias?
2.- El despropósito de seguir denominando
"madre biológica" cuando no lo son siempre. Una chica que haya recurrido a una
ovodonación, no será jamás de los jamases una
"madre biológica". Será quien lo ha parido y punto. Pero
"madre biológica" no lo será jamás.
Una mujer que haya adoptado una criatura tb está amparada por las bajas, y es
"madre adoptiva", no
"madre biológica". Si tenemos en cuenta la proliferación de clínicas de repro asistida humana que hay en territorio español, os podréis hacer idea de la cantidad de
"madres no biológicas" que hay ahora mismo. Si además contamos con las adoptivas o las que lo son por gestación subrogada.... que por cierto tb tienen derecho a las bajas...
3.- Y sobre todo, el alucinante quiebro que
a lo largo de todo el documento se ha hecho para obviar, eludir y esquivar la palabra
PADRE, para seguir los parámetros de esos aquelárricos cursillos de fin de semano, a los que acuden las diputadas que quieren tener representación en los partidos, donde se explica que hay que hablar de la antipatriarcalidad, empoderamiento, antiandrocentrismo, anticosificación, interseccionalidad, micromachismo, machirulismo, neomachismo, posmachismo, sororidad, techo de cristal, transversalidad y vocablas afinos.
Hoy en día hay familias:
- conformadas por dos chicos que tienen hijo(s), ¿me quiere decir alguien quién es la "
madre biológica" ahí?
- conformadas por un sólo hombre con hijo(s), de nuevo, ¿qué pinta la "
madre biológica" ahí?
- conformadas por un par de chicas en la que ninguna de ellas ha aportado el óvulo o simplemente son adoptivas, ¿dónde está la "
madre biológica" ahí?
- conformadas por gestación subrogada en donde puede coincidir o no con ser la "
madre biológica" que ha aportado sus óvulos.
Todos estos casos tienen derecho a esos permisos, más que nada por que el sujeto de derecho que se contempla primordialmente es el menor, para que su progenitor(es) le cuide(n).
Conclusión, evitan la palabra
PADRE en todo el documento y siguen suponiendo a una parturienta como
"madre biológica".